EN LA MIRA CON JR

EN LA MIRA CON JR

domingo, 17 de agosto de 2014

SI LA PLATA NO SE IMPONE, MARREROS, D'JANGO Y NANDO ALVARADO DEBEN SEGUIR COMO CANDIDATOS EN CARRERA ELECTORAL


¿Estará la MAFIA DE LA CORRUPCION RE- REELECCIONISTA, LOS CANDIDATOS CORRUPTOS “OFICIALISTAS” DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, DEL APRA Y VAMOS PERU PRESUMIBLEMENTES VINCULADOS AL NARCOTRAFICO, detrás de las TACHAS de las candidaturas de  EDGAR MARREROS SAUCEDO a la alcaldía provincial de Barranca y de sus candidatos alcaldes distritales por Supe Pueblo DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO y FERNANDO ALVARADO por Paramonga todos ellos del Partido Alianza para el Progreso de la Provincia de Barranca, quienes coincidentemente por su compacta estructura de sus candidatos provinciales y distritales lideran todas las encuestas y preferencias electorales en esa provincia? ¿Quieren forzar la salida de sus candidaturas? Usted mismo JUZGUE.
MISTERIO
 No, se encuentra otra explicación porque la misma persona que TACHA pago para presentar sus DEMANDAS en sospechosa coincidencia para los tres candidatos ante el Jurado Especial de Elecciones de Huaura. Y es la misma que ante las declaraciones INFUNDADAS de sus tres DEMANDAS en esta instancia por ser inexistentes e inconsistentes. A pesar de ello pagó el costo de la APELACION que es mayor el monto ante el Jurado Nacional de Elecciones, salvo ¿Qué este esperando el compromiso de un arreglo de declararlas FUNDADAS en esa instancia de quien presuntamente le generó la esperanza que presente las TACHAS?  No hay otra explicación, en consecuencia requiere de una rigurosa investigación del Ministerio del Interior  a estas personas porque la MAFIA estaría buscando posesionarse en Barranca a costa de TACHAR candidatos, para que sus candidatos vinculados al ilícito tengan la probabilidad de llegar al poder, quedamos NOTIFICADOS y después no estemos LAMENTANDONOS.
DEMANDA
La tachante en sus tres demandas alega que el partido político Alianza para el Progreso ha trasgredido su instructivo por no haber respetado el numeral 7. De los precandidatos, en su párrafo cuarto que establece como condición lo siguiente “… en la preparación de las listas de candidatos de Regidores en el Nº 02 de esta lista, debe colocarse a una candidata mujer joven, (no mayor de 28 años), de manera tal que nuestro Partido asegure la real participación de las cuotas de edad y género entre los que resulten elegidos, de forma preferente”
CONTRAPARTE
Es posible que por ignorancia en el derecho de la tachante para interpretar la referida norma, la llevara a ser utilizada para presentar la DEMANDA. Porque hasta un alumno del primer ciclo de derecho hubiera interpretado que el instructivo señala en forma clara y precisa, en su numeral 7. De los precandidatos, en su párrafo cuarto establece como condición lo siguiente “… en la preparación de las listas de candidatos de Regidores en el Nº 02 de esta lista, debe colocarse a una candidata mujer joven, (no mayor de 28 años) y en el cuarto lugar un candidato varón joven (no mayor de 28 años), de manera tal que nuestro Partido asegure la real participación de las cuotas de edad y género entre los que resulten elegidos, DE FORMA PREFERENTE” Entendiéndose que dicha disposición es recomendatoria y NO es obligatoria.
INFUNDADA
En consecuencia, en el presente caso, los elementos presentados por la tachante, NO INVALIDA la forma de haber realizado las elecciones internas por parte del partido político ya que el acta se desprende que cumple con los requisitos de cuota joven y de género, por tanto no ameritaba que la TACHA sea declarada FUNDADA.
RESOLUCION
Por lo que el Jurado Electoral Especial de Huaura con Resolución Nº 00004- 2014, declaró INFUNDADA la tacha interpuesta contra la inscripción de las listas de la organización política “Alianza para el Progreso” correspondientes a la alcaldía provincial de Barranca, distritales de Supe Pueblo y Paramonga, para participar en las elecciones 2014.
APELACION
Dicha RESOLUCION ha sido APELADA ante el Jurado Nacional de Elecciones. Y sin que se fije fecha para su vista de causa en esa instancia, los VOCEROS DE LA MAFIA DE LA CORRUPCION Y EL NARCOTRAFICO, a pesar que a la luz de los HECHOS Y DE LA NORMA debe CONFIRMARSE la calidad de INFUNDADAS de las tres demandas. Porque en todo caso se presumiría ilícitas negociaciones, que serían todo un ESCANDALO.
 CONVICCION
Para que no se empañe la TRANSPARENCIA de las elecciones, EDGAR MARREROS SAUCEDO candidato a la alcaldía provincial de Barranca, David D´JANGO Nishijima Villavicencio como candidato a la alcaldía distrital de Supe Pueblo y Fernando Alvarado como candidato a la alcaldía distrital de Paramonga por el partido Alianza para el Progreso deben CONTINUAR EN EL PROCESO ELECCIONARIO MUNICIPAL Y REGIONAL 2014. Y sin mejor parecer porque la LEY ES LA LEY.

No hay comentarios:

Publicar un comentario