EN LA MIRA CON JR

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viernes, 7 de junio de 2013

CASO DE LUNAHUANA Y SITUACION LEGAL ACTUAL DE ALVARADO

AL 7 DE JUNIO DEL 2013: A pesar de las obstaculaciones, y retardos premeditados que se han dado, tanto de parte de la defensa técnica legal e incluso contando con la complicidad de la  Fiscal Provincial de Cañete Lita Sánchez Tejada responsable de la Acusación Fiscal en el Control de Acusación contra Javier Alvarado por los presuntos delitos cometidos cuando fue alcalde de la Municipalidad Distrital de Lunahuana, sin embargo  no ha podido desvirtuar lo siguiente:
JAVIER ALVARADO: En su calidad de ex – Alcalde de la Municipalidad de Lunahuana ordenó con memorándum del 22 de diciembre del 2000 y 11 de noviembre del 2002 al ex – tesorero  Eco. Rolando Luyo Alcalá, el pago de Luis Enrique Fernández Estrella de S/. 14,400.00 con comprobantes de pago Nº1195 y 884, por concepto de Asesoría Legal Externa realizados en los años 2000 a 2001, los que eran irregulares, porque no existe documentación que sustente la prestación de este servicio, atribuyéndose la conducta, al acusado Rolando Luyo Alcalá, quien realizó el desembolso del dinero  sin observar que estos eran cobros indebidos por no estar de acuerdo arreglo de ley.
CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: Haber suscrito contrato con la empresa de Fiscalización REFTEN SAC el 10 de setiembre del 2002, conforme consta en Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Nº 034, llevada a cabo con la asistencia de los Regidores José Antonio Espinoza Peña, Felipe Sánchez Sánchez, Gregorio Sánchez de la Cruz, Manuel Hurtado Yactayo y Pascuala Chuquispuma Mayta, señalando el acusado “que no dio cuenta” mediante oficio Nº 010 – 2006- JAGDV de fecha 10 de octubre del 2006 dirigido a la Contraloría  “(…) que ha firmado un contrato con la empresa REFTEN SAC, representada por su Gerente General Rubén Esteban Falcón Tenorio sobre Fiscalización Tributaria y Administración a los principales contribuyentes que la Municipalidad designe, así también para que preste el servicio de defensa legal en las acciones que eventualmente deriven de la ejecución del programa, y se le cancelará el 35% del total cobrado de los procesos de Fiscalización, habiéndose iniciado con Telefónica, vulnerando la normatividad vigente a esa fecha, designándose un ejecutor coactivo sin concurso público, lo cual fue avalado por los regidores quienes refieren que sí se llevó a cabo. Sobre el trabajo realizado por la empresa Asesores & Consultores REFETEN SAC se advierte que el 11 de setiembre del 2002, emitió a la Municipalidad de Lunahuana dos informes de fiscalización en torno a Telefónica elaborados por el CPC Luis Alberto Bernal Saavedra, el primero: referido a la Fiscalización del tendido de cables y colocación de postes, y el segundo: contiene la fiscalización de antenas, conteniendo en total tres liquidaciones que suman la cantidad de S/. 3´631,696.17 nuevos soles, los cuales se cobraría  a la Telefónica, tal como se detalla: Liquidación Nº 01 por Deuda, por la suma de S/. 887,579.11 nuevos soles al haber carecido Telefónica de autorización respecto a los rubros: para colocación y/o traslado de postes para redes de teléfono, para tendido aéreo y subterráneo de redes de telefonía, para apertura de zanjas con rotura de pavimento y vereda. En base a esta Liquidación se emitió la Resolución de Determinación de Deuda Nº 005-02-MDL del 13 de setiembre del 2002. Liquidación Nº 02 por Multa y Sanción por la suma S/. 1´535,448.00 nuevos soles en base a los conceptos siguientes: Ejecución de Obras, de ampliaciones y/o reparaciones de redes y otros en la vía pública, detectado por la autoridad municipal; licencia de construcción; por ejecutar trabajos sin autorización municipal. En base a la liquidación se emitió la Resolución de Multa Nº 00-02- MDL- C del 13 de Setiembre del 2002. INFORME DE FISCALIZACION DE ANTENAS, contiene una liquidación de multa administrativa, por el concepto de ejecución de obras, de ampliaciones y/o reparaciones de redes y otros en la vía pública, detectado por la autoridad municipal, calculándose la suma que incluye reajustes e intereses S/. 