EN LA MIRA CON JR

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lunes, 31 de marzo de 2014

SOSPECHOSA ACUSACION FISCAL CONTRA EX ALCALDE DE SUPE

El Fiscal VICENTE BORDA CASTILLO, Fiscal Provincial de Barranca. Acusa a Julián David Nishijima Villavicencio, quien como Alcalde de Supe Pueblo, suscribió en dos oportunidades contratos de servicios, con su co denunciado Célix Arturo Zavaleta Perea, por labores de asesoría a la alcaldía, abonándole S/. 2,000 mensuales, previos informes, gasto que se encontraba, dentro del Presupuesto Institucional de la Municipalidad del año 2011. No obstante, oficio Nº 002403- 2012, de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior informa que el 17 de junio del 2011, el asesor viajó a España, retornando el 17 de octubre, fechas en las cuales el alcalde habría suscrito el contrato de servicio 056- 2011,  como habrían elaborado informes de realización de servicios, otorgando el alcalde la conformidad del servicio prestado por el asesor, sin existir cláusula contractual o documentación que autorice su traslado a otro país, facilitándose el pago de forma irregular al asesor por los presuntos servicios prestados omitiéndose requisitos contemplados para hacerlos efectivos, generándose afectación sobre el Presupuesto Municipal del 2011, con la finalidad de un aprovechamiento personal.

TIPIFICACION, PENA Y REPARACION CIVIL: Los hechos que se le atribuyen a  DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO, PAUL YCOCHEA CHIROQUE, PEDRO BAZALAR NUÑEZ, MICHAEL MARIO GARCIA SIMS, y LOURDES MEJIA ARIZA, son por el presunto delito de PECULADO DOLOSO por lo que se solicita 10 años de Pena Privativa de la Libertad para cada uno; así mismo a CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA se le atribuye, el delito de PECULADO DOLOSO  solicitando 6 años, y Contra la Fe Pública en la modalidad de FALSEDAD GENERICA, 3 años de pena privativa de su libertad. El pago de reparación civil asciende a 15 mil nuevos soles, y además CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA, deberá cancelar 5 mil nuevos soles a favor del estado.

 CUESTIONAMIENTOS A LA ACUSACION FISCAL FORZADA

 La acusación fiscal no está debidamente motivada, no contiene la relación clara y precisa de los hechos que se le atribuye a los imputados, con sus circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores. A pesar de tener varios hechos independientes no los separa, ni detalla cada uno de ellos. No precisa los artículos de la ley penal que tipifique el hecho, y el monto de la reparación civil, los bienes embargados o incautados al acusado.

1.-El Fiscal, no precisa la manera que DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO se apropió de los caudales o pagos que la municipalidad le hiciera por su trabajo al asesor CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA.

2.- El Fiscal, erróneamente invoca el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Supe (ROF), no indicando los estipulados que se omitieron, inculpa a todos los funcionarios por igual de efectuar los pagos, sin diferenciar las responsabilidades que tiene cada uno como gerente municipal, jefe de personal, o jefe de logística.

3.- El Fiscal, no especifica la modalidad de peculado cometida, apropiación o utilización (para sí o para otro) para considerar la responsabilidad de cada uno de los funcionarios como coautores del delito.

4.-El Fiscal, no tiene en cuenta que el Código Penal, señala que cuando el valor de lo apropiado por un FUNCIONARIO O SERVIDOR sobrepasa a las diez Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho, ni mayor de doce años.  El Fiscal, solo cuestiona los 4 meses de pagos que el asesor CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA estuvo fuera del país, en razón a los 2,000 nuevos soles que percibía por cada mes, lo supuestamente apropiado sería 8 mil nuevos soles, y aun así, fueran los 12 meses del total que prestó su servicio como asesor sería 24 mil nuevos soles lo recibido, en  cualquiera de las formas en que se habría cometido el agravio no supera las 10 UIT que sería 36 mil nuevos soles, por tanto los acusados no pueden estar incursos en la agravante del segundo párrafo del artículo 387º CP, que establece: “Cuando el valor de lo apropiado o utilizado sobrepase diez unidades impositivas tributarias, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de ocho ni mayor de doce años…”

5.- El Fiscal, si fuera objetivo en su acusación lo máximo de pena que debió solicitar es 8 años de pena privativa de la libertad y si a ello se agregara el hecho que los acusados no registran antecedentes penales, ni judiciales, que tienen domicilio y trabajo conocido y no tienen ninguna medida de coerción procesal; es inminente que la graduación de la pena que quisiera solicitar la Fiscalía disminuiría sustancialmente.

6.- El Fiscal, fuerza la configuración del delito de PECULADO DOLOSO y para justificar la pena solicitada, cita artículos que corresponden al delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado.

7.- El Fiscal en la acusación, sindica una lista de bienes de los acusados para efectivizar la reparación civil, sin ser embargados o incautados, y nada de eso sucedió, siendo por tanto ilegal y atentatorio del debido proceso pretender afectar bienes de los acusados para un eventual pago de reparación civil sin haber seguido el procedimiento de ley.

NOS RATIFICAMOS EN LA SOSPECHA FISCAL

Nuestra propuesta periodística de la sospecha fiscal, fue publicada en el Periódico Regional “LA MIRA” bajo el título: “SOSPECHOSA ACUSACION DE FISCAL BORDA CASTILLO CONTRA EX ALCALDE DE SUPE DAVID NISHIJIMA VILLAVIENCIO… Sin pruebas se solicita 10 años de pena privativa”. Como era de esperarse personas interesadas detrás de esta denuncia para dañar la imagen del ex alcalde que actualmente es potencial candidato para retornar a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, trataron por todos los medios de paralizar la publicación, como no pudieron detenerla contrataron periodistas para avasallarlos con improperios contra el personal periodístico de “LA MIRA” que antes de intimidarnos, nos anima, nos motiva que estamos en el camino correcto, y nada paralizara nuestra labor de fiscalización contra Fiscales cuyos comportamientos en sus decisiones dejan mucho que desear, en consecuencia si la ley es la ley, el Juez a cargo no debe permitir la sospechosa Acusación del Fiscal Vicente Borda Castillo, nosotros nos ratificamos en nuestra posición periodística:

1.- Porque la Ley Orgánica de Municipalidades, le señala como atribución del alcalde, entre otros: “(…) CELEBRAR LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES…” En consecuencia el ex alcalde David Nishijima Villavicencio en el marco de su competencia estaba dentro de su atribución celebrar el contrato.

2.- Se cumplió con el contrato que se firmó anticipadamente, porque se encontraba debidamente solicitada, la que fue aceptada sin trasgredir los procedimientos y menos incurrir en ilícitos penales, ni de otra índole. Por lo que se dio conformidad a los servicios y se canceló, al justificarse con los informes remitidos al alcalde, vía correo electrónico. Documento no considerado, ni valorado por el Fiscal.

3.-Oportunamente el Alcalde David Nishijima Villavicencio, con Memorándum Nº 028-A- 2011- JDNV-AL-MDS  pone de conocimiento del debido trámite al Jefe de la Unidad de Personal de la Municipalidad.

4.- Existen los INFORMES Nº 010 - 2011 CAZP/AE del 22.07.2011 (correspondiente al mes de julio 2011), la Nº 012-2011 CAZP/AE del 31.08.2011 (correspondiente al mes de agosto 2011), la Nº O14- 2011 CAZP/AE del 28.09.2011 (correspondiente al mes de setiembre del 2011), las que sustentan los servicios prestados por CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA, durante su estadía en el extranjero que no estaba impedido.

