EN LA MIRA CON JR

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domingo, 23 de septiembre de 2012

LEGULEYADAS DEL CONSEJO REGIONAL



         ¡Vergonzoso!

El Ministerio Público, atraves del Primer Despacho de Decisión Temprana, Fiscalía Provincial Penal Corporativa Huaura da cuenta que en  el CASO Nº 1006014500 – 2012 -2239-0 del 10 de Agosto del 2012 se registra la denuncia contra  los Consejeros Regionales de la Región Lima, señores: Marcial Alcibíades Palomino García Milla(Consejero Regional por la Provincia de Huaura), Olmer Luis Torres Albornoz( Consejero Regional por la Provincia de Oyón) y Anselmo Eleuterio Ventocilla Villarreal (Consejero Regional por la Provincia de Cajatambo), como autores del delito de Omisión de Funciones previsto en el artículo Nº 377 del Código Penal ; así mismo, como cómplices primarios de dicho delito se les involucra a Beatriz Eugenia Castillo Ochoa (Consejera Regional por la Provincia de Barranca), Julissa Marcelina Rivas Berrocal (Consejera Regional por la Provincia de Canta), Oswaldo Merino Espinal (Consejero Regional por la Provincia de Huaral),Hugo Fredy Gonzales Carhuavilca ( Consejero Regional por la Provincia de Huarochirí) y Eduardo ULISES Rodríguez Lázaro( Consejero Regional por la Provincia de Yauyos).Los Hechos denunciados consisten en que mediante ACUERDO DE  CONSEJO REGIONAL Nº 062- 2011-CR/GRL aprobado con fecha 08 de agosto del 2011, se acordó conformar una Comisión Investigadora encargada de investigar la obra “Construcción de Represa y Canales de Irrigación de las Lagunas de Cancaya Centro Poblado de San Juan de Yaucaya – Cochamarca, provincia de Oyón –Lima”.Quedando conformada por Marcial Alcibíades  Palomino García Milla (Presidente), Olmer Luis Torres Albornoz (Secretario) y Anselmo Eleuterio Ventocilla Villarreal (Miembro); siendo que mediante ACUERDO DE CONSEJO  REGIONAL  Nº 100-2011- CR-GRL de fecha 11 de Noviembre, se acordó aprobar la ampliación de un plazo de tres semanas para la emisión del dictamen de dicha comisión y mediante ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 130 -2011- CR-/GRL, de fecha 27 de diciembre del 2011, se acordó otorgar un plazo de 30 días hábiles para la emisión del dictamen final a la citada Comisión Investigadora, siendo el caso, que dicha comisión recién en la sesión extraordinaria del 22 de junio del 2012, ha presentado al pleno del Consejo Regional de Lima , el dictamen final, el mismo que ha sido aprobado mediante el ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 096 -2012- CR/GRL, cuando dicho dictamen debieron haberlo presentado a más tardar hasta el 7 de Febrero del 2012, conforme a la Ordenanza Regional Nº 013 -2010 –CR/GRL que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, que en su artículo 28º,prescribe:”la presentación del informe deberá realizarse dentro del `plazo establecido bajo responsabilidad funcional donde el pleno del Consejo puede establecer una amonestación escrita y de ser reiterativo la suspensión de hasta un mes”. Por tanto los miembros de la Comisión han incurrido en el delito de Omisión de Funciones y los demás Consejeros Regionales, como cómplices primarios, por no haber aplicado la amonestación escrita a los miembros de la Comisión Investigadora.
LA LEGULEYADA
Con  ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 119 – 2012- CR/GTL de fecha o7 de agosto del 2012 a solicitud del Consejero Regional de la Provincia de Cajatambo, Lic. Anselmo Ventocilla Villarreal  y del Consejero Regional por la Provincia de Huaura Ing. Marcial Palomino García Milla, solicitaron que se deje sin efecto los ACUERDOS REGIONALES  Nº 100-2011-CR/GRL y Nº 130-2011-CR/GRL. L a que fue aprobada con este Acuerdo Regional.
Pretendían borrar huellas de su Retardo y Omisión de Funciones  porque  el ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 100-2011-CR/GRL del 11 de noviembre del 2011, acordaba  APROBAR la ampliación de un plazo de tres semanas para la emisión del dictamen a la Comisión Investigadora. Con el ACUERDO DE CONSEJOREGIONAL  Nº 130- 2011- CR /GRL del 27 de diciembre del 2011 se pretende anular el acuerdo que el Consejo en pleno le otorgaba a la Comisión Investigadora el plazo de 30 días hábiles para que presenten el dictamen final sobre la investigación de la obra de Cancaya. En consecuencia el  7 de febrero del 2012 a más tardar y en el mejor de los casos  debieron presentar el dictamen y  tampoco lo hicieron por eso, ahora en forma grotesca pretenden  anular, desaparecer  las pruebas que conmina sus irresponsabilidades.
ABSURDO ACUERDO DE CONSEJO Nº 120-2012-CR/GRL
Con fecha 07 de agosto del 2012. A un mes y 15 días y a pedido del Consejero Regional por la Provincia de Huaura Ing. Marcial Alcibíades Palomino García Milla solicita una revisión al ACUERDO REGIONAL  Nº096  que aprueba el dictamen final de la investigación sobre la obra de Cancaya. Acordando el Consejo Regional incorporar al acuerdo revisado  un décimo quinto artículo con el siguiente texto;” aprobar que en vías de aclaración y regularización el Consejo Regional de Lima tenga como plazo ampliado de funcionamiento y presentación del dictamen de la Comisión Investigadora de la Obra de “Construcción de Represa y Canalización de Irrigación de la Laguna de Cancaya- Centro Poblado de San Juan de Yarucaya- Cochamarca Provincia de Oyón-Lima” desde la conformación de la referida comisión hasta el 11 de Julio del 2012”.
 La sinvergüencería del Consejo Regional no  pudo más y sin contemplaciones avasallando a sus normas y ley  quisieron justificar lo injustificable anulando acuerdos, para justificar su año de omisión  y retardo de sus funciones ¿SE DEJARAN SORPRENDER LOS SEÑORES FISCALES?

1 comentario:

  1. ...LO DE LAS OBRAS QUE EJECUTA LA DRAL-LIMA EN LAS PROVINCIAS ES QUE NO SE LLEVAN A TERMINO Y SILAS TERMINAN ESTAN EJECUTADAS SIN NINGUN CONTROL DE CALIDAD POR QUE LA "SUPERVISION" QUE HAY ES INEFICINETE...ESO LO SABE LA DRAL LIMA
    ATTE
    EL HUACHANO

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