El 13 de diciembre del 2013, Gustavo
Saavedra Placier formuló denuncia penal, en contra de 1) ROMEL ULLILEN VEGA, 2)
JUAN VALENCIA RINCON, 3) MARY AYESTA VARGAS, 4) HUMBERTO LUYO BALCAZAR, 5) JOSE
LUCHO SUCLUPE, 6) NELLY PONCE PAZ, 7)
MELVA BARRENECHEA BORJA, 8) OSWALDO SILVA ZAPATA, 9) JSESICA TABORI LAOS, 10)
CARLOS VALLEJO COLLANTES, 11) OSVER FLORES CHAVEZ y 12) JOSE QUINECHE ARTEAGA,
por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública en la
modalidad de COBRO INDEBIDO, PECULADO DOLOSO Y CULPOSO, MALVERSACION DE FONDOS,
ENRIQUECIMIENTO ILICITO, OMISION-REHUSAMIENTO Y DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES,
OMISION DE DENUNCIA Y ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR en agravio de la
Municipalidad Provincial de Barranca, y el estado.
HECHOS DENUNCIADOS
Romel Ullilen Vega, en su calidad de
alcalde provincial de Barranca, y otros, en su condición de funcionarios de
confianza, adquirieron un préstamo de una entidad financiera para otorgar
bonificaciones de los trabajadores sindicalizados. Los denunciados, conociendo
que sus cargos de confianza, estaban
prohibidos de agremiarse a un sindicato, lo hicieron para sacar provecho
de los pactos colectivos para el año 2013, los que siguieron cobrando
indebidamente, como son bonificaciones por vacaciones, por responsabilidad al
cargo, por escolaridad, por el día de la madre, el día del padre,
gratificaciones de julio, diciembre, y otros.
DISPOSICION FISCAL
LUZ MARIELA GUTIERREZ RODRIGUEZ
Fiscal de Barranca, advierte que los
denunciados Romel Ullilen Vega, en su calidad de alcalde de provincial de
Barranca, Juan Valencia Rincón Gerente Municipal y otros, en su condición de
funcionarios, se les atribuye la comisión del delito de CORRUPCION DE
FUNCIONARIOS en la modalidad de ENRIQUECIMIENTO ILICITO. Por lo que señala que
sobre este delito corresponde la investigación y formulación de cargos al Fiscal
de la Nación, de conformidad a lo establecido en el artículo 41º de la
Constitución Política. Pero, DISPONE ABRIR INVESTIGACION PRELIMINAR EN SEDE con
respecto a los demás delitos denunciados.
SOSPECHAS
La disposición fiscal Nº2442- 2012
dispone diligencias, pero omite otras sospechosamente vulnerando la obligación
de la Titular de la Acción Penal dejando cabos sueltos como las que se proponen,
que pueden reforzar la imparcialidad de
la investigación, como son: 1.- Se oficie a la Caja Municipal de Sullana con la
finalidad de que informe respecto al Convenio suscrito con la Municipalidad
Provincial de Barranca para el pago de Convenios Colectivos y otros beneficios.
2.- Tratándose de caudales económicos, se oficie a la Municipalidad Provincial
de Barranca a efecto de que informe mediante qué Acuerdo de Consejo Municipal
se aprobó el Convenio entre la Municipalidad Provincial de Barranca y la Caja
Municipal de Sullana: ello según la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de
Presupuesto General de la República. 3.- Se oficie a la Autoridad Nacional del
Servicio Civil para que informe respecto a la legalidad del cobro de pactos
colectivos cuyos beneficiarios han sido los funcionarios de confianza de la
Municipalidad Provincial de Barranca.
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
En hecho ilícito similar que se
denuncia la Autoridad Nacional del Servicio Civil, se ha pronunciado,
señalando: 1) El ejercicio del derecho de sindicación que ostentan los
servidores públicos no alcanza a los funcionarios del estado con poder de
decisión, así como tampoco a los trabajadores que ocupen un cargo de confianza o dirección. 2) Los servidores de
carrera que percibiendo beneficios económicos vía pactos colectivos pasan a
ocupar un cargo de dirección o de confianza mediante algunas de las modalidades
de desplazamiento, deberán suspender la percepción de los referidos beneficios
mientras dure la designación o encargatura, y 3) Corresponde a la propia
entidad efectuar la liquidación del total de beneficios económicos percibidos indebidamente
por el alcalde y otros, a efectos de interponer las acciones legales necesarias
para el recupero del integro de dicho monto.
En consecuencia los denunciados no
tienen salida del ilícito cometido, y será motivo de esperar cuan imparcial es
el trabajo fiscal en el Ministerio Público de Barranca.
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