EN LA MIRA CON JR

EN LA MIRA CON JR

sábado, 5 de abril de 2014

ALVARADO MALVERSA FONDOS EN OTRAS JURISDICCIONES

El ciudadano MARTIN VALDIVIA PARRA de Huarochiri, ha solicitado ante el JNE LA SUSPENSION POR 120 DIAS DE SUS FUNCIONES DEL PRESIDENTE REGIONAL Y LOS 9 CONSEJEROS REGIONALES. Al no  cumplir con la LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES  Y REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL. Toda vez que como  representantes legales, presuntamente no habrían sabido defender y cautelar los derechos e intereses del Gobierno Regional y de los vecinos de su jurisdicción.

EL HECHO

 Alvarado, materializó una obra denominado CONSTRUCCION DE CENTRO DE SALUD NIVEL 1-4 en el Centro Poblado Anexo 22, a pesar que existe una Sentencia Judicial en la Corte Superior de Lima en la IX SALA CIVIL Nro. 2773- 2006 de fecha 20 de agosto del 2008, confirmada con una Sentencia de Proceso de Acción Popular Nro. 234- 2009 de fecha 16 de junio, que  prohíbe al Gobierno Regional de Lima hacer obras en esa Jurisdicción que no es la suya. El Centro de Salud se ha construido en el distrito de San Juan de Lurigancho, jurisdicción de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Por lo que el ciudadano Martín Valdivia Parra considera que el Presidente Regional y los 9 Consejeros Regionales habrían cometido FALTA GRAVE que merecen la suspensión de sus funciones y atribuciones por 120 días.

LEY

La ley 27867 LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES, entre los párrafos modificados por el artículo único de la Ley 29053, publicada el 26 de junio del 2007, establece en su Artículo 31 sobre la SUSPENSIÓN DEL CARGO de Presidente, Vicepresidente, y Consejero, por: 1.- Incapacidad física o mental temporal, acreditada por el organismo competente y declarada por el Consejo Regional. 2.- Mandato firme de detención derivado de un proceso penal. 3.- Sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad. En consecuencia, el hecho formulado por el ciudadano MARTIN VALDIVIA PARRA no se encuentra inmersa en ninguna de las causales de la suspensión, por lo que es más probable que sea declarada INFUNDADA.

DELITOS

Lo que no hay duda es que exista una comisión de delitos. Porque pesar de haber una sentencia judicial consentida y ejecutoriada, se han hecho caso omiso de estas, y de manera dolosa se ejecutó una obra fuera de la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima por lo que presuntamente  se configuraría el delito de MALVERSACION DE FONDOS. Así mismo, con el acuerdo regional Nro. 023-2011, declarando de interés regional la creación del distrito Pampa Canto Grande, a pesar que existe una sentencia judicial que la Región Lima deje de tomar decisiones sobre dicha jurisdicción, por lo que se presume que los Consejeros Regionales no solo se coludieron para materializar la obra mencionada, sino también en las  adquisiciones y adjudicaciones de combustible, y maquinarias pesadas de propiedad del Gobierno Regional de Lima que utilizaron dentro del territorio de San Juan de Lurigancho, configurándose los delitos de PECULADO DOLOSO Y DE USO. Por lo que es probable que el JNE ordene a las instancias de control nacional como la contraloría y el poder judicial a tomar acciones correspondientes y sancione a los presuntos responsables.

COMPROMETE

  Luis Enrique Fernández Estrella Gerente General Regional pretendiendo desviar la atención del hecho, declaró: “Que ellos para ejecutar la obra, solicitaron permiso a la Municipalidad de Lima Metropolitana, Ministerio de Salud y otros” ¿Por qué se tuvo que solicitar permiso a entidades públicas que no tienen nada que ver con la autonomía jurisdiccional que corresponde a la Región Lima? La  declaración  del Gerente General Regional no hace más que comprometer que se ha cometido una serie de delitos en esta obra, que por negligencia u omisión interesada los funcionarios regionales a su cargo no evaluaron el saneamiento legal del terreno, donde se ejecutó la obra. Y es posible, que en el 2011 Alvarado embriagado por la euforia de la victoria de hacerse cargo de la Presidencia Regional, ya ambicionaba la Presidencia de la República y para ello comenzó hacer obras fuera de los límites jurisdiccionales de la Región Lima, en evidente proselitismo político de ganarse los votos con dinero del Gobierno Regional de Lima.

No hay comentarios:

Publicar un comentario