EN LA MIRA CON JR

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jueves, 30 de octubre de 2014

BARRANCA INDIGNADA ANTE EMBARGO POR DEUDA DE ULLILEN

Si usted pensaba que Romel Ullilen Vega, y su gerente municipal Juan Valencia Rincón

administraron exitosamente la Municipalidad Provincial de Barranca durante 8 años de gestión, sentimos decepcionarlos porque después de leer este informe, no le quedara la menor duda que reconocer cuan irresponsable, e incompetente manejaron las deudas coactivas, remitidas a las centrales de riesgos, para  ordenar sus cobranzas coactivas, y finalmente EMBARGAR los recursos económicos de la municipalidad. Esta es la herencia de la administración municipal de Ullilén que ahora avergüenza a la provincia de Barranca:
2003: Deuda sin pagar a FONAVI asciende a S/. 625,664.00. EN EL 2009: La Deuda al Tesoro Público ascendió a S/. 450, 377.00. Deuda a ESSALUD S/. 529, 800 Y ONP S/. 398,207.00. 2010: Deuda a ESSALUD S/. 63,293.00. 2011: Deuda al Tesoro Público S/. 592,831.00. Deuda a ESSALUD S/. 73,561.00. Y ONP S/. 97,177. 2012: Deuda al Tesoro Público S/. 493.547.00. Deuda a ESSALUD S/. 643,036.00. Deuda a la ONP S/. 351,976.00. 2013: Deuda al Tesoro Público S/. 245,808.00. Deuda a ESSALUD S/. 626, 542.00. Deuda a ONP S/. 291, 727.00.
POR RUBRO
DEUDA Al FONAVI: S/. 625,664.00.
LA DEUDA AL TESORO PÚBLICO: Asciende a S/. 1´245, 394.00, dinero que proviene de los Impuestos a la Renta de Cuarta Categoría que fueron retenidos por la Municipalidad Provincial de Barranca por los cobros de servicios profesionales que realiza. Los de Quinta Categoría son los impuestos retenidos por el pago de trabajadores que son superiores a los 1,800 nuevos soles. A mayor sueldo, mayor será el descuento ¿Dónde está el dinero  del impuesto acumulado retenido?
LA DEUDA DE ESSALUD: Asciende a S/. 1´936,232.00. Dinero que proviene del 9% que la Municipalidad Provincial de Barranca aporta a ESSALUD en beneficio de los trabajadores ¿Dónde está el dinero?
LA DEUDA A LA  ONP: Asciende a S/. 1´139,087.00. Es la que proviene del 13% que se retiene del sueldo del trabajador para su pensión de jubilación. Se retuvo, pero no se pagó a la SUNAT. ¿Dónde está el dinero?
LA DEUDA DE LA GESTION DE ULLILÉN
Asciende a S/. 4´320,713.00 atentando contra el Tesoro Público, la salud y la pensión de la jubilación de los trabajadores ¿Qué opinión le merece?
DEUDA TOTAL DE LA MUNICIPALIDAD
La deuda asciende a S/. 4´946,377.00. Ullilén se irá a su casa, mientras otros pagaran su deuda ¡QUE VERGÜENZA!

EN BARRANCA LA OBRA MAL CONSTRUIDA DE NELSON CHUI
NELSON CHUI en su gestión regional ejecutó la “CONSTRUCCION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL BALNEARIO DE CHORRILLOS, MIRAFLORES, PUERTO CHICO Y ATARRAYA EN LA PROVINCIA DE BARRANCA” ejecutada por CONSORCIO BARRANCA que tiene como propietario al Ing. VICTOR CARBAJAL ZORRILLA a un costo de S/ 5´000.000.

DE LA ESTACION DE BOMBEO DE MIRAFLORES
 1.- De acuerdo al proyecto, debería funcionar con dos electrobombas proyectadas sumergibles de 25 HP de potencia, operando una y la otra en reserva para evacuar las aguas servidas de la cámara húmeda reunidas del balneario Puerto Chico y Chorrillos hacia el emisor en la Av. Costanera.
2.- Desde febrero del 2011 en que funciona el sistema de bombeo el Gobierno Regional de Lima  no le ha  efectuado mantenimiento alguno.
3.- A un año de funcionamiento las electrobombas quedaron inoperativas.
4.- En abril del 2013 el Gobierno Regional de Lima acondicionó una electrobomba de 40 HP la que quedo inoperativa el 04 de mayo del 2013.
5.- Tableros eléctricos  inoperativos por su mala implementación.
6.- El grupo electrógeno auxiliar para asegurar el abastecimiento de energía eléctrica, se encuentra inoperativa.
ESTACION DE BOMBEO DE PUERTO CHICO
1.- Se inició con dos electrobombas de menor capacidad quedando una de ellas inoperativas.
ESTACION DE BOMBEO DE ATARRAYA
1.- Están inoperativas sus dos electrobombas y los tableros eléctricos.
CONSECUENCIAS
1.- En el SECTOR DE MIRAFLORES el Ing. Willi Enrique Lazo Moreno Coordinador de Obras Regional de Lima desvió el desague del balneario por la caja domiciliaria del Restaurante “EL YATE”, conectándolo hacia un afluente de agua de filtraciones que sale hacia la playa de MIRAFLORES, causando malos olores y contaminando la playa.
2.- En el SECTOR DE ATARRAYA se genera una acumulación de las aguas servidas y rebose por el buzón de reunión previo al ingreso de la cámara, saliendo este rebose hacia una acequia de canal de riego agrícola   contaminándola y  generando condiciones insalubres.
3.- Desde el 2011 el Gobierno Regional de Lima, no realiza la entrega de la obra a SEMAPA Barranca por razones de subsanación de observaciones realizadas por la Comisión Permanente de Obras de Saneamiento.
 REUNION
Ante la CONTAMINACION de las playas de Barranca en el SECTOR DE MIRAFLORES Y ATARRAYA generada por la mala construcción de esta obra en gestión de NELSON CHUI. El REELECTO alcalde  provincial de Barranca por el Movimiento Político “La Familia” ROMEL ULLILEN VEGA guardó  silencio cómplice ni denunció la obra mal ejecutada. El 22 de enero del 2014 se reunieron en las instalaciones de la Municipalidad Provincial  de Barranca, JUAN VALENCIA RINCON, y MELVA BARRENECHEA BORJA funcionarios de ULLILEN, y los representantes zonales del Gobierno Regional de Lima, acordando:
1.- Que el Gobierno Regional de Lima colocaría las bombas reparadas.
2.- SEMAPA Barranca remitirá a la Municipalidad Provincial de Barranca la relación de las personas que contaminan el mar, para que proceda según sus facultades por la CONTAMINACION AMBIENTAL que generan.
3.- El Gobierno Regional de Lima se compromete a TRANSFERIR la Obra del Balneario a la empresa SEMAPA Barranca a más tardar el 15 de marzo del 2014, para lo cual todas las observaciones habrían sido levantadas.
SEIS MESES DESPUES
1.- COLAPSARON el sistema de recolección de las aguas servidas.
2.- El Gobierno Regional no comunica los trabajos realizados para subsanar el ingreso de agua procedente de las filtraciones del balneario.
3.- No se entrega la obra a SEMAPA Barranca.
REPRESALIAS
Decir la verdad nos cuesta a ser sometidos a represalias de difamaciones y vilipendios por presuntos comunicadores que ni siquiera rebaten nuestra información, solo nos atacan financiados por las malas autoridades regionales y provinciales que pretenden encubrir sus CORRUPTAS gestiones. Nuestros 38 años de trajinar periodístico y bien reconocidos en el territorio nacional no puede hacernos retroceder a seguir apostando por la verdad en la ciudad de Barranca y menos ahora que en el menor tiempo que esperábamos hay reacciones desesperadas ante nuestro intento de sacudir del SILENCIO COMPLICE en que se han mantenido nuestros gratuitos adversarios. La PRENSA SICARIATA de Barranca, durante años han mantenido SECUESTRADOS- CHANTAJEADOS, Y AMENAZADOS a las autoridades regionales y municipales cobrando millonarias sumas de dinero a cambio de blindarlos y encubrirlos en sus gestiones CORRUPTAS. La prensa sicariata no nos puede intimidar. Nosotros no pararemos hasta verlos en la cárcel a todos aquellos que le ROBARON el dinero que es de todos los barranquinos. Este anhelo no es venganza, u odio, nuestra terquedad es JUSTICIA nada más. AMEN.


