EN LA MIRA CON JR

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sábado, 18 de octubre de 2014

GOLONDRINOS: ¿FRAUDE ELECTORAL O PATALETA DE PERDEDORES?

Después de las elecciones regionales y municipales del 05 de 0ctubre del 2014, y de conocerse la

victoria electoral del candidato a la alcaldía distrital de Pativilca, por el partido Alianza para el Progreso Dr. Carlos Padua Popayán se presentaron tres recursos de NULIDAD DE LAS ELECCIONES ante el Jurado Electoral Especial de Huaura, aduciendo la existencia de VOTOS GOLONDRINOS para favorecer al referido candidato.
RECHAZO
 Al parecer, ninguno de los tres recursos lograron EN PRIMERA INSTANCIA del Jurado Electoral Especial de Huaura probar con pruebas fehacientes para conseguir sus pretensiones de anular las elecciones municipales en ese distrito, y a las pruebas nos remitimos:
RECHAZO
1.- El primer recurso presentada por JUAN FRANCISCO FLORES CRUZ, fue declarada IMPROCEDENTE con Resolución Nº 00001- 2014 del Jurado Electoral Especial de Huaura de fecha 09 de octubre del 2014, porque el recurrente según el Sistema de Información de Procesos Electorales (SIPE) carecía de legitimidad para presentar el recurso, toda vez que el Artículo 367 de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 establece que sólo los personeros legales de los partidos, alianzas de partidos, agrupaciones o listas independientes son los que interponen dichos recursos.
2.- El segundo recurso presentada ante el JEE- Huaura fue presentada por el personero legal de la Organización Política Fuerza Regional Guillermo Faustino Montoya Rivas, fue declarada INFUNDADA con Resolución Nº 00001- 2014 del 09 de octubre del 2014, al no identificar plenamente ni precisar claramente a la totalidad de aquellos electores que serían “votantes golondrinos” ni mucho menos que estas modificaciones se hayan producido en las mesas de sufragio de las votaciones que cuestiona.
3.- El tercer recurso presentada ante el JEE- Huaura fue solicitada por el personero legal de la Organización Política “Siempre Unidos” quien efectuaba un cuestionamiento numérico respecto al cómputo de resultados o de algún defecto contenido en la referida acta. Fue Declarada con RECHAZO LIMINAR con Resolución Nº 0001 2014 del 07 de octubre del 2014, en mérito a la Resolución Nº 2950- 2014- JNE del 01 de octubre del 2014, que precisa que con la presentación de los escritos o recursos planteados debe adjuntarse necesariamente el recibo de pago de la tasa correspondiente, la que no se advierte en el presente caso.
VOTOS GOLONDRINOS
En definición, consiste en trasladar un determinado número de electores de un distrito hacia otro, con la intención de favorecer a una determinada candidatura con el objeto de torcer la voluntad popular expresada en las urnas. Siguiendo el lógico razonamiento de los denunciantes con este ilícito se habría pretendido aumentar la población electoral hábil del distrito de Pativilca para favorecer con votos al candidato a la alcaldía distrital de Pativilca por el partido Alianza para el Progreso Dr. Carlos Padua Popayán. Pero, a los hechos estadísticos de las tres elecciones últimas habidas en el distrito de Pativilca contradice tales argumentos:
1.- En las elecciones municipales y regionales del 2010 el total de electores hábiles en el distrito de Pativilca ascendía a 12, 886 electores.
2.- En la consulta popular de la REVOCATORIA del mandato de autoridades municipales en el distrito de Pativilca de julio del 2013 los electores hábiles fueron 13,262. 1,376 electores más de los que votaron en el 2010.
3.- En las elecciones regionales y municipales 2014 los electores hábiles son 12,690. 196 electores menos de los que votaron en las elecciones del 2010, y 1,572 electores menos de los que participaron en la Revocatoria.
SOSPECHA
 Siguiendo, el lógico razonamiento de los denunciantes, el incremento de electores en la REVOCATORIA del 2013 habría significado la presencia de Golondrinos que tuvieron el propósito de: Asegurar la revocatoria del alcalde cuestionado ULDARICO CASTILLO o salvarlo de la consulta, que por los resultados obtenidos en las elecciones 2014 la balanza se inclinaría en  presumir que los VOTOS GOLONDRINOS fueron más para salvarlo que para revocarlo del cargo. Por lo que existe un indicio de sospecha de una presunta asociación en el ilícito de los golondrinos  teniendo en cuenta que uno de los solicitantes del recurso de NULIDAD de las ELECCIONES en el distrito de Pativilca el Sr. JUAN FRANCISCO FLORES CRUZ fue funcionario de la CORRUPTA gestión municipal del alcalde revocado. La interrogante, de la sospecha sería ¿Sabía el denunciante de la presencia de GOLONDRINOS en Pativilca e irresponsablemente se los pretende endosar ahora al candidato ganador? Todo es probable cuando no se sabe perder.
OTRO DATO

La Ley Orgánica de Elecciones, no contempla como causal en la NULIDAD DE LAS ELECCIONES el ilícito del Voto Golondrino. En consecuencia, el presunto fraude si lo hubiera es de responsabilidad de la RENIEC quien elabora el padrón oficial de electores, las que luego fueron admitidas por el JNE, y al amparo de ellas se procedió al desarrolló de los comicios electorales pasados. Por tanto en la inscripción, sufragio y resultados no existe fraude. Y menos cuando no existe IMPUGNACION alguna en las mesas de sufragio por parte de los personeros de los candidatos.

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