EN LA MIRA CON JR

EN LA MIRA CON JR

martes, 3 de septiembre de 2013

EL FIN EN SETIEMBRE NEGRO PERSIGUE A ALVARADO

Para el 5 de Setiembre del 2013: Están citados el Fiscal, Procurador, los acusados y los abogados del proceso de Enjuiciamiento Oral  contra Javier Alvarado por los presuntos delitos de COLUSION, MALVERSACION DE FONDOS Y PECULADO DOLOSO que cometió cuando fue alcalde de Lunahuana, por lo que se solicita 11 años de cárcel para el acusado.
LA SOMBRA DE SETIEMBRE
 Parece maldecir al acusado, porque ahora con la modificatoria del artículo 85º, de la Ley 30076 publicada el 19 de agosto del 2013 en el diario oficial “El Peruano” las audiencias son INAPLAZABLES. No habrá más retardos, si no asisten los abogados, se llevará a cabo con los defensores de oficio.
COMPLICES AL DESCUBIERTO 
 Con las sentencias de los HABEAS CORPUS solicitados ante el Poder Judicial de Chincha y el Callao demandando a la Fiscal de Cañete Elizabeth Vadillo Leaño, por haber afectado su garantía constitucional al debido proceso por infracción a la cosa decidida y vulneración de la garantía de motivación de la resolución en la investigación que lo acusa. Alvarado  ha puesto en evidencia a quien, le permitió burlarse once años de la justicia.
Las sentencias fueron contundentes  y señalan que en la resolución de la fiscal denunciada  se observa la falta de conexión objetiva entre los hechos atribuidos  y los medios probatorios que  vinculan al acusado con los cargos formulados en la resolución fiscal de formalización e investigación preparatoria, siendo evidente la ausencia de delimitación de cargos y el desarrollo de las conductas ilícitas atribuidas al acusado”.
Lo que habría significado que si la Acusación de la Fiscal  Elizabeth Vadillo Leaño en contra de Alvarado a 6 años de cárcel prosperaba, es posible que solo en la Audiencia de Control de Acusación esta  ya se hubiera caído y el  acusado habría sido absuelto a pesar de todas las pruebas que lo sindican como responsable de los delitos que cometió como alcalde de Lunahuana ¿Alguna duda de la complicidad de la Fiscal con Alvarado?
OTRO RETARDO QUE SE CAYO
El Juez de Lunahuana Luis Fernando Chávez Acharte, no permitió que el acusado, obtuviera el sobreseimiento del delito de PECULADO DOLOSO, solicitada por la Fiscal que llegó  hasta la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sin suerte para el acusado.
Siendo el Fiscal JONATTAN HERNANDEZ, quien reformuló la acusación contra  Alvarado a 11 años de cárcel, la que ahora solicita su nulidad y la del Enjuiciamiento Oral, en un nuevo intento de retardar el proceso.
NULIDAD DE OFICIO
Lo primero que tendrá que resolver, el Juez Pablo Huertas Mogollón en la Audiencia de Enjuiciamiento Oral contra el acusado Alvarado, es sobre está NULIDAD DE OFICIO y  si la ley es para todos, el Juez, debe declararlas improcedentes, porque estas fueron cuestionados oportunamente en las instancias correspondientes, y le fueron desfavorables avanzando el proceso al estado en que se encuentra. Lo que no hay discusión.
Es más en el Nuevo Código Procesal Penal, en el TITULO III DEL AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en su artículo 363 en su numeral uno establece: El Juez dictará auto de enjuiciamiento. DICHA RESOLUCIÓN NO ES RECURRIBLE”. Es decir no tiene recurso de nulidad, y si el acusado apela el recurso negado, esta no paralizará el proceso que debe continuar el día fijado.
La sombra de SETIEMBRE NEGRO persigue el FIN del acusado ALVARADO.




1 comentario:

  1. quien escribe estas notas?
    deberían asesorarse de un abogado antes de escribir tonterías...
    para empezar las normas procesales son de carácteer instrumental, son un medio, no un fin. esto quiere decir, que si se vulnera un derecho constitucional, es juez está en la obligación de corregir o reparar la infracción. es por eso que la nulidad siemple va implícitamente en cada acto procesal, llámese juicio oral o lo que sea, pues el juez en virtud del principios de iura novit curie y supremacía de la constitución, prefiere ésta y si una acto recorta ese derecho fundamental, se tiene que declarar su nulidad. esto lo saben todos los jueces del país. por más que norma procesal diga que es irrecurrible, si se da un vicio de nulidad, se debe declarar como tal por el mismo juez que lo advierte..el decir, irrecurrible quiere decir que no puede ser reexaminado por un juez de grado superior, lo que es no es el caso..sugiero que contraten urgentemente a un abogado procesalita para que asesore al seudo comunicador autor de esta nota periodística...jjajaja..que gracios son...jajaja

    ResponderEliminar