EN LA MIRA CON JR

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miércoles, 13 de marzo de 2013

LO QUE NO SE DIJO DE LA ACUSACION DE JAVIER ALVARADO


¿Cómo entender que después de once años el Ministerio Público de Cañete no acuso de delitos que eran evidentes cometidos por Javier Alvarado cuando fue alcalde de la Municipalidad Distrital de Lunahuana? ¿Cómo entender que la Fiscal Provincial de Cañete Elizabeth Vadillo Leaño acuse con los mismos argumentos, que cuatro años atrás había dispuesto  archivar definitivamente, a pesar que se configuraban las evidencias de delitos cometidos? Por lo que acusó a Javier Alvarado y otros, por los delitos de Colusión  y otros,  solicitando  6 años de pena privativa de su libertad y al pago de 50 mil nuevos soles. Comportamiento sospechoso de la fiscal que ahora el inculpado Gerente General de la empresa con quien presuntamente  Javier Alvarado se coludió  para defraudar a la Municipalidad de Lunahuana, pretende utilizar como justificación, para que le declaren sobreseimiento a su imputación en el juicio del siglo que se iniciará muy pronto.
CUESTIONAN ACUSACIÓN FISCAL
La acusación de la Fiscal Elizabeth Vadillo Leaño, fue puesta en tela de juicio por el Dr. Luis Fernando Chávez Echarte al encontrar evidencias de otros dolos cometidas contra la Municipalidad de Lunahuana, indicando que al concertar Alvarado con la empresa REFTEN SAC, al celebrar un ilícito contrato y beneficiarse con el dinero embargado. Para lograr dicho objetivo cometieron los delitos CONTRA LA FE PUBLICA, por fraguar y falsear información y PECULADO DOLOSO Y CULPOSO por haber pagado dos veces un contrato inexistente, con sospechosos recibos de honorarios, y sin sustento de las presuntas labores que realizó el entonces Asesor Legal Externo Luis Enrique Fernández Estrella.
LO VERGONZOSO
La Fiscal Provincial de Cañete Elizabeth Vadillo Leaño, en lugar de defender los intereses del estado, fue la que solicitó la anulación de la Resolución del Juzgado de Lunahuana, en la que se les ordenaba  formular acusación  por los nuevos delitos detectados contra Javier Alvarado. Según ella no procedía, porque no se había considerado el procedimiento debido de investigación de los presuntos delitos imputados,  solicitud que fue declarada IMPROCEDENTE. La Fiscal apeló a la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete, donde por unanimidad la consideraron IMPROCEDENTE, ante la misma sala solicitó la reconsideración, donde por unanimidad fue considerada INADMISIBLE.
CON VERGÜENZA AJENA
La Fiscalía Superior Penal de Cañete, se pronunció señalando que el delito Contra la Fe Pública, había prescrito, no se configuraba el delito de Peculado Culposo, pero admitieron el delito de Peculado Doloso y ordenaron para que formule acusación la Fiscal Provincial de Cañete Lita Sánchez Tejada. Quien la retardó y se inhibió de acusar porque su hermano trabajaba en la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Lima. El Fiscal Superior no le aceptó la inhibición, entonces se enfermó. El requerimiento acusatorio término siendo formulado por el Fiscal Adjunto Penal de Cañete Dr. Jonathan Hernández Merino.
OBSERVACIONES
El Dr. Luis Fernando Chávez Echarte Juez Titular del Juzgado de Lunahuana, encontró observaciones a la Acusación del Fiscal Jonathan Hernández  Merino, que podían entrampar, retardar o quebrar el proceso. Entre las observaciones se encontraban: 1) No colocaron los datos personales del acusado Rubén Esteban Falcón Tenorio 2) No se comprendía a la Procuraduría Anticorrupción como parte agraviada 3) No excluyeron a un muerto acusado 4) No tuvieron en cuenta que el Procurador debe ser el que sustente la reparación civil 5) En el delito de Peculado Doloso no se consignó a la parte agraviada 6) No se dejó sin efecto la anterior Acusación Fiscal, para evitar confusión durante el proceso.
Con escrito Nº 01-2013, Lita Sánchez Tejada Fiscal Provincial Titular del Despacho de Liquidación de la Primera Fiscalía  de Cañete, procedió a subsanar dichas observaciones, todas las admitieron, aunque para ella eran omisiones más de forma, que de fondo.
¿Once años  después? , ¿Con sospechosos archivamientos de investigaciones?, ¿Acusaciones  deliberadas con omisiones de delitos?, ¿Acusaciones con omisiones y precisiones de información  para perjudicar el proceso?, ¿Defensa deliberada por los inculpados? No parecen ser omisiones y comportamiento, que sean  muy de forma, en todo caso usted Juzgue el comportamiento del Ministerio Público de Cañete. Porque ello no se dice en  la Acusación Fiscal contra Javier Alvarado, que al parecer estaría  buscando  impunidad con malas artes, antes de demostrar su inocencia.

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