EN LA MIRA CON JR

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viernes, 24 de octubre de 2014

POPAYAN GANO LIMPIA Y TRANSPARENTE ELECCIONES EN PATIVICA

En la Resolución Nº 3157- 2014 del Jurado Nacional de Elecciones, sobre el recurso de apelación
  interpuesto por Guillermo Faustino Montoya Rivas, personero legal de Fuerza Regional del distrito de Pativilca en contra de la Resolución del JEE- de Huaura que declaro INFUNDADA el pedido de nulidad de las elecciones en su distrito, señala lo siguiente:
SUSTENTO
El recurso indica que habría mediado fraude, al haberse actuado maliciosamente y con engaño a favor de un candidato a la alcaldía, utilizando votos golondrinos con el propósito de variar los resultados de las elecciones del distrito. Acreditan ello recurriendo a nombres, números de DNI y dirección domiciliaria de 42 ciudadanos, los cuales registran, además de un domicilio en Pativilca, otro en diversos lugares del país, lo que hace presumir al apelante que estos no residen en el referido distrito.
OBSERVACION
Al respecto, el JNE se pronuncia que los ciudadanos peruanos pueden tener más de un domicilio, como es el domicilio fiscal, real, procesal, etc, lo que no prueba los hechos materia de la denuncia. Indica, que el cierre del padrón electoral termino el 7 de junio del 2014, por lo que cualquier cuestionamiento sobre el domicilio de electores o votantes golondrinos, por parte de alguna organización política o ciudadano en particular debió de efectuarse hasta el 22 de junio del 2014. En consecuencia, cualquier cuestionamiento con posterioridad a la fecha indicada, ES IMPROCEDENTE LO SOLICITADO, conforme lo ha establecido el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en diferentes resoluciones.
LOS VOTOS GOLONDRINOS
A la luz de la resolución del Jurado Nacional de Elecciones. Fuerza Regional, acreditó irresponsablemente como Votos Golondrinos, a :
SIFUENTES ALBORNOZ EDUARDO, con copia simple de la RENIEC registran su DNI 15622187, expedida el 13/06/2014, siendo su dirección domiciliaria Calle Catarí Mz. 38 LT. 8 Porvenir de Pativilca. Y con puño y letra señalan que su dirección domiciliaria verdadera es en Barranca.
OBSERVACION: RENIEC informa que la fecha de expedición del DNI es a solicitud de un DUPLICADO, siendo la original registrado hace 5 años atrás con la misma dirección domiciliaria y cuyos propietarios dan fe de la residencia del referido ciudadano, ex - servidor de la Municipalidad de Pativilca. No prueban que su votó haya favorecido al candidato de Alianza Para el Progreso. Toda vez que en su Grupo de Votación no se registra impugnación por irregularidades presentadas durante las elecciones.
 PEREZ JULCA, GERMAN, con copia simple de la RENIEC, registran su DNI 33562136, expedida el 5/02/2014, siendo el lugar de su domicilio El Porvenir, Bloque 15, Lote 11. Los denunciantes presentan además una copia simple de Páginas Amarillas donde registra su domicilio en Mz. E Lot. 3 Calle Pedro Bustamante Urb. Buena Vista- Barranca.
OBSERVACION: El referido ciudadano es un docente por más de 10 años al servicio de la Institución Educativa “San Gerónimo” de Pativilca.
PRESUNTO FRAUDE
Fuerza Regional pretendió demostrar el fraude de los votos golondrinos  ante el JNE comparando direcciones domiciliarias reales, con las fiscales. Sin tener en cuenta que cada ciudadano pativilcano tiene el derecho a tener más de un domicilio. Por tanto, las diferencias en sus ubicaciones domiciliarias que se registran en la RENIEC, en sus RUC, Páginas Amarillas, o lugar de afiliación por el SIS, no constituyen un fraude. Por lo que resulta irresponsable que hayan expuesto a riesgo de cárcel a pativilcanos,  al involucrarlos como VOTOS GOLONDRINOS. Los agraviados fueron:
ENTRE DOMICILIOS REALES Y FISCALES