5.- Los informes, demuestran que el Asesor CELIX ARTURO ZAVALETA PEREA dio estricto cumplimiento al contrato, de igual forma el Alcalde dio la conformidad de los pagos, en ejercicio de su función y competencia.

6.- Los funcionarios municipales, al tener la afectación presupuestal que no vulneraba el procedimiento, ni el patrimonio, procedieron a cumplir con sus funciones que establece el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Supe.

7.- El asesor no estaba obligado al cumplimiento de un horario de trabajo o a la asistencia diaria a la Municipalidad, ninguna de estas obligaciones se encontraban estipuladas en el contrato, por lo que nada le impedía que el servicio de asesoría pudiera realizarla a través de cualquier medio que implique una comunicación efectiva con el alcalde.

 8.- El Fiscal refiere que el asesor es testaferro del alcalde, sin aportar prueba alguna. Lo que resulta contradictorio e incongruente que no cuestione y acepte como lícito el trabajo realizado por el asesor desde el 01 de abril, hasta el 16 de junio del 2011, y a partir del 17 de junio del 2011 se pretenda involucrarlo dentro de la figura del testaferro.

9.- La misma denuncia fue presentada como solicitud de VACANCIA al cargo del alcalde David Nishijima Villavicencio ante el JNE, la que fue rechazada por unanimidad. Al establecerse que verificado los contratos se suscribieron conforme a las disposiciones establecidas en el Código Civil.

10.- La controversia, que se desprende del JNE, es sí se brindó o no el servicio y que la contratación del servicio de la asesoría se realizó bajo las disposiciones del Código Civil, estando en cuestionamiento sí al sobrepasar los pagos los 3 UIT, no se siguió con la norma aplicable, por lo cual se deriva en este extremo a la Contraloría, pero dejándose en claro que se trata de actos civiles, cuyos errores en todo caso correspondía resolverse en la vía administrativa a través del Tribunal de Contrataciones del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado OSCE.

11.- Los defectos u omisiones en la suscripción del contrato, sí los hubiera en el peor de los casos constituiría una infracción administrativa, pero de ningún modo un ilícito penal.

12.- De acuerdo al Código Penal, el delito de PECULADO DOLOSO se confirma CUANDO EL FUNCIONARIO O SERVIDOR PÚBLICO EN SU BENEFICIO PERSONAL O DE OTRO, SE APROPIA O UTILIZA, EN CUALQUIER FORMA, CAUDALES, O AFECTOS PÚBLICOS, CUYA PERCEPCIÓN, ADMINISTRACIÓN O CUSTODIA LE ESTAN CONFIADOS POR RAZON DEL CARGO QUE DESEMPEÑA AL INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA.

 
12.1. En el presente caso, ni el ex alcalde, ni los ex funcionarios, presuntamente involucrados, dispusieron de dinero confiados a su cargo. Allí están los informes de la prestación de los servicios profesionales remitidos por el asesor vía correo electrónico lo cual no está prohibido, el pago mediante depósitos a la cuenta de ahorro del asesor, trámite que está contemplado dentro de las normas de tesorería del estado, en consecuencia no se ha lesionado el bien jurídico tutelado, vale decir ni el deber funcional, ni el patrimonio municipal.

HAY QUIENES CREEN QUE PUEDEN COMPRAR LAS CONCIENCIAS DE LOS FISCALES Y JUECES… ENTONCES QUE DIOS ACOJA CONFESADOS AL JUEZ Y AL FISCAL DE ESTE CASO.

 

sábado, 29 de marzo de 2014

LOS INTOCABLES DE LA CORRUPCION

Ante el crimen del ex consejero regional de Ancash EXEQUIEL NOLASCO CAMPOS, queda al descubierto, los tentáculos de una mafia organizada que alcanza a “Padres de la Patria” y a miembros del Ministerio Público,  que interfirieron para que no se abriera investigación de un centro de espionaje en Chimbote que la prensa local conocía como “La Centralita”. Para proteger a los allegados de la CORRUPCION en esa ciudad.

El principal implicado es el Presidente Regional de Ancash, Cesar Álvarez, quien a pesar de pruebas que le imputaban, un HABEAS CORPUS logró sacarlo de la Investigación. Mientras sospechosamente un centenar de denuncias de corrupción y defraudación cometidas por su gestión eran archivabas, 9 ciudadanos que incriminaban la complicidad de protectores CORRUPTOS cobardemente caían abatidos por balas asesinas, los sospechosos de los asesinatos coincidentemente quedaban libres.

Historia de un Intocable por la Corrupción, que se repite en la Región Lima, Javier Alvarado Presidente Regional con “notorios defensores” en el Ministerio Público de Cañete, a pesar que hace 12 años pruebas existentes le imputan una defraudación cuando fue alcalde de Lunahuana, con un HABEAS CORPUS logró evadir por el momento su responsabilidad judicial. Tiene defensores en el Congreso, en el Ministerio Público de Huaura donde archivan las denuncias en su contra. Maneja un grupo élite que formulan denuncias a sus opositores internos, como externos. Por suerte, por ahora todavía sin muertes que lamentar.

En ambos casos de los INTOCABLES POR LA CORRUPCION las autoridades no quieren escuchar, que se deja expuesta una organización clandestina que despliega acciones ilícitas a favor de ambos Presidentes Regionales. Tarde, pero en la Región Ancash, será retomada las investigaciones en busca de responsables. Las interrogantes finales, serían: ¿Y, quien investiga en la Región Lima?, ¿Tendremos que esperar que caigan abatidos los cuestionadores de esta gestión regional, para recién investigar? QUEDAMOS ADVERTIDOS SEÑORES AUTORIDADES.