lunes, 27 de octubre de 2014

AUDIENCIA PUBLICA DEL FISCAL DE LA NACIÓN

Es necesario organizar una cruzada cívica para recuperar la dignidad y el respeto ciudadano. No podemos seguir viviendo como sirvientes de quienes han hecho de la política un negocio para enriquecerse, destruir instituciones como la empresa SEMAPA BARRANCA, y generaciones de ciudadanos a quienes, en su mayoría, les da lo mismo que los corruptos destruyan los valores intelectuales, morales y cívicos.

AUDIENCIA
Por eso, acudimos a última hora a la AUDIENCIA PÚBLICA convocada por el FISCAL DE LA NACION llevada a cabo en la Universidad de Huacho, la que no contó con  participación ciudadana ante una sospechosa falta de comunicación para su convocatoria. Por lo que se quedaron sin declarar muchas denuncias de los excesos que se cometen en las Fiscalías de Huaura o de Barranca, que permiten la impunidad de probados corruptos que se encuentran en el gobierno regional, municipalidades provinciales y distritales. Nosotros acudimos a la Audiencia, a pesar que en una similar el ex - Fiscal de la Nación José Antonio Peláez no cumplió lo prometido con erradicar las MAFIAS que se establecen en dichas Fiscalías.
DENUNCIA
El caso denunciado ante la AUDIENCIA PUBLICA fue el expediente 1388-2012, donde MIGUEL ANGEL MILLA SAMILLAN apoderado legal de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Barranca, formula DENUNCIA PENAL ante el Fiscal de Turno de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de la Provincia de Barranca. Por el presunto delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA EN SU AMPLIA MODALIDAD DE INFRACCION DE DEBERES FUNCIONALES, CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN SU MODALIDAD DE ENCUBRIMIENTO PERSONAL Y REAL, Y CONTRA EL PATRIMONIO EN SU MODALIDAD DE FRAUDE EN LA ADMINISTRACION DE PERSONAS JURIDICAS, Y OTROS. Contra la empresa, Municipalidad Provincial de Barranca, y el estado.
DENUNCIADOS

Los denunciados son los funcionarios: DON: WILFREDO OSWALDO LEON MILLA (autor) Gerente General de la Empresa SEMAPA- Barranca. DON: VICTOR SIPION VALDIVIA, Auditor Interno. Y DON: ANGEL GARCIA ARENAS, Jefe del Departamento de Contabilidad. Quienes, perjudicaron el  patrimonio de los intereses de la empresa SEMAPA – Barranca, por el monto aproximado de S/. 3´000,00.
LOS ILICITOS
SEMPA- Barranca contrató a un asesor legal que cumplía las mismas funciones en la Municipalidad Provincial de Huaura, percibiendo doble remuneración en dos entidades públicas. La que se encuentra prohibida por ley. El Gerente General cometió fragantemente el delito de Nepotismo, al contratar a su cuñado, hermano de su esposa en un cargo gerencial, a quien sin autorización del directorio de la empresa, le subió tres veces sus remuneraciones mensuales. Condonó el pago por servicios de agua por más de un millón de nuevos soles a la Municipalidad Provincial de Barranca, beneficio que por ley se encuentra prohibida. El dinero para obras de la empresa fueron destinadas al pago del aumento y beneficios del personal, donde el gerente mismo firmaba los acuerdos. Los Fondos de Emergencia, a pesar que son fondos INTANGIBLES para obras de servicio de agua y alcantarillado de la comunidad, fueron utilizados para el pago al desmedido incremento de trabajadores en la empresa. Incluso, utilizaron este fondo que ascendía a S/. 100,000.00 nuevos soles, como garantías de préstamos en entidades financieras, malversando fondos en un aproximado de S/. 93,000.00, sólo quedando una liquidez de S/. 7,000 nuevos soles al momento en que se efectuaba la denuncia. A pesar que de todos los ilícitos se ofrecía pruebas objetivas de cargo, los FISCALES LO ARCHIVARON.
VERGÜENZA FISCAL
El Fiscal Provincial de Barranca RENATO AYLAS ORTIZ, responsable de la investigación a pesar que el denunciante con declaraciones efectuadas que solo ameritaba confirmarlas le solicitaba efectuar 11 diligencias preliminares, sin embargo sospechosamente solo efectuó tres de ellas que eran solo recepcionar declaraciones de los denunciados. El otrora aguerrido Defensor de Oficio del Poder Judicial de Trujillo, y ahora Fiscal Adjunto Provincial de Barranca JAIME ENRIQUE VALDEZ SANTILLAN, Dispuso declarar no Haber Lugar a Formalizar y Continuar La Investigación Preparatoria. Finalmente, después de un año de presentada la denuncia, el mismo fiscal, dispuso declarar IMPROCEDENTE su recurso de queja de derecho interpuesto por la persona de MIGUEL ANGEL MILLA SAMILLAN, según él por CARECER DE LEGITIMIDAD PARA APERSONARSE en la  investigación ¿Esperó un año el Fiscal Jaime Enrique Valdez Santillán para decirle al denunciante que no tenía legitimidad para denunciar? ¿Y desde cuando en el Perú se tiene que tener legitimidad para denunciar delitos debidamente sustentados y probados? ¿Acaso ante las evidencias, indicios de los delitos no son los fiscales los que deben actuar de oficio para investigar de un hecho delictuoso? Usted que dice amable lector merecen, o no merecen ser investigados estos fiscales.

