EN LA MIRA CON JR

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sábado, 12 de abril de 2014

LA SENTENCIA DEL "TORO" VITONERA


Intentamos hacer un ejercicio ético de la política, porque en el sentido común de los vecinos se instala una idea de que solo se puede ejercer la política siendo diestro en el engaño, o despojándose de cualquier escrúpulo moral. Alcaldes, regidores con estas características son los que la población ha tenido que soportar, en los últimos años, al ocultar su pasado sorprendiendo a sus electores.  No se puede seguir permitiendo que la administración pública siga corriendo el riesgo que se llene de SINVERGUENZAS, por eso se hace necesaria la tarea de desenmascararlos.

HOJAS DE VIDA

A pesar que los ciudadanos tienen el derecho a saber si los candidatos al proceso electoral regional y municipal, tienen antecedentes o sí han incurrido, en algún tipo de irregularidades penales, ética o de otra naturaleza. En el entendido que silenciar deshonestamente los datos que se solicita en sus hojas de vida ante el JNE  es penado. Es lo que no se entiende, porque en el 2010 la hoja de vida del ciudadano de Supe Puerto EVERARDO VITONERA HERRERA no dio cuenta de su SENTENCIA del 22 de enero del 2009, y es posible que por su silencio resultar el elegido en los comicios del 2010 como alcalde de Supe Puerto por el PADIN.

EL HECHO

  Se detectó que en la adjudicación directa selectiva, para la Construcción del Palacio de la Municipalidad Distrital de Supe Puerto (Primera Etapa), el otorgamiento de la buena pro a la Empresa Constructora Paredes SAC, no obstante haber presentado cartas fianzas adulteradas: La Nº 001432 de fiel cumplimiento; la Nº 0001436 por adelanto del 20% y la 001437, por adelanto de materiales del 40%, emitidas supuestamente por el Banco Interbank, las mismas que fueron presentadas e ingresadas bajo los Expedientes Nº 1767, 1768, y 1769; resultando según el informe del Representante Legal de la entidad bancaria, que dichas cartas son falsas, por cuanto no se encuentran registradas en el sistema y las firmas que aparecen no corresponden a sus funcionarios pese a estas irregularidades el alcalde, omitió de comunicar la comisión del delito en cuestión a la autoridad competente, y suscribió el contrato de Ejecución de Obra Nº 001-2004-MDSP con la Empresa Constructora Paredes SAC, el 23 de diciembre del 2004, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 360- 2004-MDSP, de la misma fecha.

ESCANDALO

Todas las pruebas condenaban a la responsabilidad de una COLUSION, y complicidad  del alcalde EVERARDO VITONERA HERRERA con la empresa beneficiaria de la buena pro de la obra, desde la orden del fraudulento ingreso a la oficina de recepción documentario de la municipalidad de las pólizas que sustituirían a las fraudulentas cartas fianzas para encubrir el delito, donde la secretaria tuvo que adulterar burdamente su recepción. Además, que el propietario de la empresa beneficiada admitiera haber entregado a la autoridad el 10% de “coimisión” a cambio de otorgarle la buena pro. Todo, ello sospechosamente se silenció en la investigación policial y fiscal, pero no se silenció en la memoria de la población.

SENTENCIA

Sospechosamente, se reservó el fallo condenatorio por el periodo de prueba un año al acusado EVERARDO VITONERA HERRERA como autor y responsable del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA EN LA MODALIDAD DE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, en agravio del estado. Le fijaron S/. 2,000 nuevos soles el monto de reparación civil (se desconoce si las pagó). Y se le impuso como pena accesoria de TREINTA DIAS MULTA, en un monto equivalente al veinticinco por ciento de su ingreso diario, el mismo que debió ser abonado en el término de diez días de pronunciada la sentencia, bajo percibimiento de conversión (también se desconoce su cumplimiento).

SILENCIO

EVERARDO VITONERA HERRERA, en el ITEM V de la declaración jurada del JNE debió registrar su sentencia impuesta en su contra, sin embargo conscientemente el silencio. Es posible ¿Para que su electorado no esté  informado de sus andanzas? Los porteños, quedan ADVERTIDOS.

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