01 DE JULIO
DEL 2008: Existen sospechas con la Resolución de Alcaldía de la Municipalidad
Distrital de Vegueta, Nº 649 A – 2008, firmada y sellada por su Alcalde José Li
Nonato, otorgando reconocimiento al fiscal adjunto provincial penal, YURI IVAN
GARCIA CANO y otros. Por contribuir en la consolidación del nuevo modelo procesal
penal. La sospecha es por adicionar a la numeración correlativa la “A”, lo que
genera suspicacia que fue elaborada sólo para favorecer exclusivamente al
referido fiscal y otros. Y es posible porque hasta la tipografía con la que fue
redactada, no corresponden a las utilizadas ni antes, ni después por la
Municipalidad.
Los hechos
posteriores parecen tenernos una respuesta:
2008:
Coincidentemente, ese año, se efectuaba la convocatoria Nº002 del Consejo
Nacional de la Magistratura el Concurso Público para cubrir plazas vacantes de
Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos Provinciales, al evaluarse el
currículo del postulante GARCIA CANO, YURI IVAN declaraban en parte haberse
realizado los recursos de reconsideración presentado por el postulante. Como es
posible que se viera favorecido en su puntaje con la Resolución, obteniendo
finalmente el calificativo de 58.00 puntos.
2012: Contraloría,
da a conocer los resultados de la Acción de Control en la Municipalidad
Distrital de Vegueta, emitiendo el Informe Nº 288-2012, en la que concluye que
se evidencia indicios de delitos contra la Administración Pública en la
Modalidad de Negociación Incompatible con el cargo, toda vez que los
funcionarios de dicha comuna, habrían realizado la Licitación Pública Nº 001-
2007, que se habría orientado a favorecer ilegalmente a las marcas de los
bienes por la empresa “Equipamiento Municipal del Perú SAC”, otorgándosele la
buena pro de dicha licitación por la
suma de S/. 1´944, 644.04 Nuevos Soles; sin que los valores referenciales de
las maquinarias se fijen en previo estudio de mercado, en coordinaciones con el
área usuaria para determinar las características de la maquinaria, de acuerdo a
las necesidades de la entidad; además, se
aceptó las propuestas de la empresa pese a no cumplir con los
requerimientos técnicos mínimos y presentar enmendaduras; se aceptó la propuestas económica al 110% del valor
referencial, sin contar con certificación presupuestal autorizada por el
titular del pliego. Así mismo, durante la firma de los respectivos contratos,
se evidencia un ilegal favorecimiento a la empresa “Equipamiento Municipal del
Perú SAC”, pues se le habría concedido un plazo mayor al permitido por ley, a
fin de firmar los contratos; pagándose por las maquinarias y firmando la
conformidad de recepción respectiva, pese a que éstas fueron entregadas fuera
del plazo y que dos volquetes no fueron entregados.
En las páginas del 32 al 43 del Informe de
Contraloría, se reseña el actuar de los Abogados Carlos Conde Salinas como
Asesor Legal y Cesar García Bertolotti Asesor Legal Externo de la Municipalidad
Distrital de Vegueta, durante el irregular proceso que cuestiona la contraloría
y que involucra al Alcalde de Vegueta JOSE LI NONATO y otros.
26 DE
FEBRERO DEL 2013: Con Disposición Nº 03, el Dr. ALFREDO BENAVIDES CORBETA
Fiscal Adjunto Provincial Titular, encargado del primer despacho de
Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura. Acogió la
investigación del Fiscal YURI IVAN GARCIA CANO, Disponiendo no formalizar, ni
continuar con la investigación preparatoria contra JOSE LI NONATO y otros, por
la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la
modalidad de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del cargo en
agravio del estado y Municipalidad de
Vegueta ¿Devolvió el Fiscal YURI IVAN GARCIA CANO el favor a JOSE LI NONATO por
el reconocimiento que le permitió
calificar para el cargo de Fiscal? O ¿Fue el favor a papá?
07 DE MARZO
DEL 2013: Carlos Humberto Conde Salinas ex – Asesor Legal y Presidente de la
Comisión de Adquisiciones de la Municipalidad de Vegueta presento su QUEJA DE
DERECHO ante el Fiscal Superior contra el Fiscal Provincial YURI IVAN GARCIA
CANO para que sea excluido de la investigación. Atribuyéndole que el Fiscal,
interviene en el trámite de la investigación a pesar de tener una vinculación
de parentesco (padre) con el abogado Cesar Francisco García Bertolotti ex -
asesor externo de la Municipalidad de Vegueta, quien tuvo participación directa
con el Alcalde José Li Nonato en las gestiones posteriores al otorgamiento de
la Buena Pro con la empresa “Equipamiento Municipal SAC”
05 DE ABRIL
DEL 2013: Con Disposición el Fiscal Superior Dr. Félix Salazar Huapaya, declara
INFUNDADA la solicitud de exclusión de la investigación del Fiscal YURI IVAN
GARCIA CANO señalando sospechosamente que Cesar García Bertolotti, no es parte
ni abogado de alguna de las partes en la investigación. Pero, aparta al fiscal
GARCIA CANO de la investigación por no efectuar un manejo ordenado de la
carpeta fiscal ¿Encubrimiento?
07 DE MARZO
DEL 2013: El abogado Carlos Conde Salinas, formula QUEJA POR INFRACCION E
INCONDUCTA FUNCIONAL, contra el Fiscal Provincial YURI IVAN GARCIA CANO y otros
ante el Jefe de Control Interno del Ministerio Público de la Provincia de
Huaura.
15 DE MARZO
DEL 2013: En Resolución Nº 01 el Dr. Richard Sausa Cornejo Fiscal Superior
Titular Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Huaura, señala:
“Que del Sistema de Gestión Fiscal se ha extraído, que el Doctor YURI IVAN GARCIA
CANO, en su condición de Fiscal Provincial (P) del Primer Despacho de
Investigación de la Fiscalía Penal Corporativa de Huaura se encuentra a cargo
del trámite del caso, siendo que a opinión del magistrado, tenía el deber de
INHIBIRSE del conocimiento de la denuncia debido que su padre, el abogado Cesar
Francisco García Bertolotti se desempeñó como Asesor Externo de la
Municipalidad de Vegueta. De la que surge la sospecha inicial que el aludido
fiscal presuntamente incumplió con sus deberes funcionales, motivo por el cual
corresponde abrir la investigación preliminar etapa en el cual se acopiara los
elementos de prueba que permitan precisar o desvirtuar los cargos atribuidos.
Por lo que decide ABRIR INVESTIGACION PRELIMINAR, contra los doctores ALFREDO
BENAVIDES CORBETA Fiscal Adjunto Provincial (T) y YURI IVAN GARCIA CANO ¡QUE
VERGÜENZA!
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