EN LA MIRA CON JR

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lunes, 19 de agosto de 2013

FRACAZO,HABEAS CORPUS DE ALVARADO

Con la sentencia del Juez Constitucional del Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, al declarar infundada la demanda constitucional de HABEAS CORPUS entablada por el ciudadano Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, contra la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete ELIZABETH VADILLO LEAÑO, curiosamente la fiscal que durante que durante once años, lo protegió, y encubrió de los delitos presuntamente cometidos cuando fue alcalde de la Municipalidad Distrital d Lunahuana.
Queda al descubierto que dicho recurso constitucional no era otra cosa que una maniobra de la estrategia de la defensa de Alvarado para evitar asistir al enjuiciamiento oral para el 20 de agosto del 2013, que lo ha convocado el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en el Auditórium del Establecimiento Penitenciario de Nuevo Imperial La Cantera de Cañete.
EL HABEAS CORPUS
Javier Alvarado, solicitaba la nulidad de la disposición fiscal de formalización de la investigación preparatoria, dispuesta por la fiscal demandada por afectación a la garantía constitucional del debido proceso por infracción a la cosa decidida y vulneración de la garantía de motivación de resolución en la investigación en su contra por delitos de COLUSION, PECULADO, FE PUBLICA Y ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, señalándose en la demanda que el accionante en su condición de alcalde del Distrito de Lunahuana fue investigado por la contratación de la Empresa Asesores y Consultores REFTEN SAC y la Cobranza Coactiva de embargo de la Telefónica del Perú S.A.A- declarándose no ha lugar a formalizar denuncia en su contra; sin embargo sin mayor justificación la fiscal demandada decide formalizar y continuar la investigación preparatoria por los mismos hechos que fueron archivados en su oportunidad, vulnerándose la Cosa Decidida, la Imputación Necesaria, la garantía de motivar la resolución fiscal y el derecho de defensa conexos con la libertad individual del accionante.
ARGUMENTOS DEL JUEZ PARA NEGAR EL HABEAS CORPUS
1. La investigación preliminar fue archivada por no contar con una pericia contable, la misma que posteriormente es remitida por Contraloría. Por lo que de conformidad con el Artículo 335º del Nuevo Código Procesal Penal, se dispuso la formalización de la investigación preparatoria contra Javier Alvarado por delito de Colusión y otros. Al contarse con nuevos elementos de convicción.
2. Que la apertura de una investigación penal no constituye una amenaza cierta e inminente contra la libertad individual y que la actuación del Ministerio Público es postulatoria, requirente y no decisoria pues no incide en la libertad personal. 
3. Que la resolución fiscal que dispone no formalizar denuncia penal no constituye COSA JUZGADA por lo que el demandante puede ser nuevamente investigado y denunciado penalmente por los mismos hechos si se cuenta con nuevos elementos de convicción.
4. Ninguna autoridad esta exenta de control constitucional siempre que no exista violación de los derechos fundamentales que afecten la libertad personal de un ciudadano.
5. Estando a Juicio Oral, Alvarado no cuestionó oportunamente la infracción constitucional señalada en su demanda permitiendo que la investigación preparatoria llegue al estado en que se encuentra
6. El Proceso de HABEAS CORPUS, no debe paralizar el Proceso de Enjuiciamiento Oral a llevarse a cabo el 20 de Agosto, donde debe ventilarse públicamente los hechos contenidos en la resolución fiscal materia de la presente demanda.
Lo cierto, es que Alvarado presentó su EXCEPCION DE COSA JUZGADA, la que fue denegada por el Juez de Lunahuana y que a la fecha se encuentra en apelación en segunda instancia y si la ley es la ley la denegación debe ser confirmada.
 No nos equivocamos al señalar que Javier Alvarado con los HABEAS CORPUS pretendía sorprender a las autoridades judiciales que desconocen el proceso.
De la misma manera, si la ley es la ley, se espera que la sentencia de la Juez Alicia Martínez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Chincha, a resolver otro BABEAS CORPUS similar al presentado en el Callo por Javier Alvarado, sea justa y amparada estrictamente a lo que establece la ley.

¿Qué le queda entonces a Javier Alvarado? ¿Forzará? ¿Coimeará a la Jueza de Chincha para torcer la ley? O ¿Se enfermará para truncar la instalación del Enjuiciamiento Oral? Solo quedan horas para saberlo.

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