jueves, 27 de marzo de 2014

SOLICITAN SUSPENSION DE ALVARADO Y CONSEJEROS REGIONALES

Mientras Javier Alvarado Presidente Regional y la mayoría de los Consejeros Regionales, esperan ansiosos suspender de sus funciones a la Vice Presidenta Regional Dra. Lita Román Bustinza para que no lo sustituya en el cargo cuando tenga que solicitar licencia para buscar su reelección. El ciudadano de Huarochiri MARTIN VALDIVIA PARRA, ha solicitado ante el Jurado Nacional de Elecciones LA SUSPENSION DE 120 DIAS CONTRA EL PRESIDENTE REGIONAL Y A LOS NUEVES CONSEJEROS REGIONALES. Al no  cumplir con la LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES  Y REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL. Toda vez que como  representantes legales no han sabido defender y cautelar los derechos e intereses del Gobierno Regional y de los vecinos de su jurisdicción.
SENTENCIAS
 Alvarado, ha materializado una obra denominado CONSTRUCCION DE CENTRO DE SALUD NIVEL 1-4 en el Centro Poblado Anexo 22, a pesar que existe una Sentencia Judicial en la Corte Superior de Lima en la IX SALA CIVIL Nro. 2773- 2006 de fecha 20 de agosto del 2008, confirmada con una Sentencia de Proceso de Acción Popular Nro. 234- 2009 de fecha 16 de junio, donde se prohíbe al Gobierno Regional de Lima hacer obras fuera de su Jurisdicción. Sin embargo, el Centro de Salud se ha construido en el distrito de San Juan de Lurigancho, que corresponde a la jurisdicción de la Municipalidad de Lima Metropolitana, hecho que constituye una FALTA GRAVE PARA  EL PRESIDENTE REGIONAL Y CONSEJEROS REGIONALES.
PRUEBA
La obra, se materializó con el contrato Nro. 073- 2012 del Gobierno Regional de Lima. La licitación pública 2012 Gobierno Regional de Lima en el ámbito del D.U. Nro. 054- 2011, donde el Sr. PROSPERO ADALBERTO SENOSAIN CALERO identificado con DNI Nro. 32406976 en calidad de Sub Gerente Regional de Administración y designado por Resolución Ejecutiva Regional Nro. 172-2012 Presidencia, realizó el contrato con la Empresa CONSORCIO CGRUPO MATH con RUC 20547850549.
MALVERSACION
 A pesar de haber una sentencia judicial consentida y ejecutoriada han hecho caso omiso, y de manera dolosa ejecutaron dicha obra pública perjudicando a la Provincia de Huarochiri y a sus 32 distritos, al ejecutar una obra fuera de su jurisdicción y la del Gobierno Regional de Lima por lo que se configura el delito de MALVERSACION DE FONDOS.
COMPLICIDAD
Los Consejeros Regionales se han coludido para materializar no solo la obra mencionada, sino también en las  adquisiciones y adjudicaciones de combustible, y maquinarias pesadas de propiedad del Gobierno Regional de Lima que utilizaron dentro del territorio de San Juan de Lurigancho, configurándose el delito de PECULADO DOLOSO Y DE USO. La que se prueba con la Adjudicación Selectiva Nro. 11 del Gobierno Regional de Lima donde se adquiere Combustible de petróleo DIESEL, para actividades de mantenimiento periódico de la Vía de Acceso del Sector Unión Villa Vista Anexo 22 Pampa Canto Grande.
LA PRUEBA
 Los Consejeros Regionales aprobaron el Acuerdo Regional Nro. 023-2011 de fecha 24- 03- 2011,  declarando de interés regional la creación de un distrito en dicho Centro Poblado Pampa Canto Grande, a pesar que existe una sentencia judicial que prohíbe realizar todo tipo de obra pública por parte del Gobierno Regional.
DESESPERADO
 Luis Enrique Fernández Estrella Gerente General Regional ha querido minimizar el hecho indicando que ellos para ejecutar la obra han solicitado permiso a la Municipalidad de Lima Metropolitana, al Ministerio de Salud y otros. Lo que no se entiende, es si la obra se ejecutó en jurisdicción que corresponde a los límites de la Región Lima, para ello los funcionarios regionales tuvieron que evaluar el saneamiento legal y disponibilidad del terreno donde se ejecutaría la obra ¿Entonces? ¿Por qué se tuvo que solicitar permiso? Esperamos respuestas, más firmes, sólidas, y creíbles. ESPERAMOS QUE EN EL JNE NO SE IMPONGA LA PLATA, ANTE QUE LA LEY.

ALVARDO SI ESTA DENUNCIADO POR CASO FINVER CAÑETE

Javier Alvarado Presidente Regional, abordado por la prensa,  negó ser uno de los denunciados ante el Ministerio Público de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, en el Segundo Despacho de Adecuación, que investiga la defraudación de los recursos FINVER CAÑETE cuando fue alcalde de la Municipalidad de Cañete. Aquí los hechos:

ANTECEDENTE

 Es cierto, que ante la Fiscalía la Municipalidad Provincial de Cañete presentó denuncia de parte con fecha 25/06/2013 ordenada por Contraloría no sindicándose responsabilidad a Alvarado. Pero, en la Ampliación de Denuncia de Parte de fecha 04/06/2013, que fue por Acuerdo de Concejo Nº 029-2013-MPC de fecha 24 de mayo del 2013. Con oficio Nº 05-2013-CR/FINVER-CAÑETE de fecha 15 de mayo del 2013 se remite el informe final CASO FINVER, FORMULANDO LA AMPLIACION DE LA DENUNCIA PENAL contra presuntos autores de los ilícitos penales que se indicaban, entre ellos se encontraba JAVIER ALVARADO.

DENUNCIA

El dictamen final de la Comisión Investigadora de la Municipalidad Provincial de Cañete, establece que el ex alcalde Alvarado incumplió con las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, incurriendo en el ilícito penal sobre Omisión y Rehusamiento o demora en actos funcionales. Al no comunicar al pleno del Consejo Municipal la constitución y designación del nuevo Comité Directivo FINVER. Fue Javier Alvarado quien con documento propio designó al ex Gerente Municipal Manuel Humberto Márquez Vivanco y al Gerente de Administración Eduardo Dalarier Wanus Gonzales como responsables del manejo de las cuentas bancarias de los fondos FINVER, que terminaron por robarse.

PRUEBAS

 Obra en autos el memorándum Nº 0270- 2007 –GGM-MPC de fecha del 09 de Marzo del 2007 dirigido por Manuel H. Márquez Vivanco a Eduardo D. Wanus Gonzáles, en la cual hace saber lo siguiente: “Con autorización y conocimiento del despacho de Alcaldía y Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, respectivamente; sírvase efectuar la transferencia de fondos correspondientes al mes de diciembre del año 2006, a la cuenta corriente de FINVER- CAÑETE que tiene el Banco Continental Nº 0011-0211-0100004604-03, los mismos que constituye el ingreso por alcabala en su 50%. Dicha transferencia será destinada al financiamiento de obras programadas para el presente ejercicio”. Obra, el oficio Nº 090-2007-A-MDM de fecha 14 de mayo del 2007, cursado por Víctor Hugo Carbajal Gonzáles en su calidad de alcalde de la Municipalidad de Mala, comunicando a Alvarado no haber recibido monto alguno de parte del FINVER. Obra, el informe Nº 180-2007-SGECRDYB-MPC de fecha 15 de noviembre del 2007 que dirige la Srta. Selma Elena Sánchez Ramos a Javier Alvarado, solicitando la verificación y revisión de las bases para el Concurso de Comprensión Lectura para maestros y alumnos triunfadores, afectándose su costo por el monto de S/. 12,000.00 con fondos FINVER. Tales instrumentales acreditan que en efecto el ahora denunciado JAVIER ALVARADO, dispuso y autorizó a los funcionarios responsables de la cuenta corriente del FINVER, teniendo conocimiento de sus movimientos como se aprecia de las instrumentales que se acompañan, por tanto asume responsabilidad de las acciones incurridas, con un agravio de más de un millón de soles a la Municipalidad Provincial de Cañete.

FISCALIA

Por lo que con DISPOSICION Nº 01, del 22 de octubre del 2013, el Ministerio Público, atraves de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Segundo Despacho de Adecuación que despacha el Fiscal Emilio Prado Macalupu, ordenó efectuar las diligencias preliminares para determinar los hechos objetos de conocimiento y su delictuosidad. Y con DISPOSICION Nº 02 del 07 de marzo del 2014, da cuenta que durante las indagaciones Alvarado hizo uso de su derecho de guardar silencio. Pero, se estableció que se dieron los presupuestos que exige la investigación preparatoria, existiendo indicios reveladores de la existencia de un delito, habiéndose individualizado al imputado que es el Sr. Alvarado, entre otros. FORMALIZANDOSE la investigación preparatoria. Entonces el Sr. Alvarado, si está DENUNCIADO. 

