EN LA MIRA CON JR

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viernes, 21 de septiembre de 2012

INEFICIENCIA INOPERATIDAD E INCAPACIDAD DEL CONSEJO REGIONAL


Por petición del Consejero Regional por la Provincia de Yauyos que reiteraba  la solicitud de modificación presupuestal del Proyecto “Apoyo a la Comunicación comunal “al proyecto “Electrificación de las Localidades del distrito de Quinocay – Yauyos” por un valor referencial de S/. 787,802.26 nuevos soles, el consejo regional en pleno tomó el siguiente acuerdo:
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 005-2012
En sesión de Consejo Regional en pleno del 26 de enero del 2012, la solicitud de la  modificatoria presupuestal la sustento el Consejero Regional por la Provincia de Yauyos y contó con el informe del Gerente Regional de Infraestructura.Acordaron DERIVAR, a la Comisión de Planificación Estratégica, Tributación, Ordenamiento Territorial, administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional, para su análisis, debate, informe y/o dictamen respectivo, sin ninguna objeción.
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 117-2012
 Ante el Consejo Regional en pleno seis meses después el 13 de julio del 2012 el Consejero Regional por la Provincia de Cajatambo Lic. Anselmo Eleuterio Ventocilla Villarreal Presidente de la Comisión ordinaria de Planificación, Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial, Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional, solicita para que se apruebe el Dictamen Final  de su Comisión  respecto a  la Modificación Presupuestal del Proyecto “Apoyo a la Comunicación Comunal” al Proyecto “Electrificación de las localidades del distrito de Quinocay- Yauyos”.
¿Qué decía el Dictamen? Después de seis meses la Comisión de Anselmo Ventocilla  declaraba que  la solicitud de modificación presupuestal  de la obra de Yauyos  no tenía  fundamento alguno  y el Consejo Regional en pleno  sin poner ningún alegato o resistencia la  aprobó.
Pero, en este Dictamen  la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial, Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional  Presidida por el Consejero Regional de la Provincia de Cajatambo Anselmo Eleuterio Ventocilla  Villareal  señalaba que ya había fijado una posición en las sesiones en pleno, en el sentido que todos los trámites de modificación presupuestal, deben provenir de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional, con su respectivo informe de asesoría jurídica incluida, para no recargar la labor de esta Comisión, que vienen soportando una alta carga de acuerdos del pleno para sus respectivos dictámenes  en el presente año, por lo que exhorta a los demás Consejeros para que canalicen sus solicitudes a través del ente ejecutivo.
Si, esa era la posición de la Comisión que preside Anselmo Eleuterio Ventocilla. Entonces ¿Por que miércoles aceptaron y permitieron el acuerdo de Consejo Regional en pleno para que les encargue  evaluar la modificatoria presupuestal, trámite que debía  efectuar  la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional? ¡QUE  INPERDONABLE PERDIDA DE TIEMPO!
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA NO RATIFICA EN EL CARGO A LUZ GLADYS ROQUE MONTESILLO COMO PRESIDENTA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

Con fecha 16 de Noviembre del 2011, la Vicepresidenta del Gobierno Regional de Lima Dra. Lita Román Bustinza formuló denuncia ante la Oficina de Control de la Magistratura, por conflicto de intereses entre la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete Luz Gladys Roque Montesillo  y Javier Alvarado Presidente Regional de la Región Lima.
Por lo que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial apertura  investigación a Luz Gladys Roque Montesillo Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, por conflicto de intereses con el Presidente Regional  Javier Alvarado Gonzales del  Valle.
Se señala que Luz Diana Iris Quesada Roque, hija de la Dra. Gladys Roque Montesillo  laboro en la oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Cañete cuando Javier Alvarado  era el Alcalde Provincial y coincidentemente ahora que es Presidente Regional  se encuentra laborando en la Sub- Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, tal como lo denunció la Vice- Presidenta Regional Lita Román Bustinza ¿y como dicen que la Vice- Presidente Regional  no trabaja? ¿Qué no fiscaliza? ¿Qué se lleva el dinero fácil sin trabajar? Es más los resultados ha sus denuncias de fiscalización obtienen mejores resultados que cualquier Consejero Regional que no opinan, no  ven nada y por el contrario se coluden para encubrir actos de corrupción.
El conflicto de intereses  es una gravísima irregularidad, debido a que el Presidente Regional Javier Alvarado ha sido denunciado por diversos delitos que se vienen ventilando y se van a ventilar en la Corte Superior de Justicia de Cañete, donde la madre de la servidora contratada por el Gobierno Regional era precisamente la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
 Y Javier Alvarado habría cometido serios delitos cuando ejercía el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Lunahuana y Cañete por lo que se le  procesa  por peculado doloso y culposo, colusión, falsedad genérica e ideológica, malversación de fondos, contra la fe publica, formuladas y sustentadas por informe de Contraloría General de la República que constituyen pruebas pre constituidas y que serán muy difícil que Javier Alvarado pretenda rehuir sus responsabilidades en el pasado.
Por eso se esperaba el pronunciamiento y sanción contra la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete Luz Gladys Roque Montesillo, por el evidente conflicto de intereses, que llevaba a la suspicacia que la más alta magistrada de Cañete, no actuara sin el celo y rigidez que debe imponer  el cargo  que representa.   
Del Proceso de Evaluación y Ratificación de Magistrados el Consejo Nacional de la Magistratura, ha dado a conocer su Resolución Nº199-2012 PCNM y Nº 480- 2012 PCNM, mediante las cuales se resuelve no renovar la confianza a la doctora Luz Gladys Roque Montesillo, y declarar infundado su recurso extraordinario interpuesto por la referida magistrada, respectivamente; y en consecuencia no se le ratifica en el cargo de Vocal (hoy Juez Superior) de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Ahora solo se espera JUSTICIA JUSTA, SI LA HAY ¿Quién DICE QUE NO HAY JUSTICIA? SOLO ES CUESTION DE ESPERAR.
DANIEL CORDOVA PAUCAR ASESOR LEGAL DE LA DRELP CON LAS HORAS CONTADAS
Cuando sostuvimos una entrevista radial de “EN LEGITIMA DEFENSA” con el  asesor legal de la Dirección Regional de Educación el abogado  Daniel Córdova Paúcar, efectuamos  el  siguiente dialogo  formulándole  las siguientes interrogantes:
ELD: ¿Usted es abogado, Don Daniel Córdova Paúcar?
DCP: “Así es”. Nos respondió
ELD: Entonces ¿Usted sabe que cobrar doblemente en dos entidades públicos esta prohibido, es ilícito, es cobrar indebidamente?
DCP: “Por supuesto”. Nos respondió
ELD: Entonces ¿Si, usted sabe que cobrar en dos entidades públicos es ilícito y esta prohibido? ¿Por qué siendo abogado que  conoce lo legal y lo ilícito cobra  como asesor  en el PNUD  del Gobierno Regional y como Asesor legal de la Dirección Regional de Educación?
DCP:” No lo he hecho”. Respondió.
ELD: ¿Esta seguro?
DCP:” Muy seguro”. Respondió.
ELD: Palabra de Honor
DCP:” Palabra”. Nos respondió
Después nos enteramos que en su cinismo  Daniel Córdova Paúcar se rió de todo lo que dijo y sostuvo en la entrevista.
 Como todo abogado que dice mentiras y no sabe andar derecho su destino le espera con incertidumbre. No sabía  que la CPC  Carmen La Rosa Saima Jefe encargada del Órgano de Control  Institucional  de la Dirección Regional de Educación le seguía los pasos, porque ya había advertido la existencia de la doble percepción de ingresos por parte de  Daniel Córdova Paúcar quien desempeñaba el cargo de Director de Asesoría Jurídica en la referida entidad desde el mes de marzo del 2011 hasta la fecha. Por lo que solicitó información a la Oficina de Control Institucional del Gobierno Regional con oficio Nº 0054 -2012 del 22 de Febrero del 2012, para confirmar sí Daniel Córdova  también trabajaba como Asesor FAG – PNUD.
El 29 de Febrero del 2012 con Oficio Nº102-2012 la CPC Carmen La Rosa Saima Jefe encargada del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación recepcionaba contundente información de la Oficina de Control Institucional del Gobierno Regional representada por el CPC  Cesar Valdivieso Cornetero. Quien revisando  los archivos de  la relación de trabajadores que prestaron servicios como asesores  FAG –PNUD del Gobierno Regional en el periodo de Enero a Diciembre del 2011, en ella se encuentra Córdova Paúcar Daniel Elías.
Confirmado el ilícito del Asesor Legal de la Dirección Regional de Educación Daniel Córdova Paúcar fue denunciado ante el Ministerio Público por la presunta comisión, de los delitos contra la administración Pública en las modalidades de Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, enriquecimiento ilícito y falsa declaración en Procedimiento administrativo en agravio del Gobierno Regional y del Estado. Por lo que el Ministerio Público promovió efectuar una serie de diligencias preliminares entre ellas: Oficiar al Gobierno Regional de Lima a efectos de que informe a la Fiscalía en el plazo de 48 horas, desde cuando se encuentra laborando el denunciado en dicha entidad y el área donde labora; asimismo, debería informar si el denunciado laboro como Asesor FAG- PNUD en dicha entidad, precisando el tiempo de sus labores y remitiendo la respectiva documentación.
Con el dolor de su corazón Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle recibió y dio lectura  al Oficio Nº 095-2012 de la Oficina de Control institucional del Gobierno Regional que firmaba el Jefe de la Oficina el CPC Cesar Valdivieso Cornetero y ponía al descubierto  el delito cometido por el abogado Daniel Córdova  Paúcar indicándole  que el mencionado profesional también percibió ingresos como asesor FAG-PNUD , en el Gobierno Regional de Lima, desde el 01 de junio del 2011 hasta el 31 de Diciembre del 2011, dando lugar a la generación de un perjuicio  económico contra el estado, por el monto cobrado en forma indebida. Además le señala que su despacho debería de disponer las acciones pertinentes para el recupero de los fondos pagados en forma indebida (en consecuencia el delito estaba  consumado) sin perjuicio de las acciones posteriores que podría ejercer el ente rector del Sistema Nacional de Control. Es decir Contraloría General de la República. 
  No hay escapatoria para el Asesor Legal de la Dirección Regional de Educación Daniel Elías Córdova Paúcar  por quien se autodenomina el súper poderoso asesor de la DRELP, quien  vocifera  ser amigo y tener la plena confianza del Presidente Regional, haciéndose llamar su asesor político. Ahora entendemos con la clase de asesores políticos que tiene el Presidente Regional se justifica por qué esta como esta  el Gobierno Regional y la Dirección Regional de Educación.
 Otro que tampoco tiene escapatoria es el Fiscal Yuri Iván García  Cano quien investiga el caso, tiene en mano una prueba pre- constituida  y solo le queda formular Acusación Fiscal.
  Ahora solo nos queda esperar  a quienes administran Justicia, para que  actúen derecho. En esa consecuencia de Hechos  a  Daniel Córdova Paúcar solo le quedaría las horas contadas en la Dirección Regional de Educación y el Gobierno Regional.
 El Señor Presidente Regional Javier Alvarado tiene la palabra ¿O PONE ORDEN O ENCUBRE? Porque hasta donde se conoce a Javier Alvarado es un devoto de la Ley del embudo “ Ancho para mis amigos y angosto para mis enemigos”.

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