EN LA MIRA CON JR

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domingo, 9 de septiembre de 2012

ANTE JNE SOLICITAN SUSPENSION DEL CARGO DEL CONSEJO REGIONAL DE YAUYOS



Mediante resolución de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete del  7 de agosto del 2000, se apertura instrucción contra EDUARDO ULISES RODRIGUEZ LAZARO por el delito contra la Administración Pública en la modalidad de Peculado en agravio del Estado y la Municipalidad Provincial de Yauyos; dictándosele la medida coercitiva de comparecencia restringida con medidas de conducta. Reglas de conducta que eran de estricto  cumplimiento, en caso contrario se le revocaría la medida impuesta y se ordenaba su detención.
Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro incumplió tal mandato por lo que con resolución del 29 de agosto del 2012 le DICTARON el MANDATO DE DETENCION; disponiéndose a nivel nacional su captura e internamiento en el establecimiento penitenciario “La Cantera” de Cañete.
Como consecuencia de ello Luis Errol Ronald Ponce Martínez, identificado con DNI N° 08109110, con domicilio en Jr. San Martin D-14, distrito de Quinches, provincia de Yauyos, al amparo de la ley de Procedimientos Administrativos Generales LEY 27444  ha solicitado el traslado de pedido al Jurado Nacional de Elecciones para que se suspenda a EDUARDO ULISES RODRIGUEZ LAZARO en el cargo que actualmente ostenta de consejero regional por la Provincia de Yauyos por encontrarse con mandato de detención derivado del proceso penal que se le sigue. Teniendo en cuenta que la referida Ley en su Artículo 31 sobre la Suspensión del cargo señala que: El Presidente, Vicepresidente y Consejero se suspende por: 1.- Incapacidad física o mental temporal, acreditada por el organismo competente y declarado por el Consejo Regional.2.-Mandato firme de detención derivado de un proceso penal.
DEBIDO PROCESO
De acuerdo al debido Proceso el JNE deberá trasladar la solicitud de suspensión al Consejo Regional para que sea este ente la que declare la suspensión del Consejero Regional y deberá efectuarse, por mayoría del número legal de sus miembros, por un período no mayor de 120 días y dar cuenta al JNE. En la suspensión no se requiere que el accesitario sustituya al consejero separado, porque una vez extinguida la causa de suspensión, el titular reasumiría su cargo de pleno derecho.
OTRA REALIDAD
Lo que no parece ser el caso de Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro porque desde que se ordena su detención en esa condición jurídica tendrá que afrontar la continuidad de su proceso judicial, hasta su sentencia. Que cuando sea está considerada firme y consentida que es lo más probable que suceda así,  devendría lo inminente su VACANCIA al cargo. Es probable que el Consejo Regional de llegarle la solicitud de suspensión trasladada por el JNE antes de que Ulises Rodríguez Lázaro cumpla sus tres inasistencias injustificadas consecutivas a sesiones de Consejos Regionales que lo  Vacaría automáticamente del  cargo, tendrán que cumplir el mandato en el plazo que establezca el JNE sobre la suspensión.
 SUSPENSION
Siendo la situación legal la de suspendido la del  Consejero no se podría contabilizar simultáneamente las inasistencias injustificadas que pueda tener a las sesiones de consejo regional hasta que se cumpla el plazo de su sanción.
Pero hay una disyuntiva legal- jurídica en el caso del  Consejero Regional Ulises Rodríguez Lázaro, él no está detenido, su condición  jurídica es la de FUGITIVO DE LA JUSTICIA. En consecuencia ha perdido todos sus derechos ciudadanos de defensa, por tanto es probable que no proceda la solicitud de suspensión al cargo hasta que sea ubicado y depositado en la Penitenciaria de Cañete. Pero mientras tanto correrá las tres inasistencias injustificadas consecutivas a sesiones de consejo regional porque para la justificación requiere al interesado su presencia personal y documentada de sus inasistencias que no sólo lo suspendería sino que lo Vacaría del cargo ¿Cuál será la decisión que tendrán que tomar los inútiles Consejeros Regionales? A propósito de la solicitud de suspensión del Consejo Regional del Consejero Ulises Rodríguez Lázaro ante el JNE.

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