domingo, 26 de octubre de 2014

2015 NUEVO ESCENARIO POLITICO EN LA REGION LIMA

Según la Oficina Nacional de Procesos electorales (ONPE), el domingo 07 de diciembre, ciudadanos
de la región Lima acudirán nuevamente a las urnas, a fin de elegir en segunda vuelta electoral al presidente del Gobierno Regional de Lima para el período 2015- 2018.
ELECCIONES
La elección será entre NELSON CHUI  del Movimiento Político Regional Concertación Para el Desarrollo Regional “La Familia” quien alcanzó 92,220 votos que equivalen al 19.10%; mientras que Andrés Tello del Movimiento Político Regional “Patria Joven” obtuvo un total de 65,512 votos, es decir, un porcentaje del 13.58%, en la región Lima.
De acuerdo a los últimos informes obtenidos NELSON CHUI pierde respaldo en el norte chico, propiamente en la provincia de Barranca donde su candidato provincial Romel Ullilén Vega aparte de haber sido su contrapeso de su fracaso electoral en las últimas elecciones se convierte en el mayor escollo para realizar cualquier tipo de alianzas de respaldo, mientras que Andrés Tello recibe en el sur el respaldo de diversas organizaciones políticas, personalidades y organizaciones de base.
PRONOSTICO
Para los entendidos, el pronóstico es reservado, porque todo dependerá de la predisposición de los candidatos en ampliar su base política  en aras de la gobernabilidad de la próxima administración regional. Escenario político que a la luz de los resultados de las elecciones regionales y municipales 2014 también se reflejaran en el Consejo Regional y en las alcaldías de las Municipalidades Provinciales de la Región Lima.
COMPOSICION
 CONCERTACION PARA EL DESARROLLO REGIONAL “LA FAMILIA”; En  las elecciones regionales del 2010, obtuvo 7 Consejeros Regionales: Anselmo Eleuterio Ventocilla, por la Provincia de Cajatambo. Hugo Fredy Gonzales Carhuavilca, por la Provincia de Huarochiri. Olmer Torres Albornoz, por la Provincia de Oyón. Marcial Alcibíades Palomino García Milla, por la Provincia de Huaura. Julissa Marcelina Rivas Berrocal, por la Provincia de Canta. Y Beatriz Eugenia Castillo Ochoa, por la Provincia de Barranca. En las elecciones regionales del 2014, solo obtuvieron 2 Consejeros Regionales: Miguel Angel Mufarech Nemy, por la Provincia de Huaura, y Luis Alberto Casas  Sebastian, por la Provincia de Huaral. Mientras de los 9 alcaldes provinciales que integran la Región Lima, han obtenido 2: Humberto Barba Mitrani en la Provincia de Huaura, y Anita Kobayashi en la Provincia de Huaral. 
MOVIMIENTO POLITICO REGIONAL “PATRIA JOVEN”: En las elecciones regionales del 2010, obtuvo 1 Consejero Regional: Rosa Liliana Torres Castillo. En las elecciones regionales del 2014, obtuvieron 3 Consejeros Regionales: Vladimir Alexander Rojas Hinostroza, por la Provincia de Cañete. José Luis Romero Aguilar, por la Provincia de Huarochiri. Y Miguel Ángel Ambieto Elguera, por la provincia de Yauyos. Obtuvieron 2 alcaldías provinciales: Hugo Fredy Gonzales, de la Provincia de Huarochiri. Y Diomedes Dionisio Inga, de la Provincia de Yauyos.
FUERZA REGIONAL; En las elecciones regionales del 2010, obtuvo 1 Consejero Regional: Oswaldo Merino Espinal, por la Provincia de Huaral. En las elecciones regionales del 2014, obtuvieron 1 Consejero Regional: Aníbal Ramón Ruffner, por la provincia de Canta.
ALIANZA PARA EL PROGRESO: Nueva organización política en el Consejo Regional de Lima. En las elecciones regionales del 2014, han obtenido 3 Consejeros Regionales: Jorge Martin Taboada Samanamud, por la Provincia de Barranca. Hugo Filar Pérez Cueva, por la Provincia de Oyón. Y Vicente Sabino Rivera Loarte, por la provincia de Cajatambo. Obtuvieron 2 alcaldías provinciales: Elgar Marreros Saucedo, en la Provincia de Barranca. Y Grover Alva Arce en la Provincia de Cajatambo. 
OTROS ALCALDES PROVINCIALES
UNIDAD CIVICA LIMA: Alexander Bazán Guzmán, en la Provincia de Cañete. PARTIDO APRISTA PERUANO: Edgardo Huaraz Ugarte, en la Provincia de Oyón. Y PARTIDO “SIEMPRE UNIDOS”: Wilfredo Huapaya Vilcapoma, en la Provincia de Canta.
REFLEXION

