Luis Enrique Fernández Estrella,
Gerente General del Gobierno Regional de Lima, no contento con ordenar la
denuncia contra la Dra. Lita Román Bustinza Vice- Presidenta Regional, por
formular y firmar una declaración jurada simple (que el denunciante la reconoce,
como tal), donde declara y hace constar que la persona de Jessica Carmen
Ramírez Gavino laboraba en el Área de Gerencia de Recursos Naturales, desde
marzo del 2011 hasta enero del 2012, como personal de servicio de
limpieza(hecho que pretende desconocer el denunciante) imputándole el presunto delito de Falsedad Genérica y en
total aberración jurídica la responsabiliza de Usurpar Funciones al firmar una
declaración que no es oficial o institucional.
Ahora, Estrella, arremete contra
Jessica Carmen Ramírez Gavino y la denuncia por FRAUDE PROCESAL,
atribuyéndole el haber presentado en su
Acción de Amparo por Despido incausado contra el Gobierno Regional de Lima,
ante el Segundo Juzgado Civil Transitorio de Huaura, hoy Segundo Juzgado Contencioso Administrativo de
Huaura en el expediente Nº 315-2012, la declaración jurada de fecha 27 de Enero
del 2012, suscrita por Lita Román
Bustinza, en donde indica que la imputada trabajo desde el mes de Marzo del
2011 hasta enero del 2012, con lo cual la imputada consiguió que en segunda
instancia se declare fundado su demanda. Siendo que por su condición la Vice-
Presidente Regional no tenía la facultad de informar ello.
Al respecto, de la declaración
jurada simple formulada y firmada por la Vice- Presidenta Regional que indica
la fiscalía, es un testimonio personal, y no representativo, confeccionada en
papel simple y no oficial de la institución presuntamente agraviada, la firma y
colocación del documento de Identidad se efectúa en calidad de común ciudadana.
Derecho que nada le prohibía, formularlo, firmarlo y extendérselo al
interesado.
Algo más, los vocales Quevedo
Cajo, Solórzano Rodríguez y Valenzuela Barreto, miembros del Segundo Juzgado
Civil Transitorio de Huaura, en la sentencia de la Acción de Amparo que
favoreció a Jessica Carmen Ramírez
Gavino, indicaron que: “Este documento firmada por la Dra. Lita Román Bustinza
no fue cuestionada y por ende causa fe probatoria”.
En consecuencia, la declaración
jurada simple, al no ser cuestionada, ni negada, no es falsa o fraguada que
pueda generar un FRAUDE PROCESAL, si existe algún perjuicio contra el Gobierno Regional de Lima, es de
exclusiva responsabilidad de las autoridades y funcionarios regionales que por
su negligencia la permitieron. Nada
explica su tardía demanda, no tachar
oportunamente y es que no tenían como la declaración jurada simple que permitió
en todo caso que el colegiado de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia
de Huaura tome la decisión de reconocerla como prueba testimonial. Hecho que exime de responsabilidad de la
Vice- Presidenta Regional, y de la servidora despedida quienes actuaron de buena fe, ante el abuso y
arbitrariedad con la que actuaron los funcionarios regionales en no reconocer el
tiempo de labor de la despedida.
Por tanto los que habrían actuado en contra de
los intereses del Gobierno Regional y del estado en este caso, serían Luis
Enrique Fernández Estrella Gerente Regional, sus Procuradores y Asesores
Legales. No hay otros u otras, no miren
fantasmas donde no las hay.
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