martes, 25 de marzo de 2014

SOSPECHOSO PASADO Y PRESENTE DE JUEZ ISMAEL OROSCO HUAYANAY QUIEN PROCESA A VICE PRESIDENTA REGIONAL

Para los conspiradores contra la Vice Presidenta Regional Dra. Lita Román Bustinza solo cuenta impedir que sustituya a Javier Alvarado en la Presidencia Regional, en su solicitud de licencia al cargo para buscar su reelección. En ese laberinto de intereses la complicidad del Poder Judicial con el Gobierno Regional de Lima para “sentenciarla” en un proceso descabellado son cada vez más evidentes, la  sindicación contra la Procuradora Regional Patricia Alvarado, como la persona que presionó para que se acelere la reprogramación de la audiencia judicial, a 5 días después de ser aplazado por el paro judicial, cuando 242 audiencias en similar situación se reprogramaron para marzo del 2014, hecho arbitrario que el  Jefe de la ODECMA se negó verificar.
COMPLICIDAD
El Colectivo Anticorrupción de la Región Lima, hizo público su sospecha contra el Juez Ismael  Orosco Huayanay indicando que habría recibido una “compensación” económica a cambio de sentenciar a la Vice Presidenta Regional. Afirmación que no ha sido desmentida, por lo que cobra fuerza el comportamiento en el pasado y presente del Juez quien tiene a cargo el proceso contra la Vice Presidenta Regional.  
LA HISTORIA
El 13 de octubre del 2002 en el DIARIO EL COMERCIO aparecía una nota periodística a Matilde Pinchi Pinchi, declarando ante el Juez que su ex jefe Vladimiro Montesinos, le dijo que el General Gamero le pidió una cantidad de dólares para arreglar el proceso judicial contra Laura Bozzo, que estaba perdiendo en Huacho. Las declaraciones de la Pinchi Pinchi coincidieron con varios hechos: Laura Bozzo tenía juicio en Huacho, por presentar en su programa televisivo a Jennifer Guerra Tabori (17) denunciando a su padre el suboficial Hernán Guerra, de drogadicto, y maltratar a ella y a su hermano Javier (13) física y psicológicamente, y obligándole a vender drogas. Bozzo, irrumpió la vivienda de Javier, lo filmó, entrevistó y se lo llevó a pesar de los reclamos de la familia. La Fiscalía de Menores de Huacho, y la Inspectoría de la Policía Nacional investigó a Hernán Guerra  por tráfico de drogas. Salió absuelto, y denunció a Bozzo por delitos contra la familia, la libertad, violación de domicilio.
SOSPECHA
El Juez ISMAEL OROZCO HUAYANAY fue quien abrió instrucción contra Bozzo, agregándole el delito de usurpación de autoridad en agravio del estado y le impuso el pago de cinco mil soles por caución, coincidiendo con la afirmación de la Pinchi Pinchi. Luego, sospechosamente la absolvió, argumentando: “Que no había incurrido en violación de domicilio, sino que había actuado en defensa de un menor en peligro”.
CONSECUENCIAS
Fue el Fiscal  Ricardo Gómez Hurtado quien acusó a Bozzo, solicitando 4 años de pena privativa de su libertad, por ingresar al domicilio sin autorización y llevarse al hijo del suboficial, sospechosamente fue destituido de su cargo. El Fiscal Superior Félix Salazar Huapaya no apeló y ratifico el fallo del Juez, 14 años después se mantiene en su cargo en el Ministerio Público de Huaura. El Juez ISMAEL OROSCO HUAYANAY cuando fue abordado por hombres de prensa del DIARIO EL COMERCIO preguntándole que un testigo había declarado que ese juicio fue arreglado por Montesinos, Orosco se molestó y contestó: “Yo no voy a declarar nada” 14 años después y aún se mantiene como Juez Provisional.  
 VINCULACIONES
En la REVISTA CARETAS del 19 de diciembre del 2013, se ilustra una nota periodística con una fotografía que registra a los integrantes de la promoción 1999  del Centro de Altos Estudios Nacionales, dentro de ellos se encuentra Óscar López Meneses y se sindica a quienes fueron reclutados en su compleja red de conexiones políticas y militares a la mafia montesinista. Coincidentemente en la foto aparece Javier Alvarado  Presidente Regional de Lima, sin precisarse que sea parte de los reclutados. La sospecha es que Alvarado es parte de la denuncia contra la Vice- Presidenta Regional, quien será procesada por un Juez del que se tiene sospechas por sus vinculaciones con el montesinismo ¿coincidencia?
OTRA SOSPECHA
ANILU AZUCENA NAVARRO ALBUJAR quejó a  los Jueces que dispusieron y dejaron en libertad al sentenciado HUGO ALFREDO NAVARRO VÁSQUEZ, cuando este se encontraba en cárcel por otro proceso de similar delito. Por lo que la Oficina Desconcentrada de la Oficina del Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huaura, les ha aperturado Proceso Disciplinario de Oficio.
LOS INVOLUCRADOS
DEL JUEZ PETTER TEOBALDO VALVERDE HERRERA: Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Huaura. Adelantó fallo de lectura de sentencia en audiencia, que luego la programó para otra fecha, condenó al acusado a dos años de pena privativa de libertad suspendida, y ordenó su inmediata libertad, cuando este purgaba cárcel por otro delito que el Juez Valverde Herrera tenía conocimiento.  El Juez confirmó por escrito al personal del INPE la libertad del encarcelado invalidando la condena interpuesta en otro proceso.
LOS JUECES ISMAEL FELIPE OROZCO HUAYANAY: Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Huaura. Y VÍCTOR ALBERTO ROMERO URIOL Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitoria de Huaura. No atendieron diligentemente su Juzgado. No estudiaron con detenimiento el caso, no efectuaron supervisión al trabajo realizado por la Especialista Legal Virginia Hermelinda Chacchi Sánchez, quien fue advertida que el sentenciado estaba libre, y ella respondió: “Que el sentenciado estaba internado en el Establecimiento Penal de Carquin hasta el 2015 por lo que carece de objeto su ubicación y captura”.
REFLEXION FINAL
¿Con que garantías procesales pueden esperar los litigantes los resultados de sus procesos con jueces que “presuntamente” se equivocan, y son negligentes, cuando fueron formados y seleccionados para ser eficientes? Son humanos y tienen derecho a equivocarse, la tienen ¿Pero, tres Jueces y más dos especialistas legales? Eso, es imperdonable. Por eso, hay dudas, descredibilidad y desconfianza en quienes administran justicia, porque ellos mismos fabrican, elaboran su propia INJUSTICIA.