El resultado electoral, refleja que nadie tiene la primacía de la primera fuerza política regional, ello debe servir para encontrar, a través de la estrategia política, el acuerdo entre las fuerzas rivales, adversarias, pero no enemigas. Escuchamos, y leemos a aquellos pitonizos de la política, quienes quieren dar cátedra moral de política, cuando encubren su hipócrita moral, pretenden que todos piensen como ellos, quieren poner la agenda del derrotero diario de la política regional y provincial sin haberle ganado hasta ahora a nadie, y solo están inmersos en la derrota y el fracaso, y piensan en su estrecha materia gris cerebral que todos deben estar detrás de sus furibundas decepciones y frustraciones. Los políticos, los líderes o dirigentes tienen que conversar, dialogar con sus bases y adversarios. Ante tanta DESUNION en los resultados electorales llama a la UNION, con exigencia sincera de acuerdos y pactos. Quienes no logren entenderlo. Entonces no aprendieron nada de la política, y no habrá más remedio que borrarlos de un solo soplo. AMEN

sábado, 25 de octubre de 2014

EN ANDAHUASI LA JUSTICIA TARDA PERO LLEGA

Después de cuatro años y un mes de proceso judicial sumario por la ficticia e ilegal venta de un paquete de 49´422, 573 acciones representativas del patrimonio de La Empresa Azucarera Andahuasi S. A.A., Por fin se abre una luz de JUSTICIA para esta empresa ante el pronunciamiento de la jueza del 6º Juzgado Penal de Lima, July Victoria Camargo Mondragón, al emitir su fallo el 21 de Octubre del 2014, con respecto al expediente 20780- 2010, condenando al ex gerente CARLOS MANUEL RIVAS URTEAGA a 4 años de prisión suspendida por el delito de FRAUDE EN LA ADMINISTRACION DE PERSONA JURIDICA; debiendo cumplir con pagar una indemnización de S/. 400,000 y devuelva lo defraudado. Asimismo el ex presidente de la Azucarera EDUARDO JESUS NUÑEZ CAMARA (reo contumaz) lo condenó a cuatro años de prisión suspendida con la obligación solidaria del pago de indemnización y devolución de lo defraudado.
FRAUDE
Eduardo Núñez Cámara y Carlos Rivas ejerciendo funciones administrativas y de representación vendieron sin facultades legales y sin autorización de los accionistas titulares, las acciones representativas del patrimonio de Agraria Andahuasi emitidas a nombre de Industrial Andahuasi SAC, su subsidiaria; es decir utilizaron su patrimonio en perjuicio de ella, y a beneficio propio incurriendo en el delito de Administración Fraudulenta tipificado en el artículo 198º del Código Penal.
COMPLICE
La sentencia implica que hay delito en la venta de los 49´422,573 acciones, delito que afectó el patrimonio de Andahuasi, por lo tanto es de presumir que en este tipo de delito el comprador en este caso el Grupo Wong tenía pleno conocimiento que efectuaba una compra venta ilegal. En consecuencia se convierte en cómplice directo.
CORRUPCION
 El fallo pone en tela de juicio el comportamiento de fiscales y jueces de la Corte Superior de Justicia de Huaura que se prestaron para admitir denuncias y demandas a favor del cómplice Grupo Wong contra los accionistas y trabajadores de Andahuasi, particularmente en sucesivos  desalojos, e incautaciones de azúcar solicitadas por el ex – gerente y ahora condenado CARLOS RIVAS URTEAGA, incondicional del Grupo Wong.
IMPLICADOS
La sentencia demuestra que funcionarios del ente regulador de valores en el Perú (ex CONASEV) ahora Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) habrían encubierto la ilegal operación o transacción ilícita al no cumplir con su función supervisora que se efectuó el 14 de mayo del 2009. La  negación en forma sistemática de proveer de información a las diversas instituciones que investigaban el caso de Andahuasi, con el argumento de que el caso estaba judicializado. Pone en sospecha el engaño de inescrupulosos empresarios a otros trabajadores de otras azucareras que no pudieron defenderse como la población de Andahuasi.
CONSECUENCIAS
Si la ley es la ley, y no se impone la plata se espera que en el juicio paralelo que se desarrolla en la Segunda Sala Penal para Reos Libres, que tiene al voto la decisión de Abrir Instrucción Penal por delito de ESTAFA contra los hermanos Wong, Antonio Palacios Tejada, Enrique Sphilmann Denegrí (ex gerente de SCOTIA SAB), y otros por el Caso de Andahuasi tiene que valorarse la sentencia otorgada por el 6to. Juzgado Penal de Lima, y actuar conforme lo establece la ley.
CONGRESO
Como siempre quedará en la MIRA de la sospecha, al haber dilatado durante dos años y medio, las conclusiones de la Comisión Especial Investigadora de las Azucareras presidida por el Congresista Roberto Angulo Álvarez quien investigó el caso emblemático de Andahuasi generado durante el gobierno de Alán García Pérez. LA JUSTICIA QUE TARDA NO ES JUSTICIA. PERO LLEGA.





