El Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuana, con
su titular el Juez Dr. Luis Fernando Chávez, ha emitido la Resolución Número:
Sesentiseis del 18 de marzo 2013, señala:
DADO CUENTA:
Verificándose de autos que mediante resolución número cincuentitres de fecha
diecinueve de febrero del año dos mil trece, se dispuso correr traslado a los
sujetos procesales a fin de que formulen las observaciones pertinentes al
requerimiento de acusación así como al requerimiento aclaratorio remitido por
el Ministerio Publico: y habiendo trascurrido el plazo de ley y de conformidad
con lo estipulado en el apartado 1º del artículo 351º del Código Procesal
Penal: CITESE a AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACION para el día DOS DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE, a las DIEZ DE LA MAÑANA. Hora exacta, la
misma que se instalara en el CENTRO
PENITENCIARIO DE NUEVO IMPERIAL – CANTERA. Y que deberá de
contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y los abogados defensores de
los imputados. Bajo apercibimiento de responsabilidad en sus funciones en
caso se frustre la audiencia por inasistencia de los abogados defensores o del
fiscal y de ser reemplazados en el caso de los abogados por otros que designen
los procesados o por uno de oficio. NOTIFIQUESE
a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales señalados en
autos.
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