EN LA MIRA CON JR

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jueves, 28 de marzo de 2013

A 4 DIAS DE LA VERDAD EN JUEVES SANTO..

DESPUES DE LA ACUSACION FISCAL A 11 AÑOS DE CARCEL PARA JAVIER ALVARADO

¿Podrá Alvarado probar  su inocencia  de los delitos que se le imputan cuando fue alcalde de la Municipalidad Distrital  de Lunahuana, en complicidad con la empresa REFTEN SAC?
Cuando todo indica que la empresa se formó para cometer el delito. Que la contrataron directamente, sin lo ordenado por la ley, y sin  existir aprobación  de acuerdo municipal.
Pago a la empresa 1´221, 153. 45 de nuevos soles, no contratándola  mediante concurso público y sin cumplir con los proyectos y anexos que alude el contrato.
Los regidores afirman que el contrato fue un acuerdo de consejo, tal como lo registraron en la Resolución de Alcaldía de Contrato, sin embargo consta en Sesión, que Alvarado les informó que había contratado a la empresa cancelándole  el 35% del total cobrado en la fiscalización. Luis Alberto Sánchez Cubillas, jefe de abastecimiento de la municipalidad, desmiente que no se le encargó la realización del proceso de selección para la contratación.
Porque entregó el mencionado pago, parte del dinero de la Municipalidad que  obtuvo de los embargos, pese a que los documentos que emitiera producto de su trabajo presentan irregularidades y contradicciones en cuanto a la falta de sustento técnico y legal, en los cuales se basaron para realizar el procedimiento de fiscalización de la empresa Telefónica del Perú SAA, así como no existir documentos que sustenten la conformidad del servicio.  
Fue la abogada Rosa Liliana Torres Castillo la que le contacto con la empresa REFTEN SAC del mismo propietario  de  L & C ASESORES Y CONSULTORES que contrato la Municipalidad Distritales de Asia, donde la abogada también era Asesora Legal.
Tendrá que explicar porque utilizaron  un supuesto Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del año 2001 para situaciones ocurridas en los años 1996 – 1997, el cual no fue ratificado por la Municipalidad Provincial de Cañete para su validez y que no obra en los archivos de la Municipalidad Distrital de Lunahuana.
Tendrá que explicar el porqué de las diferencias en las bases legales de la Resolución de Determinación de Deuda, las Resoluciones de Multas y sus respectivos informes de fiscalización que las sustentan.  
Porque, simularon la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y Reglamento de Sanciones e Infracciones (RAS) de la Municipalidad de Lunahuana, trascribiéndolas en forma absurdas y burdas en actas del Consejo en Pleno, las que no fueron ratificadas por la Municipalidad Provincial de Cañete para que cobren vigencia legal, sin embargo con ellas  se sanciono  y se cobró las infracciones.
Este 02 de Abril  la población de la Región Lima y en especial del pueblo de Lunahuana con la vergüenza ajena quisiera escuchar toda la verdad en la audiencia de parte de  Javier Alvarado, la que en 11 años no ha podido sustentar ante la policía anticorrupción, contraloría, en el Juzgado de Lunahuna, ni en la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

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