viernes, 24 de octubre de 2014

POPAYAN GANO LIMPIA Y TRANSPARENTE ELECCIONES EN PATIVICA

En la Resolución Nº 3157- 2014 del Jurado Nacional de Elecciones, sobre el recurso de apelación
  interpuesto por Guillermo Faustino Montoya Rivas, personero legal de Fuerza Regional del distrito de Pativilca en contra de la Resolución del JEE- de Huaura que declaro INFUNDADA el pedido de nulidad de las elecciones en su distrito, señala lo siguiente:
SUSTENTO
El recurso indica que habría mediado fraude, al haberse actuado maliciosamente y con engaño a favor de un candidato a la alcaldía, utilizando votos golondrinos con el propósito de variar los resultados de las elecciones del distrito. Acreditan ello recurriendo a nombres, números de DNI y dirección domiciliaria de 42 ciudadanos, los cuales registran, además de un domicilio en Pativilca, otro en diversos lugares del país, lo que hace presumir al apelante que estos no residen en el referido distrito.
OBSERVACION
Al respecto, el JNE se pronuncia que los ciudadanos peruanos pueden tener más de un domicilio, como es el domicilio fiscal, real, procesal, etc, lo que no prueba los hechos materia de la denuncia. Indica, que el cierre del padrón electoral termino el 7 de junio del 2014, por lo que cualquier cuestionamiento sobre el domicilio de electores o votantes golondrinos, por parte de alguna organización política o ciudadano en particular debió de efectuarse hasta el 22 de junio del 2014. En consecuencia, cualquier cuestionamiento con posterioridad a la fecha indicada, ES IMPROCEDENTE LO SOLICITADO, conforme lo ha establecido el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en diferentes resoluciones.
LOS VOTOS GOLONDRINOS
A la luz de la resolución del Jurado Nacional de Elecciones. Fuerza Regional, acreditó irresponsablemente como Votos Golondrinos, a :
SIFUENTES ALBORNOZ EDUARDO, con copia simple de la RENIEC registran su DNI 15622187, expedida el 13/06/2014, siendo su dirección domiciliaria Calle Catarí Mz. 38 LT. 8 Porvenir de Pativilca. Y con puño y letra señalan que su dirección domiciliaria verdadera es en Barranca.
OBSERVACION: RENIEC informa que la fecha de expedición del DNI es a solicitud de un DUPLICADO, siendo la original registrado hace 5 años atrás con la misma dirección domiciliaria y cuyos propietarios dan fe de la residencia del referido ciudadano, ex - servidor de la Municipalidad de Pativilca. No prueban que su votó haya favorecido al candidato de Alianza Para el Progreso. Toda vez que en su Grupo de Votación no se registra impugnación por irregularidades presentadas durante las elecciones.
 PEREZ JULCA, GERMAN, con copia simple de la RENIEC, registran su DNI 33562136, expedida el 5/02/2014, siendo el lugar de su domicilio El Porvenir, Bloque 15, Lote 11. Los denunciantes presentan además una copia simple de Páginas Amarillas donde registra su domicilio en Mz. E Lot. 3 Calle Pedro Bustamante Urb. Buena Vista- Barranca.
OBSERVACION: El referido ciudadano es un docente por más de 10 años al servicio de la Institución Educativa “San Gerónimo” de Pativilca.
PRESUNTO FRAUDE
Fuerza Regional pretendió demostrar el fraude de los votos golondrinos  ante el JNE comparando direcciones domiciliarias reales, con las fiscales. Sin tener en cuenta que cada ciudadano pativilcano tiene el derecho a tener más de un domicilio. Por tanto, las diferencias en sus ubicaciones domiciliarias que se registran en la RENIEC, en sus RUC, Páginas Amarillas, o lugar de afiliación por el SIS, no constituyen un fraude. Por lo que resulta irresponsable que hayan expuesto a riesgo de cárcel a pativilcanos,  al involucrarlos como VOTOS GOLONDRINOS. Los agraviados fueron:
ENTRE DOMICILIOS REALES Y FISCALES
CARDENAS QUINTANA, MONICA PATRICIA, su DNI 05956645, registra su   domicilio real en Calle San Gerónimo 235- Pativilca. Mientras su domicilio fiscal es Mza. A Lote 13 Urb. Buenavista- Barranca. FERNANDEZ SOLANO DE SOTO, EVA, su DNI 40740794, registra su domicilio real en Jr. Túpac Amaru 213- Pativilca. Y su dirección fiscal es Mza. B Lote 22 San Mateo- Barranca. PONCE CRUZ, RUNI DARIO, su DNI 43620934, registra su domicilio real en PSJ VOLCAN S/N- Pativilca. Y, su dirección fiscal en Calle TUPAC AMARU Nº 290- Pativilca. SACRAMENTO VALVERDE, ARMANDO, su DNI 40824089, registra su domicilio real en Providencia- Pativilca. Y, su domicilio fiscal en PJ. Gutiérrez Nº S/N- Barranca. ESTRADA VARA ROSA VERONICA, su DNI 41067056, registra su domicilio real en Calle Catarí 137- Porvenir- Pativilca. Y, su dirección fiscal en Jr. Lima Nº 1204- Barranca. FIGUEROA ALAMO, CESAREO ALBERTO, su DNI 15674796, registra su domicilio real en Puente Bolívar S/N- Pativilca. Y, su domicilio fiscal en Av. Cascanueces Nº E- 10 Int. LT25- Santa Anita.
DOMICILIO REAL Y EL  SIS GRATUITO
FIGUEROA ALAMO, JHON REYNALDO, su DNI 44714345, registra su domicilio en Joven Puente Bolívar Bloque H Dpto. 3- Pativilca. Afiliado al SIS en Barranca. RUMALDO VELASQUEZ, STEFANI SHIRLEY, su DNI 47458415, registra su domicilio en Anexo Carretería S/N- Pativilca. Afiliado al SIS en Magdalena del Mar- Lima. IBARRA TARAZONA, TEODORO JOSE, su DNI 15856858, registra su domicilio en la Calle Geranios 176- Huayto- Pativilca. Afiliado al SIS en Chaclacayo- Lima.
¡EL COLMO!...
Fuerza Regional, comprometió a la Sra. PLAZA CHAVEZ, ESTHER DOLORES,  sindicándola de GOLONDRINA, ante las diferencias encontradas en su dirección domiciliaria real siendo Calle Cuzco- San Ildefonso Bloque C Depto. 5- Pativilca que registra la RENIEC. Mientras su RUC registra el domicilio fiscal en JR. SUCRE Nº 386- SUPE. Y, su afiliación al SIS es en el Hospital de Barranca ¿Dónde está el fraude? Si la Sra. Plaza Chávez, Esther Dolores tiene derecho a tener direcciones diferentes entre su domicilio real, fiscal, o legal. Para, redondear el denigrante proceder de Fuerza Regional adjuntaron su acta de matrimonio que ni siquiera leyeron, porque en ella se registra que es natural, domiciliada en Pativilca, casada con un pativilcano, y en la Municipalidad Distrital de Pativilca.
 EL MEMORIAL
El JNE, se pronuncia que al recurso de apelación se adjunta documentos, en las que se consignan nombres, números de DNI, firmas y huellas de una serie de ciudadanos, a pesar de no tener encabezamiento o leyenda alguna que indique el planteamiento que apoyan, no constituyendo prueba alguna de la existencia de votantes golondrinos en la jurisdicción.
PRONUNCIAMIENTO FINAL