CARDENAS QUINTANA, MONICA PATRICIA, su DNI 05956645, registra su   domicilio real en Calle San Gerónimo 235- Pativilca. Mientras su domicilio fiscal es Mza. A Lote 13 Urb. Buenavista- Barranca. FERNANDEZ SOLANO DE SOTO, EVA, su DNI 40740794, registra su domicilio real en Jr. Túpac Amaru 213- Pativilca. Y su dirección fiscal es Mza. B Lote 22 San Mateo- Barranca. PONCE CRUZ, RUNI DARIO, su DNI 43620934, registra su domicilio real en PSJ VOLCAN S/N- Pativilca. Y, su dirección fiscal en Calle TUPAC AMARU Nº 290- Pativilca. SACRAMENTO VALVERDE, ARMANDO, su DNI 40824089, registra su domicilio real en Providencia- Pativilca. Y, su domicilio fiscal en PJ. Gutiérrez Nº S/N- Barranca. ESTRADA VARA ROSA VERONICA, su DNI 41067056, registra su domicilio real en Calle Catarí 137- Porvenir- Pativilca. Y, su dirección fiscal en Jr. Lima Nº 1204- Barranca. FIGUEROA ALAMO, CESAREO ALBERTO, su DNI 15674796, registra su domicilio real en Puente Bolívar S/N- Pativilca. Y, su domicilio fiscal en Av. Cascanueces Nº E- 10 Int. LT25- Santa Anita.
DOMICILIO REAL Y EL  SIS GRATUITO
FIGUEROA ALAMO, JHON REYNALDO, su DNI 44714345, registra su domicilio en Joven Puente Bolívar Bloque H Dpto. 3- Pativilca. Afiliado al SIS en Barranca. RUMALDO VELASQUEZ, STEFANI SHIRLEY, su DNI 47458415, registra su domicilio en Anexo Carretería S/N- Pativilca. Afiliado al SIS en Magdalena del Mar- Lima. IBARRA TARAZONA, TEODORO JOSE, su DNI 15856858, registra su domicilio en la Calle Geranios 176- Huayto- Pativilca. Afiliado al SIS en Chaclacayo- Lima.
¡EL COLMO!...
Fuerza Regional, comprometió a la Sra. PLAZA CHAVEZ, ESTHER DOLORES,  sindicándola de GOLONDRINA, ante las diferencias encontradas en su dirección domiciliaria real siendo Calle Cuzco- San Ildefonso Bloque C Depto. 5- Pativilca que registra la RENIEC. Mientras su RUC registra el domicilio fiscal en JR. SUCRE Nº 386- SUPE. Y, su afiliación al SIS es en el Hospital de Barranca ¿Dónde está el fraude? Si la Sra. Plaza Chávez, Esther Dolores tiene derecho a tener direcciones diferentes entre su domicilio real, fiscal, o legal. Para, redondear el denigrante proceder de Fuerza Regional adjuntaron su acta de matrimonio que ni siquiera leyeron, porque en ella se registra que es natural, domiciliada en Pativilca, casada con un pativilcano, y en la Municipalidad Distrital de Pativilca.
 EL MEMORIAL
El JNE, se pronuncia que al recurso de apelación se adjunta documentos, en las que se consignan nombres, números de DNI, firmas y huellas de una serie de ciudadanos, a pesar de no tener encabezamiento o leyenda alguna que indique el planteamiento que apoyan, no constituyendo prueba alguna de la existencia de votantes golondrinos en la jurisdicción.
PRONUNCIAMIENTO FINAL

El JNE, en su Resolución Nº 3157-2014, señala: Al haberse apreciado y valorado de manera conjunta y con criterio de conciencia, los hechos y medios probatorios contenidos en autos, concluye que no se encuentra acreditado que haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación a favor del candidato Carlos Padua Popayán y, menos aún, la vinculación existente entre los electores golondrinos y la presunta organización política Alianza Para el Progreso favorecida, o que los hechos alegados por Fuerza Regional supongan una distorsión en la manifestación del ejercicio del derecho de sufragio de los votantes del distrito de Pativilca, de forma tal que justifique la declaratoria de nulidad de las elecciones municipales en la referida localidad. En consecuencia, declararon INFUNDADA LA SOLICITUD DE FUERZA REGIONAL de anular las elecciones en el distrito de Pativilca. POR TANTO, el Dr. Carlos Padua Popayán GANO LIMPIA Y TRANSPARENTEMENTE las elecciones del 05 de octubre último a la alcaldía distrital de Pativilca, no lo decimos nosotros, lo dice el Jurado Nacional de Elecciones. ¡OTRA VEZ TUVIMOS LA RAZON EL JNE LO DICE! 

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