lunes, 24 de marzo de 2014

ALVARADO SI ESTA DENUNCIADO POR CASO FINVER CAÑETE

Javier Alvarado Presidente Regional, abordado por la prensa,  negó ser uno de los denunciados ante el Ministerio Público de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, en el Segundo Despacho de Adecuación, que investiga la defraudación de los recursos FINVER CAÑETE cuando fue alcalde de la Municipalidad de Cañete. Aquí los hechos:
ANTECEDENTE
 Es cierto, que ante la Fiscalía la Municipalidad Provincial de Cañete presentó denuncia de parte con fecha 25/06/2013 ordenada por Contraloría no sindicándose responsabilidad a Alvarado. Pero, en la Ampliación de Denuncia de Parte de fecha 04/06/2013, que fue por Acuerdo de Concejo Nº 029-2013-MPC de fecha 24 de mayo del 2013. Con oficio Nº 05-2013-CR/FINVER-CAÑETE de fecha 15 de mayo del 2013 se remite el informe final CASO FINVER, FORMULANDO LA AMPLIACION DE LA DENUNCIA PENAL contra presuntos autores de los ilícitos penales que se indicaban, entre ellos se encontraba JAVIER ALVARADO.
DENUNCIA
El dictamen final de la Comisión Investigadora de la Municipalidad Provincial de Cañete, establece que el ex alcalde Alvarado incumplió con las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, incurriendo en el ilícito penal sobre Omisión y Rehusamiento o demora en actos funcionales. Al no comunicar al pleno del Consejo Municipal la constitución y designación del nuevo Comité Directivo FINVER. Fue Javier Alvarado quien con documento propio designó al ex Gerente Municipal Manuel Humberto Márquez Vivanco y al Gerente de Administración Eduardo Dalarier Wanus Gonzales como responsables del manejo de las cuentas bancarias de los fondos FINVER, que terminaron por robarse.
PRUEBAS
 Obra en autos el memorándum Nº 0270- 2007 –GGM-MPC de fecha del 09 de Marzo del 2007 dirigido por Manuel H. Márquez Vivanco a Eduardo D. Wanus Gonzáles, en la cual hace saber lo siguiente: “Con autorización y conocimiento del despacho de Alcaldía y Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, respectivamente; sírvase efectuar la transferencia de fondos correspondientes al mes de diciembre del año 2006, a la cuenta corriente de FINVER- CAÑETE que tiene el Banco Continental Nº 0011-0211-0100004604-03, los mismos que constituye el ingreso por alcabala en su 50%. Dicha transferencia será destinada al financiamiento de obras programadas para el presente ejercicio”. Obra, el oficio Nº 090-2007-A-MDM de fecha 14 de mayo del 2007, cursado por Víctor Hugo Carbajal Gonzáles en su calidad de alcalde de la Municipalidad de Mala, comunicando a Alvarado no haber recibido monto alguno de parte del FINVER. Obra, el informe Nº 180-2007-SGECRDYB-MPC de fecha 15 de noviembre del 2007 que dirige la Srta. Selma Elena Sánchez Ramos a Javier Alvarado, solicitando la verificación y revisión de las bases para el Concurso de Comprensión Lectura para maestros y alumnos triunfadores, afectándose su costo por el monto de S/. 12,000.00 con fondos FINVER. Tales instrumentales acreditan que en efecto el ahora denunciado JAVIER ALVARADO, dispuso y autorizó a los funcionarios responsables de la cuenta corriente del FINVER, teniendo conocimiento de sus movimientos como se aprecia de las instrumentales que se acompañan, por tanto asume responsabilidad de las acciones incurridas, con un agravio de más de un millón de soles a la Municipalidad Provincial de Cañete.
FISCALIA
Por lo que con DISPOSICION Nº 01, del 22 de octubre del 2013, el Ministerio Público, atraves de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Segundo Despacho de Adecuación que despacha el Fiscal Emilio Prado Macalupu, ordenó efectuar las diligencias preliminares para determinar los hechos objetos de conocimiento y su delictuosidad. Y con DISPOSICION Nº 02 del 07 de marzo del 2014, da cuenta que durante las indagaciones Alvarado hizo uso de su derecho de guardar silencio. Pero, se estableció que se dieron los presupuestos que exige la investigación preparatoria, existiendo indicios reveladores de la existencia de un delito, habiéndose individualizado al imputado que es el Sr. Alvarado, entre otros. FORMALIZANDOSE la investigación preparatoria. Entonces el Sr. Alvarado, si está DENUNCIADO. 

domingo, 23 de marzo de 2014

CASO FINVER - CAÑETE UN ROBO QUE NO DEBE QUEDAR IMPUNE


El grado de cinismo del Sr. Javier Alvarado, llega a extremos de querer negar  que tenga un proceso judicial abierto, encubriendo la del caso de Lunahuana. Y quiere negar que es uno de los denunciados del caso FINVER –CAÑETE, cuando la ampliación de la denuncia aprobada por mayoría del Consejo Provincial de la Municipalidad Provincial de Cañete, fue para comprenderlo al no ser tomado en cuenta por el informe de Contraloría a él, a su primer regidor y al administrador del Banco Continental quien permitió que se mantuviera vigente una ilícita cuenta bancaria.
CONTRALORIA
 Señalaba: “ Que funcionarios de la Municipalidad Provincial de Cañete cuando Alvarado era su alcalde se apropiaron de más de un millón de soles de los recursos de FINVER que era financiamiento para efectuar trabajos de mantenimiento e infraestructura pública y no rindieron cuentas o sustentaron gastos con documentos carentes de veracidad.” Inicialmente el entorno de Alvarado, pusieron en duda la veracidad del documento, luego cambiaron de opinión y pregonaron: “Que, Contraloría no implicaba a  Alvarado sino sólo a sus  ex funcionarios municipales” Ahora, que el Fiscal de Cañete Emilio Prado Macalupu, ha señalado la existencia de indicios reveladores de la complicidad del delito, individualizándose al imputado Alvarado. Alvarado lo sigue negando.
ENCUBRIMIENTO
 Alvarado, y su entorno tiene suficientes razones para preocuparse y pretender encubrir lo evidente, porque de acuerdo a la acción de control realizada al período edil 2009-2010, la Comisión de Auditores de la Contraloría no encontró documentación que justifique el desembolso de 837 mil soles que se realizó en el  2010, gestionados por los propios funcionarios ediles a su favor, y no para destinarlos a presuntas obras de mantenimiento e infraestructura. Detectándose que las rendiciones de cuentas efectuadas durante los años 2009 y 2010 por recursos públicos recibidos que suman un total 293 mil 500 soles, fueron sustentadas con comprobantes carentes de veracidad, toda vez que los presuntos proveedores negaron haber emitido esos documentos por operaciones o servicios brindados a la comuna. Por último, la acción de control halló que en el 2009 se realizaron varios desembolsos que suman 205 mil 230 soles, a favor del funcionario de la Gerencia Municipal, cuyo gasto sustentó con facturas y recibos por honorarios de 28 proveedores, de los cuales no se ubicaron a nueve. Una inspección física determinó que en algunos casos los domicilios que consignan, no existen o no corresponden a los negocios o empresas con las que presuntamente se realizaron alguna operación o servicio.
SOSPECHAS
¿Se puede creer que en dos años en que se cometió estos ilícitos, Alvarado siendo el alcalde provincial de Cañete no fue informado de ello? ¿Teniendo en cuenta que los involucrados eran funcionarios de su extrema confianza, y se conoce que él personalmente toma todas las decisiones? Resulta sospechoso, que no haya ejercido ninguna función de control durante 4 años sobre sus funcionarios. No, es creíble. Entonces la interrogante, sería: ¿Qué clase de gobernante fue Javier Alvarado como alcalde de Cañete, que en sus narices le robaron? O ¿Es cómplice?
ANTECEDENTE
 El ex Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete Manuel Márquez Vivanco, en declaración policial, y fiscal evadió responsabilidad de ser uno de los que tenía que otorgar información al alcalde Alvarado de los ingresos y egresos de los fondos FINVER- CAÑETE.  Y sindicó a JAVIER FRANCISCO VARGAS CUESTAS en su calidad de Gerente de Planificación y Economía, como quien debía mantenerlo informado. En sospechosa coincidencia Vargas Cuestas apareció como Sub Gerente de Administración del Gobierno Regional de Lima, siendo desaforado al hacerse público unos audios que lo comprometían en cobros de facturas por servicios fantasmas que los tramitaban en complicidad con la entonces Directora Regional de Transportes y Comunicaciones LILIAN SANCHEZ PORTUGUEZ. Luego por orden de Alvarado, VARGAS CUESTAS apareció como Jefe Zonal de la Provincia de Cañete del Gobierno Regional de Lima ¿Premio al silencio? Saque usted sus propias conclusiones.
 

