ONPE: El Órgano Nacional de Procesos
Electorales, al 10 de Julio del 2013, informa el Avance de Resultados de Actas
Contabilizadas al 100.000 %, en el Distrito de Pativilca que cuenta con 13, 262 electores hábiles para votar. De los cuales 9,688 acudieron a sufragar a las urnas,
representando el 72.261 % de la Participación Ciudadana.
EN CONSULTA:
Fue la Autoridad Uldarico Baldomero Castillo Ramos, para que deje el cargo , el
SI obtuvo 4,837 votos y para que no deje el cargo, el NO obtuvo 4,339 votos, adicionalmente 136
votos en Blanco y 376 votos nulos que resultaron un total de 9, 688 votos
emitidos.
LA LEY: De
los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Ley Nº 26300, en su Artículo
23. Establece, que: “Para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno
de los votos válidos. Y acota: “Para que proceda la revocatoria deberán haber
asistido por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles
del padrón electoral”.
ONPE: En
concordancia señala; “Cuando la opción por el SÍ ha reunido la mitad más uno de
los votos válidamente emitidos. Votación que no se considera los votos Nulos y
en Blancos” Se procede a la revocatoria.
DECISION
POPULAR: Los votos válidamente emitidos en Pativilca sin considerar los blancos
y nulos, son un total de 9,688 votos válidos. Que al 50% serían 4,545.5 votos,
redondeando la cifra 4,546 votos válidos, más uno que exige la ley para revocar
a la autoridad serían 4,547 los votos válidos que necesitaba el Sí para hacerse
del triunfo en la Decisión Final.
SOBREPASANDO
LA EXIGENCIA DE LEY: El SI en Pativilca al obtener 4,837 votos en las urnas
sobrepasa el porcentaje válido exigido por ley por 290 votos. También exige,
que para Revocar a una Autoridad sea válida, “Que de la asistencia a la
votación, tenga como mínimo el 50% de los electores hábiles de la
circunscripción en donde se lleva la consulta popular de Revocatoria”. Por
tanto, en Pativilca al asistir a la votación 9,688 electores que es el 72.261%
de la votación válida, la Revocatoria es procedente al sobrepasar en 22.261% de lo que exige la Ley.
REVOCADO:
Cumplida la asistencia a la votación a la revocatoria y contabilizadas las
actas al 100% el SI obtiene 490 votos
con los que les gana al NO en las ánforas. En consecuencia, el Sr. ULDARICO
BALDOMERO CASTILLO RAMOS, ha sido REVOCADO con todas de la Ley.
AGOTANDO
RECURSOS: El 15 de julio del 2013. Víctor Ángel Guárdales Celis personero legal
del alcalde REVOCADO en las urnas Uldarico Castillo, interpuso impugnación
contra la Resolución del Jurado Electoral Especial de Huaura que resolvió
declarar INADMISIBLE, la nulidad de acta no observada el 7 de julio del 2013 por la ONPE en la consulta popular.
LEY:
Conforme, a la Ley Orgánica de Elecciones, corresponde al JNE resolver las
apelaciones o recursos de nulidad que se interpongan contra las resoluciones de
los JEE.
JEE: El 15
de julio del 2013, el JEE de Huaura, CONCEDIO el recurso de apelación del
personero legal del alcalde revocado. La interrogante es ¿Cuánto tiempo
transcurrirá para que el JNE resuelva la apelación?
SUSPICACIA:
8 días de la consulta popular y nada de la revocatoria, la suspicacia se
desprende, toda vez que la ONPE prendió el 10 de julio del 2013 por Interné el
Resultado al 100% de las Actas Contabilizadas de la Consulta Popular, sin
embargo al 15 de julio del 2013 oficialmente la ONPE no se lo comunicaba al JEE
de Huaura.
SOSPECHAS: Teniendo
en cuenta, el contenido del recurso de apelación y si el JNE es justo, solo le queda ratificar la
INADMISIBILIDAD con la que declaró el JEE de Huaura. En el peor de los casos si
la Admitiera y anula las actas que solicitan, en nada variara el resultado
final.
Entonces ¿Qué busca el entorno del ex –
alcalde de Pativilca Uldarico Castillo? ¿Ganar tiempo, para mantenerse en el
cargo y arreglar sus cuitas ilícitas y esperar el fondo de Canon que ingresa
este mes para llevárselo?
ADVERTENCIA:
Cuidado, Señores Autoridades, el Pueblo de Pativilca ya decidió que su
sospechoso y cuestionado alcalde Uldarico Castillo deje el cargo, y no puede
ser posible que después de ser REVOCADO por dudas en el manejo del presupuesto
municipal, continúe administrándola peligrosamente.
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