Los fiscales YURI IVAN GARCIA CANO y ALFREDO BENAVIDES
CORBETA, con inverosímiles argumentos protegen a alcaldes que son denunciados,
hace poco con el argumento “que no estuvieron inmersos en el proceso de
selección de bienes”, declararon no formalizar, ni continuar investigación
preparatoria contra el alcalde de Vegueta José Li Nonato y otros funcionarios
por favorecer en la buena pro a una empresa que sobrevalorizó los costos en la
venta de maquinarias pesadas para esa Municipalidad, a pesar de existir informe
de Contraloría. Ahora ambos fiscales
son investigados y su Disposición fue
declarada NULA debiéndose formular una
nueva, para continuar investigando al alcalde.
AHORA…PROTECCION AL ALCALDE DE HUAURA
Jacinto Romero
Trujillo alcalde del Distrito de Huaura,
ha sido denunciado por Abuso de Autoridad por Gregorio Magno Rojas
Cáceres, refiriendo que el 5 de noviembre del 2012, Juan Carlos Inga Inga,
operaba una retroexcavadora de la Municipalidad Distrital de Huaura,
procediendo a derribar las paredes de su inmueble, ubicado en la intersección
de las calles San Francisco y los Cipreses – territorio del Distrito de Huaura,
Juan Carlos Inga Inga refirió que actuó por orden de la Municipalidad Distrital
de Huaura, cuyo alcalde es el denunciado.
Insistiendo con esta versión ante los efectivos policiales que
efectuaron la constatación, agregando el denunciante que la Municipalidad ha
tomado el control del predio de forma
abusiva y arbitraria, pues indica ser el legítimo poseedor del predio,
cuyo acceso le impide el personal de
Serenazgo que se ha apostado en el lugar, habiendo adquirido los derechos sobre
el bien por virtud de un contrato privado de transferencia de posesión del bien
inmueble.
Sin embargo, los Fiscales Yuri Iván García Cano y Alfredo
Benavides Corbetta, declararon no formalizar, ni continuar investigación
preparatoria contra el denunciado.
ABSURDOS PARA NO FORMALIZAR INVESTIGACION
1.-Los fiscales, no acreditan el valor de los bienes
dañados, a pesar de las declaraciones de los testigos, boletas y facturas.
2.- Los Fiscales solicitan cotización de los materiales
afectados y refrendados por un
profesional, cuando está acción se realiza en la etapa de investigación
preparatoria.
3.-Los Fiscales cuestionan una boleta por la compra de una
cama camarote que fue cancelada con monedas de Intis. No teniendo en cuenta que
el bien fue adquirido en 1989.
4.- Los Fiscales, cuestionan una boleta comercial, indicando
que es emitida a una persona distinta al denunciante, no teniendo en cuenta que
dicha persona es su esposa.
5.- Los Fiscales, expresan que no existe elemento de
convicción, para decir que dichos bienes se encontraban dentro del predio al
momento de los hechos, no valorando los dos buzones de agua que se otorgaron al
pago que se realizó en la Municipalidad para que se otorgue licencia de agua y
desague.
6.- Los Fiscales, justifican el derrumbe del predio a un
estado de necesidad justificante, según ellos era una guarida de delincuentes y
fumones. Sin embargo no existen denuncias de tales hechos.
7.- Los Fiscales, admitieron, 10 declaraciones de testigos
del denunciado a quienes señaló que eran vecinos colindantes del lugar de los
hechos, cuando muchos de ellos viven en
manzanas distintas, es más nueve de ellas son familiares de trabajadores de la
Municipalidad donde el denunciado es el alcalde.
8.- Los Fiscales, no tuvieron en cuenta que la SUNARP da
cuenta que en la posesión del predio se encuentra el Sr. Gregorio Magno Rojas
Cáceres. Posee Registros de Predios, Certificado de Inscripción Predial de la
Municipalidad Distrital de Huaura donde el denunciado es el alcalde y
finalmente posee un contrato privado de transferencia de posesión.
Ahora, ambos fiscales
Alfredo Benavides Corbetta y Yuri Iván García Cano han sido quejados
ante el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Huaura. Solo se espera justicia.
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