sábado, 22 de marzo de 2014

XAMMAR Y LAS LAPTOPS DE ALVARADO

En las provincias de la Región Lima donde las internacionales megas plazas han invadido para comercializar productos comestibles y artefactos electrodomésticos, se observa la dicha que derrochan los vecinos al obtener tentadores créditos,  a tarjeta simple fijadas con determinadas cantidades de dinero para la compra, la felicidad de comprar sin pagar un sol es un sentimiento indescriptible. Tanto así que no se repara en los pequeños aumentos de los precios de los productos que se hacen por caja, o que sus precios de promociones de venta, ya no los son  a la hora de pagar. Nadie reclama. Los problemas vienen después. Semejante derroche de emociones también la recibieron los docentes xammarinos.
LAPTOPS
Los sentimientos que describimos, se observó en los docentes de la I. E. Luis Fabio Xammar Jurado de la ciudad de Huacho, al recibir las Laptops de  manos del Presidente Regional Javier Alvarado, sin pagar un sol, porque fue un compromiso electoral en el 2010 con los maestros de la región, al señalar que estas serían de su propiedad para mejorar sus condiciones educativas y de conocimiento cultural. Tal era la dicha que solicitaban tomarse fotos con el Presidente Regional, no reparando el documento de compromiso que firmaban.
DOCUMENTOS
 Los docentes, firmaron declaraciones juradas de las  responsabilidades que asumían sobre las laptops recibidas, eso al parecer no importó a la hora de la entrega, solo había una pregunta ¿Dónde hay que firmar? Es más del documento firmado ni siquiera se entregaba o se solicitaba una copia de ella como garantía. Hasta que dos docentes se rehusaron firmarlos, al considerar que la Laptop que según el Presidente Regional eran de propiedad del docente, era ilógico que la responsabilidad en caso de pérdida o robo del bien la asumieran autorizando a la DRELP, para que de sus remuneraciones les descuenten en 6 armadas el valor de la laptop.
ANTECEDENTE
Lo que no se entiende, es que los docentes siendo las personas más cultas de nuestra sociedad reciban laptops sin protestar, porque al final le estaban vendiendo una sin tener las especificaciones técnicas que exige su proyecto original, pero la actual administración regional las cancela como si fueran tal. Las laptops deben garantizar su funcionamiento sin ningún problema hasta los 4,000 metros sobre el nivel del mar. Sin embargo, en forma sorprendente el Gobierno Regional de Lima, permite que estén autorizadas para funcionar sin ningún problema por el fabricante hasta los 3,000 metros sobre el nivel del mal, e increíblemente los mil restantes no las garantiza el fabricante, sino el vendedor con una declaración jurada.
PREPARARSE
Pero, los docentes de la I. E. Luis Fabio Xammar Jurado de Huacho que recibieron las Laptops de manos del propio Presidente Regional Javier Alvarado, no están informados que sus colegas de la Institución Educativa Mercedes Indacochea Lozano de Huacho, viven su atormentada vía crucis a consecuencia de las laptops recibidas en ese plantel. Ahora, tienen conocimiento que por orden superior, las laptops  se están registrando como propiedad del colegio y no de los docentes, en caso de abandonar el plantel tienen que devolverla, y si no quieren devolverlo solo les queda mentir y presentar su denuncia ante la Policía Nacional indicando que se les ha pérdido o se lo han robado, porque si no pueden sufrir persecución y acoso de parte de las autoridades educativas, para que devuelvan la laptops. Esa será la herencia de esta administración regional. MENTIR.
DIRECTOR
Ahora solo les queda hacer lo que Luis Fernando Ruidiaz Valdivieso, actual Director de la Unidad de Gestión Educativa Nº 09 de Huaura, cuando todavía era Director de la I.E. Mercedes Indacochea Lozano de Huacho les dijo a sus docentes cuando les solicitaban las facturas o documentos que acredite la propiedad  de las laptops para recuperarlas en caso de pérdida o de robo. Luis Ruidiaz, les dijo: “Coleguitas, no hay facturitas, ni documentos, y hay que rogar a la Virgencita para que no se les pierda, o les roben las laptops”. AMEN.

 

viernes, 21 de marzo de 2014

ALVARADO VS LA RECARGADA AGENDA ELECTRONICA TEMATICA

Hay circunstancias legales si la LEY ES LA LEY y no se impone la plata, que  atentarían contra Javier Alvarado en su intento de  reelegirse como Presidente Regional de Lima. Su mayor obstáculo es que la Dra. Lita Román Bustinza Vice Presidenta Regional lo sustituya el 07 de junio del 2014 cuando solicite su licencia al cargo para tener opción de participar en las elecciones. Razón poderosa por lo que hasta la fecha se ve impedido a lanzar públicamente su candidatura y efectuar su campaña electoral.
RETARDO
Alvarado habría cifrado sus expectativas en el 27 de marzo, fecha en que debía  efectuarse la audiencia judicial contra la Vice- Presidenta Regional  por los presuntos delitos de Usurpación de Funciones y Falsedad Genérica, que le ha formulado la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lima en su intención de lograr una sentencia que le permita al Juez cambiar su situación Jurídica por la detención efectiva que sería la única causal justificable que tendría el Consejo Regional para suspenderla en sus funciones e  impedirle que asuma el cargo de la Presidencia Regional, cuando Alvarado solicite su licencia para buscar su reelección. Al ser esta reprogramada a otra fecha que se desconoce, por la Huelga Indefinida de los servidores judiciales, sus mismos plazos parecen acorralarlo.
PLAZOS
El caso de Javier Alvarado resulta un escándalo nacional, y única en la vergonzosa historia del Poder Judicial del Perú, que un imputado a pesar que sus presuntos delitos han sido documentados por Contraloría que cometió cuando fue alcalde de Lunahuana. Sin embargo, después de 12 años se siga burlando de los plazos que otorga la ley para los procesados. En el cinismo de la sinvergüencería se daría el lujo de presionar para que la Corte Superior de Huaura, acelere, apresure los plazos para lograr una sentencia en el proceso judicial contra la Vice Presidencia Lita Román.
ATENTADO
 Recordemos, que ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, la secretaria judicial fue quien sindicó a la Procuradora Pública Regional del Gobierno Regional de Lima Patricia Alvarado  como la persona que presionó para que se acelere la reprogramación de la audiencia judicial de la Vice Presidenta Regional, a 5 días después de levantado el Paro Judicial. Cuando 242 causas antes que la de ella esperaban vista de causa. El escándalo fue mayor al pretender el Jefe de la Oficina Descentralizada de Control de la Magistratura, oponerse a verificar la irregularidad, desprestigiando a la administración de Justicia, y atentando contra el Debido Proceso, al vulnerarse la RECARGADA AGENDA ELECTRONICA TEMATICA del Poder Judicial.
AGENDA ELECTRONICA
La Agenda Electrónica Temática del Poder Judicial, es la programación correlativa de fechas de las audiencias de las causas judiciales, las que son registradas en el sistema computarizado del Poder Judicial de Huaura. De suspenderse las audiencias judiciales, estas serán reprogramadas en estricto orden correlativo en que fueron aplazadas, sin sufrir alteración o modificación de ninguna índole. Por ejemplo, si la Huelga  termina el 25 de Abril, las vistas de causas judiciales programadas para el 26 de Abril y así sucesivamente continuaran normalmente, y las que fueron postergadas, son reprogramadas de acuerdo y teniéndose en cuenta la RECARGADA AGENDA ELECTRONICA TEMATICA del Poder Judicial, en forma sucesiva.
ANTECEDENTE
 Recientemente el 13 de Marzo por alguna razón se postergó un proceso judicial en la Corte Superior de Justicia de Huaura y está por  la RECARGADA AGENDA ELECTRONICA TEMATICA, ha sido reprogramada para el 27 de mayo. En consecuencia, si el proceso judicial de la Vice Presidenta Regional se suspende este 27 de marzo a consecuencia de la huelga, por la RECARGADA AGENDA ELECTRONICA TEMATICA del Poder Judicial, se reprogramaría para Junio, y lo que pueda suceder en ella, iría contra todos los cálculos de plazos que tenía planeado Alvarado  para atentar contra la situación jurídica de la Vice- Presidenta Regional Lita Román. No hay forma que  impida que el 08 de Junio la Dra. Lita Román asuma la Presidencia Regional de Lima. Salvo que Alvarado no postule.

jueves, 20 de marzo de 2014

JOSI LI ALCALDE NO GRATO DE VEGUETA

El Pueblo de Vegueta, se movilizó y calificó a  José Li Nonato, de Persona No Grata a su Distrito, al burlarse de ella cuando madres de familias de Tiroles lo emplazaron mostrando el agua contaminada que consumían, tuvo la osadía de tomarse un sorbo del agua, y mojarse la cabeza, indicando que esa era el agua que consumen hace 30 años, culpando de esta tragedia a gestiones pasadas. Además responsabilizó a Jhony Erickson Meza Santillán, y a Víctor Chicchon Torres alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo  de paralizar  la obra de agua que se ejecuta en San Felipe, en el sector denominado Santa Bárbara por la Municipalidad de Vegueta y el Gobierno Regional de Lima, al habérsele otorgado la Inscripción Predial en el Registro de Contribuyentes con el que habría sorprendido la titularidad de la propiedad al Sr. Meza Santillán.