El JNE, en su Resolución Nº 3157-2014, señala: Al haberse apreciado y valorado de manera conjunta y con criterio de conciencia, los hechos y medios probatorios contenidos en autos, concluye que no se encuentra acreditado que haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación a favor del candidato Carlos Padua Popayán y, menos aún, la vinculación existente entre los electores golondrinos y la presunta organización política Alianza Para el Progreso favorecida, o que los hechos alegados por Fuerza Regional supongan una distorsión en la manifestación del ejercicio del derecho de sufragio de los votantes del distrito de Pativilca, de forma tal que justifique la declaratoria de nulidad de las elecciones municipales en la referida localidad. En consecuencia, declararon INFUNDADA LA SOLICITUD DE FUERZA REGIONAL de anular las elecciones en el distrito de Pativilca. POR TANTO, el Dr. Carlos Padua Popayán GANO LIMPIA Y TRANSPARENTEMENTE las elecciones del 05 de octubre último a la alcaldía distrital de Pativilca, no lo decimos nosotros, lo dice el Jurado Nacional de Elecciones. ¡OTRA VEZ TUVIMOS LA RAZON EL JNE LO DICE! 

jueves, 23 de octubre de 2014

FUERZA REGIONAL DE PATIVILCA ATENTA CONTRA LA DEMOCRACIA

Guillermo Faustino Montoya Rivas, personero legal de Fuerza Regional del distrito de Pativilca y el abogado Juan F. Flores Cruz solicitaron ante el JEE- de Huaura nulidad de las elecciones en su distrito. Sin pruebas, argumentaron presencia de VOTOS GOLONDRINOS.
La solicitud fue declarada INFUNDADA, y los denunciantes demostrando su desconocimiento de la
Ley Orgánica de Elecciones, presentaron recurso de apelación, ante un Presidente del Jurado Nacional Electoral Especial de Huacho  cargo e instancia que dentro de la estructura orgánica electoral del país NO EXISTE.
Adjuntaron a ella copias simples de fichas de la RENIEC de ciudadanos pativilcanos cuyas direcciones domiciliarias, difieren con sus direcciones domiciliarias fiscales que se registran en las Consultas de sus RUC, afiliaciones de los Servicios de Salud, o Páginas Amarillas, como si esto fuera un “fraude” para identificar o individualizar a los Votos Golondrinos.
 En el colmo, de la irresponsabilidad adjuntaron partida de matrimonio de una persona cuya dirección domiciliaria de la RENIEC difería con sus direcciones domiciliarias fiscales de su RUC y de su afiliación del SIS. Sin embargo su propia partida de matrimonio que presentaron los denunciantes, registraba ser natural y domiciliada en Pativilca. Como si fuera poco casada con un pativilcano, y en la Municipalidad de Pativilca.
LOS SINDICADOS COMO VOTOS GOLONDRINOS POR FUERZA REGIONAL DE PATIVILCA
SIFUENTES ALBORNOZ EDUARDO, con copia simple de la RENIEC registran su DNI 15622187, siendo expedida el 13/06/2014, su dirección domiciliaria Calle Catarí Mz. 38 LT. 8 Porvenir de Pativilca. Y con puño y letra señalan que su dirección domiciliaria verdadera es Mza. E. Lote 15 AA.HH. Los Pinos Barranca.
OBSERVACION: La RENIEC informa que la fecha 13/06/2014 de expedición del DNI es a solicitud de un DUPLICADO por perdida, siendo la original registrado hace 5 años atrás con la misma dirección domiciliaria y cuyos propietarios dan fe de la residencia del referido ciudadano, servidor de la Municipalidad Distrital de Pativilca. No prueban como haya votado a favor del candidato de Alianza Para el Progreso Carlos Padua Popayán. En su Grupo de Votación no se registra impugnación alguna por irregularidades presentadas durante el sufragio y escrutinio del proceso eleccionario.
 PEREZ JULCA, GERMAN, con copia simple de la RENIEC, registran su DNI 33562136, expedida el 5 de febrero del 2014, lugar de su domicilio se señala El Porvenir, Bloque 15, Lote 11. Los denunciantes presentan una copia simple de Páginas Amarillas donde registra su domicilio en Mz. E Lot. 3 Calle Pedro Bustamante Urb. Buena Vista- Barranca.
OBSERVACION: No demuestran que en el Grupo de Votación de PEREZ JULCA, GERMAN a quien sindican de voto golondrino su presencia haya suscitado una modificación mayor en la cantidad de electores en el padrón electoral y mucho menos prueban con acta de impugnación de las irregularidades cometidas durante el proceso del sufragio o escrutinio como lo exige la ley, para declarar NULAS las elecciones. No demuestran como su votación favoreció al candidato del partido Alianza Para el Progreso Carlos Padua Popayán. Y no dicen, que el referido ciudadano es un docente por más de 10 años al servicio de la Institución Educativa “San Gerónimo” de Pativilca. Y la propietaria del domicilio sindicado donde reside el docente da fe de su permanencia.
DOMICILIO DE RENIEC CONTRA DOMICILIO FISCAL
 Fuerza Regional  de Pativilca,  pretende demostrar el fraude comparando las direcciones domiciliarias familiares, con las fiscales de los Pativilcanos sindicados por ellos como los Votos Golondrinos. No, diferencian que las direcciones fiscales obedecen al interés del ciudadano, por  razones comerciales o personales. Por tanto, su alteración no constituye fraude, como irresponsablemente se pretende comprometer con copias simples de consultas de RUC, y de Páginas Amarillas, sin tampoco probar que hayan votado por el candidato de Alianza Para el Progreso.
CARDENAS QUINTANA, MONICA PATRICIA, su DNI 05956645, registra su   domicilio en Calle San Gerónimo 235- Pativilca. Mientras su dirección fiscal es Mza. A Lote 13 Urb. Buenavista- Barranca. FERNANDEZ SOLANO DE SOTO, EVA, su DNI 40740794, registra su domicilio en Jr. Túpac Amaru 213- Pativilca. Mientras su dirección fiscal es Mza. B Lote 22 San Mateo- Barranca. PONCE CRUZ, RUNI DARIO, su DNI 43620934, registra su domicilio en PSJ VOLCAN S/N- Pativilca. Siendo, su dirección fiscal en Calle TUPAC AMARU Nº 290- Pativilca. SACRAMENTO VALVERDE, ARMANDO, su DNI 40824089, registra su domicilio en Providencia- Pativilca. Siendo, su domicilio fiscal en PJ. Gutiérrez Nº S/N- Barranca. ESTRADA VARA ROSA VERONICA, su DNI 41067056, registra su domicilio en Calle Catarí 137- Porvenir- Pativilca. Siendo, su dirección fiscal en Jr. Lima Nº 1204- Barranca. FIGUEROA ALAMO, CESAREO ALBERTO, su DNI 15674796, registra su domicilio en Puente Bolívar S/N- Pativilca. Siendo, su domicilio fiscal en Av. Cascanueces Nº E- 10 Int. LT25- Santa Anita.