1´508,669.06 nuevos soles. En base a dicha liquidación se emitió la Resolución de Multa Nº 005-02-MDL-C del 13 de setiembre del 2002. Trabándose  embargo vía ejecución coactiva por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL VEINTISIETE Y 11/ 100 NUEVOS SOLES, ocurrido el último año de su gestión como Alcalde Distrital de Lunahuana (1999- 2002). Se simuló un concurso público para  designar al Ejecutor Coactivo, el cual no se realizó y fue contratado en forma directa conforme lo manifiesta el propio ejecutor coactivo designado, vulnerando los artículos 28 y 30 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en los cuales se señala el ingreso a la Administración Pública se efectúa obligatoriamente mediante concurso. Asimismo, la aplicación de un TUPA y RAS no vigentes a la fecha de la ejecución de los trabajos 1996 y 1997. Aplicándose el TUPA 2001 el cual no se encontró en los archivos del Municipio ni fue ratificado por la Municipalidad Provincial de Cañete, se evidencia  los medios fraudulentos utilizados.
       Mediante contrato de locación de servicios no personales suscrito        entre la Municipalidad de Lunahuana (representada por el ex –alcalde Javier Alvarado) y la persona de Luis Enrique Fernández Estrella el 2 de enero del 2000, acordando que realizaría  asesoramiento legal externo en materia judicial y administrativa por el periodo del 2 de enero del 2000 hasta el 31 de diciembre del 2002 (tres años), por la suma de S/. 600,00 nuevos soles mensuales, servicios no acreditados de su prestación.
CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES: La elaboración de documentos como la Resolución de Alcaldía 050-A. 2002 –MDL del 03 de Julio del 2002, el Acuerdo de Consejo Nº 003-2002-MDL del 18 de Julio del 2002 y la Resolución de Alcaldía Nº 066- 2002 del 16 de Septiembre del 2002 que acreditan probar la realización de un Concurso Público para la designación del señor Lisandro Ricardo Zapata Corrales como ejecutor coactivo. Así como la aplicación de un TUPA y RAS elaborado con posterioridad a hechos pasados, son evidencias de actos fraudulentos.
El embargo a Telefónica por la suma de S/. 3´489, 027.11 nuevos soles, se distribuyó de la siguiente manera:  S/. 1´221,153.45 nuevos soles a favor de la Empresa REFTEN SAC representada por su co –acusado LUIS ALBERTO BERNAL SAAVEDRA o LUIS ALBERTO KAWANICHI VILLALTA, y  S/. 2´267, 873.66 nuevos soles para la Municipalidad de Lunahuana. De los cuales únicamente sustentó S/. 252,748.40 nuevos soles. Teniendo en cuenta que en el descargo efectuado por el acusado Javier Alvarado , con 283 documentos contables refiere haber comprado  vehículos, materiales de construcción, bienes y pagos para profesionales y obreros por servicios por el importe de 1´217,862.87 nuevos soles, las cuales no se conoce la partida presupuestaria afectada, no guardando relación con los proyectos aprobados y ejecutados  mediante Acuerdos de Consejo Nº 011 y 013-2002/ MDL del 30 de octubre del 2002 y 08 de noviembre del 2002, y una obra sin aprobación, de lo que se infiere el perjuicio ocasionado  ascendería a S/. 3´236,278.71 nuevos soles, monto que comprende el pago indebido a la Empresa REFTEN SAC ( S/. 1´221,153.5 nuevos soles) y el monto que no se ha acreditado ser utilizado en las obras proyectadas y ejecutadas, púes únicamente  acredito S/. 252,748.40 nuevos soles, conforme lo corroborado por el perito contable Augusto W. Condorchua Villaverde  en los Informes Contables Nº 01 – 2011 DIRCOCOR- PNP/OFICRI- UNICOFIN- E4 emitido el 15 de noviembre del 2011 y el Informe Contable Nº 01-2011- DIRCOCOR- PNP/OFICRI- UNICOFIN –E4.
CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES: Se realizó la entrega de cargo a la sucesora de Javier Alvarado, señora Elizabeth Canales Aybar, Alcaldesa del distrito de Lunahuana por el período 2003 -2006, quien manifiesta que su antecesor le dejó deudas en la municipalidad.
MAÑANA: ELEMENTOS DE CONVICCION DE LOS DELITOS COMETIDOS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA QUE DESESPERA A LA DEFENSA LEGAL DE JAVIER ALVARADO Y SU PRESUNTA COMPLICE LA FISCAL LITA SANCHEZ TEJADA QUIEN TIENE TRABAJANDO EN LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA  A SU HERMANO JOSE ADOLFO SANCHEZ TEJADA QUE ORGANICAMENTE SE ENCUENTRA SUJETO AL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA QUE PRESIDE EL AHORA ACUSADO JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE.

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