LA VERDAD: José Li, olvida que desde los 7 últimos años es el alcalde de Vegueta y no hay justificación para culpar errores del pasado, porque el único responsable de su presente es él. Para encubrir su incapacidad de no sanear debidamente el predio donde se ejecuta la obra, miente y  responsabiliza de su paralización, al Sr. Jhony Meza y al Sr. Víctor Chicchón Torres  alcalde del Centro Poblado de Medio Mundo, a pesar que este último declaró NULO la Constancia de Posesión, y declaró IMPROCEDENTE sobre anulación de la Inscripción Predial, en consecuencia corresponde a la instancia judicial decidir la titularidad del predio.

SOBRE EL TERRENO: Lo que no dice José Li, es que el acta de convenio de mutuo acuerdo, firmada en el 2012, ante el Juez de Paz del Juzgado de Medio Mundo Teodoro Espinoza Varillas, BENITO MEZA ESPINOZA, propietario de terrenos del Fundo “Agua Sacada” ubicado en el sector San Juan, Irrigación San Felipe, San Lorenzo, del CP de Medio Mundo, en vida CEDIO 278.00 m2 de las 2 hectáreas de terrenos humedales que eran de su propiedad, las que servirían para la captación de filtración de agua. Sin embargo, ahora que Benito Meza Espinoza está muerto, en sospechosa actitud la han cercado toda. Y cuando una universidad privada se habría mostrado interesada en esos terrenos ¿Traficantes de tierras?

 I.E. DE TIROLES: En cuanto a la I. E. de Tiroles “Alcibíades Fernández Guerrero” Nº 20880 a quien se le destinó para su construcción S/. 50,000.00, y no hay nada. José Li no supo justificar la incapacidad de su gestión y llamó a su Jefe de Obra para que explique el retardo, señalando: “Que el Gobierno Central les ha recortado el presupuesto,  impidiendo que se inicie la obra”. Otra mentira, porque la obra se encuentra presupuestada desde el 2011 y los recortes recién son para el 2014.

CASO TUPAC AMARU:

JOSE LI NONATO y sus funcionarios de la Municipalidad de Vegueta, 4 meses después en que sus moradores solicitan el reconocimiento de la Junta Directiva del AA.HH. “Túpac Amaru”, le comunican que la Asociación de Moradores del AA.HH. “Túpac Amaru” ha presentado una oposición en contra del reconocimiento de la elección de su Junta Directiva, lo que es inadmisible que una institución privada, obstaculice el reconocimiento de una institución social, que por ley la municipalidad debe reconocer.

MANIPULACION: En actitud manipuladora Li pretende conciliar a los socios de la Asociación con la Junta Directiva del Asentamiento Humano “Túpac Amaru”, porque es consciente que la Asociación está huérfana de apoyo y pretendería ahora que se integren  nuevamente al Asentamiento Humano. Pero, imponiendo nuevas elecciones en el AA.HH. Cuando, la Asociación   ya no tiene nada que ver nada con la Junta Directiva del AA.HH. porque por su propia decisión constituyeron otra institución, con otros intereses.

LA VERDAD: José Li no puede desconocer a la Junta Directiva del Asentamiento Humano “Túpac Amaru”, porque el 10 de diciembre de 1987, con Resolución de la Municipalidad Provincial de Chancay, firmada por el alcalde Carlos Meza Velásquez, reconoció  al AA.HH. “Túpac Amaru” de Vegueta. En el 2011 con Resolución Gerencial de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Huaura, se ratifica su RECONOCIMIENTO, como posesión informal con un área de 362,116.62 m2. Firmaba la resolución el Ing. Fidel A. Gutiérrez Milla.

ASOCIACION: El propio ex presidente de la Junta Directiva del AA.HH. Túpac Amaru Eddy Andy Julca Ariza, ha afirmado que los moradores del AA.HH. la conformaban unas 300 personas. En consecuencia, la asamblea donde tomaron la decisión de constituirse en Asociación, no fue representativa, porque solo participaron  85 moradores como indican en su minuta de constitución. Es evidente que la simularon, porque a decir de la mayoría de los moradores desconocían la agenda por decidir.

REACCION: El rechazo fue inmediato, y más de 500 moradores del AA. HH. “Túpac Amaru”, el 28 de octubre del 2013, promovieron la conformación de un  Comité Electoral, presidida por el Sr. TEODORICO JULIO TRINIDAD REQUENA. Siendo reconocida con Resolución Nº 024 del 30 de octubre del 2013 emitida por la Dirección de Programas sociales y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Vegueta.

NUEVOS DIRECTIVOS: Con expediente Nº 4896- 2013, TEODORICO JULIO TRINIDAD REQUENA presidente del Comité Electoral del AA.HH. Túpac Amaru  puso de conocimiento de la Municipalidad de Vegueta de los directivos elegidos, presidido por: JUAN TOLENTINO FLORES, solicitando su reconocimiento. Siendo, reconocido con Resolución de Gerencia Municipal. Pero, en acto de ABUSO DE AUTORIDAD José Li alcalde de Vegueta anuló la resolución y despidió a su Gerente Municipal.

INVASION: Con engaños el alcalde José Li, mantiene en la incertidumbre el reconocimiento de la Nueva Junta Directiva del AA.HH. “Túpac Amaru”, la que es aprovechado por directivos de la Asociación, invadiendo terrenos que son de propiedad del Asentamiento Humano “Túpac Amaru”, la que contaría con el aval, y el presunto compromiso que si Li es reelegido como alcalde, obtendrían saneados legalmente sus terrenos.

DIVISION: No hay duda que José Li, es el propiciador y promotor de la división y confrontación de los moradores del AA.HH. “Túpac Amaru” por ser ácidos cuestionadores de su gestión municipal, ahora que la Asociación está huérfana de apoyo, sus planes de entornillarse en el cargo para ser tontos útiles de Li para su reelección han fracasado, ahora quieren desconocer su Asociación, retornar a la Junta Directiva del AA. HH., e imponer la convocatoria a nuevas elecciones para elegir la nueva Junta Directiva del AA.HH. Nos parece el colmo y exagerado, si bien no se le puede negar su retorno si la Junta Directiva así lo deciden, pero sin NEGOCIACIONES, NI CONCILIACIONES.

miércoles, 19 de marzo de 2014

ALVARADO EN EMERGENCIA

Cambios y circunstancias de última hora que atentarían contra el intento de la reelección a la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima, estarían llevando a Javier Alvarado y a su entorno a replantear su estrategia para no tener obstáculos posteriores después de su obligada  solicitud de su licencia al cargo que tiene como fecha límite el 07 de junio del 2014, para tener opción de participar en las elecciones regionales.

