EN LA MIRA CON JR

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lunes, 3 de junio de 2013

VERGUENZA FISCAL EN CASO DE VEGUETA

01 DE JULIO DEL 2008: Existen sospechas con la Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Vegueta, Nº 649 A – 2008, firmada y sellada por su Alcalde José Li Nonato, otorgando reconocimiento al fiscal adjunto provincial penal, YURI IVAN GARCIA CANO y otros. Por contribuir en la consolidación del nuevo modelo procesal penal. La sospecha es por adicionar a la numeración correlativa la “A”, lo que genera suspicacia que fue elaborada sólo para favorecer exclusivamente al referido fiscal y otros. Y es posible porque hasta la tipografía con la que fue redactada, no corresponden a las utilizadas ni antes, ni después por la Municipalidad.
Los hechos posteriores parecen tenernos una respuesta:
2008: Coincidentemente, ese año, se efectuaba la convocatoria Nº002 del Consejo Nacional de la Magistratura el Concurso Público para cubrir plazas vacantes de Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos Provinciales, al evaluarse el currículo del postulante GARCIA CANO, YURI IVAN declaraban en parte haberse realizado los recursos de reconsideración presentado por el postulante. Como es posible que se viera favorecido en su puntaje con la Resolución, obteniendo finalmente el calificativo de 58.00 puntos.
2012: Contraloría, da a conocer los resultados de la Acción de Control en la Municipalidad Distrital de Vegueta, emitiendo el Informe Nº 288-2012, en la que concluye que se evidencia indicios de delitos contra la Administración Pública en la Modalidad de Negociación Incompatible con el cargo, toda vez que los funcionarios de dicha comuna, habrían realizado la Licitación Pública Nº 001- 2007, que se habría orientado a favorecer ilegalmente a las marcas de los bienes por la empresa “Equipamiento Municipal del Perú SAC”, otorgándosele la buena pro de dicha licitación  por la suma de S/. 1´944, 644.04 Nuevos Soles; sin que los valores referenciales de las maquinarias se fijen en previo estudio de mercado, en coordinaciones con el área usuaria para determinar las características de la maquinaria, de acuerdo a las necesidades de la entidad; además, se  aceptó las propuestas de la empresa pese a no cumplir con los requerimientos técnicos mínimos y presentar enmendaduras; se aceptó  la propuestas económica al 110% del valor referencial, sin contar con certificación presupuestal autorizada por el titular del pliego. Así mismo, durante la firma de los respectivos contratos, se evidencia un ilegal favorecimiento a la empresa “Equipamiento Municipal del Perú SAC”, pues se le habría concedido un plazo mayor al permitido por ley, a fin de firmar los contratos; pagándose por las maquinarias y firmando la conformidad de recepción respectiva, pese a que éstas fueron entregadas fuera del plazo y que dos volquetes no fueron entregados.
 En las páginas del 32 al 43 del Informe de Contraloría, se reseña el actuar de los Abogados Carlos Conde Salinas como Asesor Legal y Cesar García Bertolotti Asesor Legal Externo de la Municipalidad Distrital de Vegueta, durante el irregular proceso que cuestiona la contraloría y que involucra al Alcalde de Vegueta JOSE LI NONATO y otros.
26 DE FEBRERO DEL 2013: Con Disposición Nº 03, el Dr. ALFREDO BENAVIDES CORBETA Fiscal Adjunto Provincial Titular, encargado del primer despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura. Acogió la investigación del Fiscal YURI IVAN GARCIA CANO, Disponiendo no formalizar, ni continuar con la investigación preparatoria contra JOSE LI NONATO y otros, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del cargo en agravio del estado y Municipalidad  de Vegueta ¿Devolvió el Fiscal YURI IVAN GARCIA CANO el favor a JOSE LI NONATO por el reconocimiento  que le permitió calificar para el cargo de Fiscal? O ¿Fue el favor a papá?
07 DE MARZO DEL 2013: Carlos Humberto Conde Salinas ex – Asesor Legal y Presidente de la Comisión de Adquisiciones de la Municipalidad de Vegueta presento su QUEJA DE DERECHO ante el Fiscal Superior contra el Fiscal Provincial YURI IVAN GARCIA CANO para que sea excluido de la investigación. Atribuyéndole que el Fiscal, interviene en el trámite de la investigación a pesar de tener una vinculación de parentesco (padre) con el abogado Cesar Francisco García Bertolotti ex - asesor externo de la Municipalidad de Vegueta, quien tuvo participación directa con el Alcalde José Li Nonato en las gestiones posteriores al otorgamiento de la Buena Pro con la empresa “Equipamiento Municipal SAC”
05 DE ABRIL DEL 2013: Con Disposición el Fiscal Superior Dr. Félix Salazar Huapaya, declara INFUNDADA la solicitud de exclusión de la investigación del Fiscal YURI IVAN GARCIA CANO señalando sospechosamente que Cesar García Bertolotti, no es parte ni abogado de alguna de las partes en la investigación. Pero, aparta al fiscal GARCIA CANO de la investigación por no efectuar un manejo ordenado de la carpeta fiscal ¿Encubrimiento?
07 DE MARZO DEL 2013: El abogado Carlos Conde Salinas, formula QUEJA POR INFRACCION E INCONDUCTA FUNCIONAL, contra el Fiscal Provincial YURI IVAN GARCIA CANO y otros ante el Jefe de Control Interno del Ministerio Público de la Provincia de Huaura.
15 DE MARZO DEL 2013: En Resolución Nº 01 el Dr. Richard Sausa Cornejo Fiscal Superior Titular Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Huaura, señala: “Que del Sistema de Gestión Fiscal se ha extraído, que el Doctor YURI IVAN GARCIA CANO, en su condición de Fiscal Provincial (P) del Primer Despacho de Investigación de la Fiscalía Penal Corporativa de Huaura se encuentra a cargo del trámite del caso, siendo que a opinión del magistrado, tenía el deber de INHIBIRSE del conocimiento de la denuncia debido que su padre, el abogado Cesar Francisco García Bertolotti se desempeñó como Asesor Externo de la Municipalidad de Vegueta. De la que surge la sospecha inicial que el aludido fiscal presuntamente incumplió con sus deberes funcionales, motivo por el cual corresponde abrir la investigación preliminar etapa en el cual se acopiara los elementos de prueba que permitan precisar o desvirtuar los cargos atribuidos. Por lo que decide ABRIR INVESTIGACION PRELIMINAR, contra los doctores ALFREDO BENAVIDES CORBETA Fiscal Adjunto Provincial (T) y YURI IVAN GARCIA CANO ¡QUE VERGÜENZA!

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