DOMICILIO DE RENIEC CONTRA EL SIS GRATUITO
¿Desde cuándo es un FRAUDE que un ciudadano con domicilio registrado en el distrito de Pativilca, no se puede afiliar al Seguro Integral de Salud para recibirlos en cualquier establecimiento de salud de otro distrito o provincia del país? Como irresponsablemente quieren sorprender los representantes de Fuerza Regional de Pativilca.

FIGUEROA ALAMO, JHON REYNALDO, su DNI 44714345, registro su domicilio en Joven
Puente Bolívar Bloque H Dpto. 3- Pativilca. Afiliado al SIS en Barranca. RUMALDO VELASQUEZ, STEFANI SHIRLEY, su DNI 47458415, registra su domicilio en Anexo Carretería S/N- Pativilca. Afiliado al SIS en Magdalena del Mar- Lima. IBARRA TARAZONA, TEODORO JOSE, su DNI 15856858, registra su domicilio en la Calle Geranios 176- Huayto- Pativilca. Afiliado al
SIS en Chaclacayo- Lima.

¡EL COLMO!...FUERZA REGIONAL SINDICA DE GOLONDRINA EN VOTACION DE PATIVILCA A MUJER NACIDA, DOMICILIADA Y CASADA CON PATIVILCANO EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA.

Fuerza Regional, en su desesperación por probar los Votos Golondrinos  que anule las elecciones en Pativilca, compromete a pativilcanos, en delitos que es posible ni siquiera conozcan en que los están involucrando, exponiéndolos a riesgos con la justicia. A la Sra. PLAZA CHAVEZ, ESTHER DOLORES al JNE, la sindican de GOLONDRINA, al encontrar diferencias en la dirección domiciliaria de su ficha de la RENIEC que su DNI 15674179, registra su domicilio en la Calle Cuzco- San Ildefonso Bloque C Depto. 5- Pativilca. Mientras su RUC registra el domicilio fiscal en JR. SUCRE Nº 386- SUPE. Y, su afiliación al SIS es en el Hospital de Barranca ¿Dónde está el fraude? Si las direcciones domiciliarias y las fiscales pueden ser diferentes. Para, redondear su denigrante proceder han adjuntado su acta de matrimonio que ni siquiera han leído, porque en ella se registra que es natural, domiciliada en Pativilca, casada con un pativilcano, y en la Municipalidad Distrital de Pativilca.
 ¡NUNCA MÁS SE DEBE PERMITIR POLITICOS IRRESPONSABLES Y MENTIROSOS EN EL DISTRITO DE PATIVILCA!








martes, 21 de octubre de 2014

NULIDAD DE ELECCIONES DE PATIVILCA AL VOTO DEL JNE

Guillermo Faustino Montoya Rivas, personero legal de la Organización Política Fuerza Regional del distrito de Pativilca solicitó ante el Jurado Electoral Especial de Huaura la nulidad de las elecciones municipales de su distrito, sustentando presencia de VOTOS GOLONDRINOS que habrían favorecido al candidato y vencedor de los comicios electorales a la alcaldía distrital por el partido Alianza Para el Progreso Dr. Carlos Padua Popayán.
INFUNDADA
El JEE-Huaura, declaró INFUNDADA la solicitud porque no identificaban, ni precisaban a los electores que serían los “votantes golondrinos”, ni demostraban que esas modificaciones se hayan producido en las mesas de sufragios cuyos resultados de las votaciones cuestionaban.
PADRON ELECTORAL
 Fuerza Regional, interesadamente no quiere entender que el JNE, el 7 de junio del 2014 a 120 días antes de la fecha fijada para las elecciones, preciso como fecha límite para que la RENIEC cierre la elaboración del padrón electoral. Dentro de ese plazo, no se variaron domicilios, nombres, ni otros datos que alteraran la información del padrón electoral.  En todo caso, si detectaron la presencia de votos golondrinos debieron impugnarlos en el plazo debido y en la entidad correspondiente.
RECURSO DE APELACION
El lamentable, desconocimiento de la Ley Orgánica de Elecciones por parte del personero legal titular de Fuerza Regional de Pativilca, y el abogado Juan F. Flores Cruz los llevó a elaborar el recurso de apelación, ante un Presidente de un Jurado Nacional Electoral Especial de Huacho cargo e instancia electoral inexistente dentro de la estructura orgánica electoral del país. Sin embargo sospechosamente fue recepcionado por el JEE- Huaura, adjuntando documentos presumiblemente sustentatorios que acreditaban el fraude que dicen que se ha cometido. Los que no fueron tal, porque ni siquiera su abogado defensor ante el JNE supo exponerlos.
DEFENSA
La defensa del Dr. Carlos Padua Popayán, ante el JNE señalo que los perdedores no logran identificar e individualizar los votos golondrinos, y a quienes los sindican como tal comparan sus ubicaciones domiciliarias de la RENIEC, con documentos NO fehacientes de Consultas de RUC, afiliaciones de los Servicios de Salud, o Páginas Amarillas. En el colmo, de su irresponsabilidad adjuntaron una partida de matrimonio de una persona que es natural y domiciliada en Pativilca. Como si fuera poco casada con un pativilcano, y en la Municipalidad Distrital de Pativilca. NO demuestran que sus votos hayan favorecido al candidato, y menos que estas hayan sido impugnadas  en las mesas de sufragio. En otras palabras no tienen ninguna prueba para probar la ANULACION DE LAS ELECCIONES en el distrito de Pativilca.
AL VOTO
En consecuencia, SI LA LEY ES LA LEY, Y LA PLATA NO SE IMPONE A ELLA, ante la inconsistencia de las pruebas presentadas en el JNE por la organización política Fuerza Regional de Pativilca. El JNE, en las próximas horas no tendrá otra opción que confirmar el INFUNDADO recurso de apelación de la solicitud de la anulación de las elecciones en el distrito de Pativilca, por la perdedora organización política de Fuerza Regional de Pativilca.

sábado, 18 de octubre de 2014

GOLONDRINOS: ¿FRAUDE ELECTORAL O PATALETA DE PERDEDORES?