HUELGA

El 25 de marzo del presente año, se inicia la Huelga Indefinida de los Trabajadores Judiciales en todo el país, y siendo el 27 de marzo la fecha de la audiencia del proceso judicial contra la Vice- Presidenta Regional Lita Román Bustinza por los presuntos delitos de Usurpación de Funciones y Falsedad Genérica, que le ha formulado la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lima para impedirle que sustituya a Alvarado en el cargo de la Presidencia Regional, al solicitar su licencia para buscar su reelección esta sería postergada a otra fecha que se desconoce.

CONSECUENCIA

La postergación de la reprogramación de la audiencia, retardaría la sentencia y el cambio de situación jurídica de la de comparecencia simple que mantiene actualmente por el proceso judicial la Vice Presidenta Regional por la de detención efectiva que sería la única causal que tendría el Consejo Regional para sancionarla a seguir ejerciendo el cargo e impedir que sustituya al Presidente Regional. Circunstancias que esperaría con ansiedad Javier Alvarado para salvarse de sus propios demonios que sabría que deja en su administración al frente del Gobierno Regional.

CAMBIO

La posibilidad de una postergación del cambio de la situación jurídica de la Vice Presidencia Regional Lita Román Bustinza, habría inducido a Alvarado a tomar la decisión, de no esperar más a pesar de las lamentaciones a cuestas que la Vice Presidenta Regional lo sustituya en su cargo, y proclamar su candidatura a la reelección, la que ahora ya no es un deseo, o un anhelo personal, es una necesidad para preservar su influencia política para no arriesgar su situación jurídica en los comprometidos casos judiciales en que se encuentra delicadamente involucrado.

TENEBROSO PLAN

Pero, la intencionalidad de encarcelar a la Vice Presidenta Regional con la presumible complicidad del Juez Ismael Felipe Orosco Huayanay que la procesa, para sacarla del escenario de la administración regional, seguiría en pie, y ahora estarían afirmando que no hay forma de impedir que Lita Román asuma el encargo de la Presidencia Regional el 07 de Junio cuando Alvarado solicite su licencia para buscar la reelección de la Presidencia Regional. Pero, guardan esperanzas que su periodo sea solo por un mes y medio porque de todas maneras la sentencia y el cambio de la situación jurídica descabellada contra la Vice Presidenta Regional, se daría.

PREPARANDOSE

La orden, ante la presumible asunción al cargo de la Presidencia Regional de Lita Román Bustinza sería resistir hasta donde sus esfuerzos y las normas se los permita, para ello Alvarado estaría removiendo a su personal y colocándolos en cada cargo y plaza donde se necesita resguardar documentación con extrema confianza, que hoy sus funcionarios y servidores regionales preparan y “regularizan” hasta altas horas de la madrugada. Para, ello el Martes 18 de Marzo en horas de la tarde se habría convocado a una reunión partidaria de emergencia de “Patria Joven” en la  misma Gerencia de Desarrollo Social que despacha Marcelo Lévano Solari, para acordar las medidas de emergencia.

 TRISTES

Los más preocupados son los Gerentes, funcionarios y Directores Regionales, quienes ya presienten sus despidos, pero guardan la esperanza que en mes y medio los vuelvan a contratar y retornar a sus cargos. Teniendo en cuenta que la Sala de  Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, Absolvió de ABUSO DE AUTORIDAD a la Presidenta Regional Encargada Lita Román al despedir a Estrella, y si los despide a la fuerza, estará dentro de su derecho de Función y Atribución, tal como se lee en la sentencia de absolución.

martes, 18 de marzo de 2014

EN LA PICOTA: CASO FNVER- CAÑETE ALVARADO GUARDO SILENCIO

Recordemos que en el 2010 en plena campaña a la Presidencia Regional de Alvarado, fue denunciado por su regidora y fundadora del Movimiento Político “Patria Joven” por defraudar los Fondos de FINVER durante su gestión como alcalde de Cañete. Alvarado, cada vez que era emplazado por el robo cometido por  sus funcionarios, respondía que él se había encargado de denunciarlos ante el Ministerio Público de Cañete. Entidad que en ese entonces prácticamente la tenía secuestrada a su favor. Ahora, conjuntamente con sus supuestos denunciados es investigado por presunta complicidad en el mismo proceso por los ilícitos cometidos.

CONTRALORIA

Informó que funcionarios de confianza de Alvarado cuando era el alcalde provincial de Cañete entre el 2007 y el 2010, se apropiaron de más de un millón de soles que recibieron de FINVER -Cañete, no rindiendo cuentas o sustentaron gastos con documentos carentes de veracidad. El informe  indignó, al no responsabilizarse al alcalde Alvarado ante los hechos y pruebas que le imputaban responsabilidad, por lo que los Regidores Provinciales de Cañete aprobaron conformar una Comisión Investigadora, la que sugirió finalmente ampliar la denuncia contra él. Los actuales, regidores provinciales de Cañete de la bancada de “Patria Joven” que a la vez son funcionarios del Gobierno Regional de Lima, ante las evidencias aprobaron el dictamen, luego pretendieron desconocerlo, pero ya era demasiado tarde la denuncia había sido presentada a la Fiscalía.   

DENUNCIA

En la ampliación de la denuncia se comprendió a Javier Alvarado, por la presunta comisión de los delitos contra la Administración Pública- Delitos cometidos por Funcionarios Públicos- PECULADO, MALVERSACION DE FONDOS, COLUSION DESLEAL, ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR y OMISION, RETARDO E INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES en agravio del estado y de la Municipalidad Provincial de Cañete.

DECLARACION INDAGATORIA

El denunciado JAVIER ALVARADO, hizo uso de su derecho de guardar silencio ante el Fiscal EMILIO PRADO MACALUPU que lo investiga. Pero, se estableció, que durante su desempeño en el cargo, no enmendó la situación ilícita que dejo la alcaldesa provincial RUFINA LÉVANO QUISPE, y el director administrativo RÓMULO PERSING CÁRDENAS RUIZ. Quienes dispusieron en la sesión de Consejo de fecha 06 de mayo del 2003, la apertura ilícita de una cuenta corriente denominado FINVER- Cañete en el Banco Continental. Años después Alvarado sin conformar el Comité Directivo, con oficio directo de su firma de puño y letra solicitó al Banco Continental, el registro de las nuevas firmas del titular y suplente, designando a MANUEL MARQUEZ VIVANCO Y EDUARDO DALADIER WANUS GONZÁLES como los funcionarios autorizados para el manejo de la cuenta corriente. Ellos antes de advertirle que su designación contravenía a la normativa del Decreto Ley Nº 22831 del FINVER la aceptaron. Al igual que el Gerente del  Banco Continental  permitió que la cuenta corriente continuara vigente, haciéndose por ello cómplices de los actos ilícitos en que venían incurriendo los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Cañete. Posteriormente de esa cuenta se hizo retiros de dinero sin control, ni supervisión desde el 02 de enero del 2007 hasta el 17 de setiembre del 2010 por un monto de S/. 4´294, 874.05, los que fueron retirados con 270 cheques del Banco Continental sin sustento.

INDICIOS

El Segundo Despacho de Adecuación de la Primera Fiscalía Penal Corporativa  de Cañete, ha establecido que se dan los presupuestos que exige la investigación preparatoria previstas en el Código Procesal Penal; al existir indicios reveladores de la existencia de un delito, y toda vez que la acción penal no ha prescrito y al haberse individualizado al IMPUTADO. DISPUSO; formalizar investigación preparatoria contra JAVIER ALVARADO por el delito contra la Administración Pública, Delitos cometidos por Funcionarios Públicos PECULADO Y OMISION, RETARDO E INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES; y contra la tranquilidad pública- Delitos contra la Paz Social- ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR.