Informábamos que a José Luis Li Nonato, Alcalde de la Municipalidad de Vegueta, Marco Antonio Chilca Damián, Carlos Francisco Collantes García y a Jorge Luis Alor Medina se les investiga en el Ministerio Público por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la Modalidad de Negociación Incompatible o aprovechamiento indebido de cargo en agravio del estado y la Municipalidad Distrital de Vegueta.
HECHOS EN EL
QUE SE LES INVOLUCRA
El Informe
de Contraloría, a encontrado evidencias de delitos, en la Licitación Pública, donde
se favoreció ilegalmente las marcas de los bienes ofertados por S/. 1´944,
644.04 a la Empresa “Equipamiento
Municipal del Perú SAC”; con valores referenciales sin estudio de mercado, ni
visto por el área usuaria para determinar sus características; aceptando
propuestas de la empresa pese a no cumplir con los requerimientos técnicos
mínimos y presentar enmendaduras; con una propuesta económica al 110% del valor
referencial, sin contar con la autorización del titular del pliego. Existió favoritismo
en la firma del contrato, al concederle un plazo mayor al permitido por ley;
pagando, y dando conformidad de la
recepción de las maquinarias, pese a que fueron entregadas fuera del plazo y
dos volquetes no fueron entregados.
NO
FORMALIZAR, NI CONTINUAR INVESTIGACION
Sin embargo
con Disposición Nº 03 de fecha 26 de febrero del 2013, emitida por el Dr.
Alfredo Benavides Corbetta, Fiscal Adjunto Provincial de Huaura, dispuso no formalizar, ni continuar
investigación preparatoria, sin cumplir con analizar lo que se configuraba en
delitos.
Por el
contrario contraviniendo a la contraloría justifico a los investigados, de
no formar parte de la Comisión Especial
de la licitación pública, y al no tener
dominio de los hechos estos no tendrían la calidad de participes”.
SE COMPLICA
SITUACION LEGAL DEL ALCALDE VEGUETANO
Advertíamos
que el abogado Carlos Conde Salinas ex – Asesor Legal y Presidente de la
Comisión Especial de la Municipalidad de Vegueta, ante el Jefe de Control
Interno del Ministerio Público, señaló que las gestiones posteriores a la
culminación de su función, las realizó el alcalde José Li Nonato y, el Asesor
Externo de la Municipalidad el abogado César Francisco García Bertolotti quienes
intervinieron directamente:
A) En el
cambio del cargador frontal, favorecido con la buena pro otorgada por el Comité
Especial; por un cargador frontal JVC (marca Inglesa), en gestión directa y
personal con la Empresa Equipamiento Municipal SAC.
B) En la
conformidad de recepción de las maquinarias no participo el Presidente de la
Comisión Especial, la realizaron Jorge Luis Alor Medina, Marco Antonio Chilca
Damián, y el encargado de la Dirección de Obras.
C) Las falsas
cartas fianzas falsas eran responsabilidad de su custodia, verificación y
ejecución del contador y el tesorero de la Municipalidad.
D) No se
exigió oportunamente la entrega de las cartas fianzas y cuando la empresa las
entregó eran falsas, por eso la decisión de ejecutarlas a la no entrega de los
volquetes, era competencia del alcalde y
sospechosamente no ordenó al Asesor Legal iniciar acciones legales contra la
empresa, en la eventualidad que incumpliera obligaciones derivadas del contrato.
E) La
donación de un vehículo 4x2, primero la recibieron directamente de la empresa
que obtuvo la buena pro, al ver que la transacción era ilícita, la efectuaron a
través de un consorcio ligado a la empresa ganadora.
EMISION DE
NUEVO PRONUNCIAMIENTO
Como se
aprecia los Fiscales Adjuntos no cumplieron con realizar un análisis completos
de los hechos denunciados por contraloría, y emitieron una disposición indebidamente
motivada, por lo que resultaba necesario declarar su NULIDAD; por lo que se ordenó que el fiscal a cargo de
la investigación cumpla con EMITIR NUEVO PRONUNCIAMIENTO, debiendo establecer
la imputación efectuada a cada uno de los investigados que le corresponda,
concluía la DISPOSICIÓN Nº172 -2013 de
la Primera Fiscalía Superior Penal- Distrito Fiscal de Huaura, que despacha la
Fiscal Superior ROSA BERTHA ZAPATA LEON.
NUEVA
DISPOSICION
Con
Disposición Nº 04 del 21 de Junio del 2013, el Fiscal Adjunto Provincial
Titular del Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Huaura CRISTIAN ERICK MANRIQUE MENDOZA, ha declarado de
Complejidad de la Investigación Preparatoria y dispone:
Ampliar la
Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria
contra: JOSE LUIS LI NONATO (autor), cómplices primarios: MARCO ANTONIO CHILCA
DAMIÁN, CARLOS FRANCISCO COLLANTES GARCIA, JORGE LUIS ALOR MEDINA, LIZ KAREN
BAZALAR HUAMANÍ. Por la presunta comisión del delito contra la administración
pública en la modalidad de negociación incompatible y aprovechamiento indebido
del cargo, en agravio del estado.
Formalizar y
Continuar la Investigación Preparatoria, contra: JOSE LUIS LI NONATO, CARLOS
HUMBERTO CONDE SALINAS, HUMBERTO MELCHOR LUYO BAZALAR Y LUIS ALBERTO MEDINA
COLLANTES, como co – autores y MARCO ANTONIO CHILCA DAMIÁN, CARLOS FRANCISCO
COLLANTES GARCÍA, JORGE LUIS ALOR MEDINA Y LIZ KAREN BAZAN HUAMANÍ como
cómplices primarios. Por la presunta comisión del delito contra la
administración pública en la modalidad de Colusión Desleal en agravio del
estado.
Formalizar y
Continuar la Investigación Preparatoria contra: LIZ KAREN BAZÁN HUAMANÍ
(autor). Por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la
modalidad de uso de documentos falsos de carácter privado, en agravio del
estado.
Todos, han
sido citados al Ministerio Público a prestar sus declaraciones, bajo
apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso
de inconcurrencia.
Se ha
requerido, al Juez de Investigación Preparatoria la medida de coerción procesal
de comparecencia con restricciones de los imputados, con el pago de una caución
ascendente a veinte mil nuevos soles por cada uno, teniendo en cuenta la
naturaleza del hecho y el daño ocasionado al Estado, formulándose el respectivo
requerimiento.
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