Después de las elecciones regionales y municipales del 05 de 0ctubre del 2014, y de conocerse la

victoria electoral del candidato a la alcaldía distrital de Pativilca, por el partido Alianza para el Progreso Dr. Carlos Padua Popayán se presentaron tres recursos de NULIDAD DE LAS ELECCIONES ante el Jurado Electoral Especial de Huaura, aduciendo la existencia de VOTOS GOLONDRINOS para favorecer al referido candidato.
RECHAZO
 Al parecer, ninguno de los tres recursos lograron EN PRIMERA INSTANCIA del Jurado Electoral Especial de Huaura probar con pruebas fehacientes para conseguir sus pretensiones de anular las elecciones municipales en ese distrito, y a las pruebas nos remitimos:
RECHAZO
1.- El primer recurso presentada por JUAN FRANCISCO FLORES CRUZ, fue declarada IMPROCEDENTE con Resolución Nº 00001- 2014 del Jurado Electoral Especial de Huaura de fecha 09 de octubre del 2014, porque el recurrente según el Sistema de Información de Procesos Electorales (SIPE) carecía de legitimidad para presentar el recurso, toda vez que el Artículo 367 de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 establece que sólo los personeros legales de los partidos, alianzas de partidos, agrupaciones o listas independientes son los que interponen dichos recursos.
2.- El segundo recurso presentada ante el JEE- Huaura fue presentada por el personero legal de la Organización Política Fuerza Regional Guillermo Faustino Montoya Rivas, fue declarada INFUNDADA con Resolución Nº 00001- 2014 del 09 de octubre del 2014, al no identificar plenamente ni precisar claramente a la totalidad de aquellos electores que serían “votantes golondrinos” ni mucho menos que estas modificaciones se hayan producido en las mesas de sufragio de las votaciones que cuestiona.
3.- El tercer recurso presentada ante el JEE- Huaura fue solicitada por el personero legal de la Organización Política “Siempre Unidos” quien efectuaba un cuestionamiento numérico respecto al cómputo de resultados o de algún defecto contenido en la referida acta. Fue Declarada con RECHAZO LIMINAR con Resolución Nº 0001 2014 del 07 de octubre del 2014, en mérito a la Resolución Nº 2950- 2014- JNE del 01 de octubre del 2014, que precisa que con la presentación de los escritos o recursos planteados debe adjuntarse necesariamente el recibo de pago de la tasa correspondiente, la que no se advierte en el presente caso.
VOTOS GOLONDRINOS
En definición, consiste en trasladar un determinado número de electores de un distrito hacia otro, con la intención de favorecer a una determinada candidatura con el objeto de torcer la voluntad popular expresada en las urnas. Siguiendo el lógico razonamiento de los denunciantes con este ilícito se habría pretendido aumentar la población electoral hábil del distrito de Pativilca para favorecer con votos al candidato a la alcaldía distrital de Pativilca por el partido Alianza para el Progreso Dr. Carlos Padua Popayán. Pero, a los hechos estadísticos de las tres elecciones últimas habidas en el distrito de Pativilca contradice tales argumentos:
1.- En las elecciones municipales y regionales del 2010 el total de electores hábiles en el distrito de Pativilca ascendía a 12, 886 electores.
2.- En la consulta popular de la REVOCATORIA del mandato de autoridades municipales en el distrito de Pativilca de julio del 2013 los electores hábiles fueron 13,262. 1,376 electores más de los que votaron en el 2010.
3.- En las elecciones regionales y municipales 2014 los electores hábiles son 12,690. 196 electores menos de los que votaron en las elecciones del 2010, y 1,572 electores menos de los que participaron en la Revocatoria.
SOSPECHA
 Siguiendo, el lógico razonamiento de los denunciantes, el incremento de electores en la REVOCATORIA del 2013 habría significado la presencia de Golondrinos que tuvieron el propósito de: Asegurar la revocatoria del alcalde cuestionado ULDARICO CASTILLO o salvarlo de la consulta, que por los resultados obtenidos en las elecciones 2014 la balanza se inclinaría en  presumir que los VOTOS GOLONDRINOS fueron más para salvarlo que para revocarlo del cargo. Por lo que existe un indicio de sospecha de una presunta asociación en el ilícito de los golondrinos  teniendo en cuenta que uno de los solicitantes del recurso de NULIDAD de las ELECCIONES en el distrito de Pativilca el Sr. JUAN FRANCISCO FLORES CRUZ fue funcionario de la CORRUPTA gestión municipal del alcalde revocado. La interrogante, de la sospecha sería ¿Sabía el denunciante de la presencia de GOLONDRINOS en Pativilca e irresponsablemente se los pretende endosar ahora al candidato ganador? Todo es probable cuando no se sabe perder.
OTRO DATO

La Ley Orgánica de Elecciones, no contempla como causal en la NULIDAD DE LAS ELECCIONES el ilícito del Voto Golondrino. En consecuencia, el presunto fraude si lo hubiera es de responsabilidad de la RENIEC quien elabora el padrón oficial de electores, las que luego fueron admitidas por el JNE, y al amparo de ellas se procedió al desarrolló de los comicios electorales pasados. Por tanto en la inscripción, sufragio y resultados no existe fraude. Y menos cuando no existe IMPUGNACION alguna en las mesas de sufragio por parte de los personeros de los candidatos.