Como, era de esperarse nuestro informe periodístico
publicado, bajo el título: “Sospechosa acusación de fiscal Vicente Borda
Castillo contra ex alcalde David Nishijima Villavicencio… Sin pruebas solicita
10 años de Pena Privativa”, generó
histeria de personas en la Provincia de
Barranca interesadas en blindar a quien se estaría convirtiendo en el operador
principal para lograr despropósitos contra la administración de justicia. El
siguiente caso, es otro de los hallados
en contra del referido fiscal que aumentan las sospechas de su comportamiento:
DENUNCIA
LAURA CARMEN LOPEZ FERRER DE LANDAZURI Y JORGE TOMAS
LANDAZURI VALLEJOS, en su denuncia de parte del 05 de Julio del 2013, mencionan
ser propietarios de los lotes de terrenos Nº21,22 y 23 (324.00 m2) de la
Urbanización Bárbara de Achile de la Manzana “B”, calle Orlando Tapia Alvarado
S/N antes calle “3” del distrito y provincia de Barranca, adquirido el 20 de
julio de 1994 del denunciado AUGUSTO OSORES PARODI, de los cuales toma
conocimiento en los primeros días del mes de junio del 2013, por versión de los
vecinos de la urbanización, que este fue adjudicado en forma ilícita por la
Municipalidad Provincial de Barranca a favor de la denunciada MERY VERONICA
MACHACA CORTEZ a través de la Oficina de Formalización de la Propiedad
(COFOPRI), y en la que aparece por una parte una “minuta fraguada de compra
venta en que el denunciado AUGUSTO OSORES PARODI da en compra y venta el Lote
Nº 12 M- “Ñ” Urbanización Las Gardenias- 2da etapa- Sector “B”, con área total
de 323.22 m2, y que por otra parte, que dicho Terreno del Lote 12 en
referencia, es el mismo terreno de su propiedad de los Lotes 21, 22 y 23 de
324.00 m2 de la Urbanización de Bárbara de Achile precitado”, de lo que se
tiene que el denunciado AUGUSTO OSORES MORANTES, ha vuelto vender la misma
propiedad con fecha 11 de enero 2009, cuando los mismos ya no eran
propietarios, que se verifica por otra parte, un título de propiedad que otorga
el denunciado ROMEL ULLILEN VEGA en su calidad de alcalde de la Municipalidad
Provincial de Barranca a favor de la denunciada MERY VERONICA MACHACA CORTEZ. Y
que, del referido “título de propiedad” se verifica que los denunciados AUGUSTO
OSORES PARODI Y AUGUSTO PEDRO POMPEYO OSORES MORANTES, han donado dichos
predios de mayor extensión denominado ex fundo “San Mateo”, cuando los mismos
ya no eran propietarios del predio, ni mucho menos la Municipalidad Provincial
de Barranca, y que dicha donación ha sido aceptada irregularmente por Acuerdo
de Consejo Nº 1032010 AL/CPB, con lo que se habrían inscrito en los Registros
Públicos en la partida Nº P1801435250 a nombre de MACHACA CORTEZ, por lo que
existe una ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR que comprende a los funcionarios
de la Entidad Municipal así como a los denunciados OSORES PARODI Y OSORES
MORANTE.
EVIDENCIAS
El Fiscal Vicente Borda Castillo, tenía suficientes elementos
de convicción contra Romel Ullilen Vega y Humberto Melchor Luyo Bazalar por la
comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, ABUSO DE
AUTORIDAD, ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, COHECHO PROPIO, CORRUPCION DE
FUNCIONARIOS Y DEFRAUDACION en agravio de los denunciantes LAURA CARMEN LOPEZ
FERRER DE LANDAZURI Y JORGE TOMAS LANDAZURI VALLEJO y del Estado, por lo cual
fueron denunciados, sin embargo sospechosamente por alguna poderosa razón que
se desconoce el Fiscal archivó la denuncia, por lo que fue quejado.
REAPERTURA
El fiscal Vicente Borda Castillo, reapertura la investigación
por orden superior, pero esta vez con Disposición de Formalización de
Investigación Preparatoria Nº 05- 2014, sorprendentemente concluye, que existe
suficientes indicios reveladores de la existencia del delito investigado.
Además señala, que de los actuados los hechos no han prescrito, que los
presuntos autores se encuentran debidamente identificados y existen suficientes
elementos de convicción de la comisión de los delitos ¿Se equivocó el Fiscal
Vicente Borda Castillo en su primera decisión para disponer el archivo de una
denuncia que era más que evidente que existían responsabilidades delictuosas de
los imputados?
DECISION
El mismo Fiscal Vicente Borda Castillo, ahora dispone la
Formalización de la investigación preparatoria contra Romel Ullilen Vega y
Humberto Melchor Luyo Balcázar por la presunta comisión del delito Contra la
Administración Pública- Delito Cometido por Funcionarios Públicos- OMISION O
RETARDO DE ACTOS DE FUNCION tipificado en el Art. 377 del Código Penal, Delito
Contra la Administración Pública- Delito cometida por Funcionarios Públicos-
ABUSO DE AUTORIDAD tipificado en el Art. 376º del Código Penal, Delito Contra
la Tranquilidad Pública- Delito Contra la Paz Pública- ASOCIACION ILICITA PARA
DELINQUIR normado en el Artículo Nº 317º del Código Penal, por el Delito Contra
la Administración Pública- Delito cometido por Funcionarios Públicos-
CORRUPCION DE FUNCIONARIOS - COHECHO PASIVO PROPIO tipificado en el Artículo Nº
393 del Código Penal; y por el Delito contra el Patrimonio- Estafa y otras
Defraudaciones en la modalidad de ESTELIONATO contemplado en el Artículo Nº
197, inciso 4º del Código Penal en agravio de Laura Carmen López Ferrer de
Landázuri y Jorge Tomás Landázuri Vallejos y el estado; y contra Augusto Osores
Parodi y Mery Verónica Machaca Cortez por la presunta comisión del Delito
Contra la Tranquilidad Pública- Delito Contra la Paz Pública- Asociación
Ilícita para Delinquir normado en el Artículo Nº 317 del Código Penal, por el
Delito Contra la Administración Pública- Delito Cometido por Funcionarios
Públicos CORRUPCION DE FUNCIONARIOS- COHECHO PASIVO PROPIO tipificado en el
Artículo Nº 393 del Código Penal; y por el Delito contra el Patrimonio Estafa y
otras Defraudaciones en la modalidad de ESTELIONATO contemplado en el Artículo
197º inciso 4º del Código Penal, en agravio de Laura Carmen López Ferrer de
Landázuri y Jorge Tomás Landázuri Vallejos y el estado, y por el plazo de
investigación de 120 días.
SOSPECHAS
El Fiscal Vicente Borda Castillo, ha sido denunciado ante el
Jefe del Control Interno del Ministerio Publico de Huaura, por su sospechoso
actuar, de archivar denuncias de casos emblemáticos que se han convertido un
modus operandi en el Ministerio Público de Barranca, que amerita investigarse.
Por el bien de la administración de justicia en esa provincia.
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