Guillermo Faustino Montoya Rivas,
personero legal de la Organización Política Fuerza Regional del distrito de
Pativilca solicitó ante el Jurado Electoral Especial de Huaura la nulidad de
las elecciones municipales de su distrito, sustentando presencia de VOTOS
GOLONDRINOS que habrían favorecido al candidato y vencedor de los comicios
electorales a la alcaldía distrital por el partido Alianza Para el Progreso Dr.
Carlos Padua Popayán.
INFUNDADA
El JEE-Huaura, declaró INFUNDADA
la solicitud porque no identificaban, ni precisaban a los electores que serían
los “votantes golondrinos”, ni demostraban que esas modificaciones se hayan
producido en las mesas de sufragios cuyos resultados de las votaciones cuestionaban.
PADRON ELECTORAL
Fuerza Regional, interesadamente no quiere
entender que el JNE, el 7 de junio del 2014 a 120 días antes de la fecha fijada
para las elecciones, preciso como fecha límite para que la RENIEC cierre la
elaboración del padrón electoral. Dentro de ese plazo, no se variaron
domicilios, nombres, ni otros datos que alteraran la información del padrón
electoral. En todo caso, si detectaron
la presencia de votos golondrinos debieron impugnarlos en el plazo debido y en
la entidad correspondiente.
RECURSO DE APELACION
El lamentable, desconocimiento de
la Ley Orgánica de Elecciones por parte del personero legal titular de Fuerza
Regional de Pativilca, y el abogado Juan F. Flores Cruz los llevó a elaborar el
recurso de apelación, ante un Presidente de un Jurado Nacional Electoral
Especial de Huacho cargo e instancia electoral inexistente dentro de la
estructura orgánica electoral del país. Sin embargo sospechosamente fue
recepcionado por el JEE- Huaura, adjuntando documentos presumiblemente sustentatorios
que acreditaban el fraude que dicen que se ha cometido. Los que no fueron tal,
porque ni siquiera su abogado defensor ante el JNE supo exponerlos.
DEFENSA
La defensa del Dr. Carlos Padua
Popayán, ante el JNE señalo que los perdedores no logran identificar e
individualizar los votos golondrinos, y a quienes los sindican como tal
comparan sus ubicaciones domiciliarias de la RENIEC, con documentos NO
fehacientes de Consultas de RUC, afiliaciones de los Servicios de Salud, o
Páginas Amarillas. En el colmo, de su irresponsabilidad adjuntaron una partida
de matrimonio de una persona que es natural y domiciliada en Pativilca. Como si
fuera poco casada con un pativilcano, y en la Municipalidad Distrital de
Pativilca. NO demuestran que sus votos hayan favorecido al candidato, y menos
que estas hayan sido impugnadas en las
mesas de sufragio. En otras palabras no tienen ninguna prueba para probar la
ANULACION DE LAS ELECCIONES en el distrito de Pativilca.
AL VOTO
En consecuencia, SI LA LEY ES LA
LEY, Y LA PLATA NO SE IMPONE A ELLA, ante la inconsistencia de las pruebas
presentadas en el JNE por la organización política Fuerza Regional de
Pativilca. El JNE, en las próximas horas no
tendrá otra opción que confirmar el INFUNDADO recurso de apelación de la
solicitud de la anulación de las elecciones en el distrito de Pativilca, por la
perdedora organización política de Fuerza Regional de Pativilca.
No hay comentarios:
Publicar un comentario